fue formalizado por uso indebido de custodias, falseamiento de información y apropiación indebida
Decretan prisión preventiva y fianza de $ 350 millones para Tomás Serrano Parot
Yessenia González del C. DF
Recluido en el centro penitenciario Santiago 1 quedó desde ayer el ex gerente general de la corredora Raimundo Serrano McAuliffe, Tomás Serrano Parot.
El magistrado del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, Ponciano Salles, decretó la medida cautelar de prisión preventiva, un pago de una fianza de $ 350 millones y un plazo de un año de investigación, al considerar al ex corredor como "un peligro para la seguridad de la sociedad" luego de que fuera formalizado por una serie de delitos denunciados por el fiscal del Ministerio Publico, Iván Millán, y un grupo de diez abogados de algunos de los acreedores afectados por la quiebra de la corredora.
El representante de la Fiscalía Centro-Norte indicó que Tomás Serrano incurrió en tres delitos previos a la quiebra de la corredora que manejaba: (1) uso indebido de valores en custodia de terceros (en este caso, clientes de la intermediaria de valores); (2) entregar información falsa a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) por medio de las Fecu (Ficha Estadística Codificada Uniforme); y (3) por apropiación indebida de dinero.
El primero de los delitos fue respaldado en que el 22 de mayo de este año los clientes de la fallida corredora solicitaron la devolución de sus valores en custodia por un monto de $ 8.690 millones. Sin embargo, se verificó que la corredora a esa fecha sólo tenía cerca de
$ 1.500 millones en custodias, es decir existiría un déficit de $ 7.100 millones en custodias de más de 300 clientes.
Al respecto, el fiscal Millán afirmó que los antecedentes dan cuenta de que Tomás Serrano en el último trimestre de 2008 vendió a su sociedad relacionada Asset Trading -con domicilio en las Islas Vírgenes Británicas- acciones de los clientes "como si fueran suyas".
En el segundo punto, el fiscal aseguró que Tomás Serrano junto al jefe de control estadístico de la corredora, Luis Núñez -también formalizado en la audiencia aunque sólo por este delito y con medidas de firma mensual, arraigo nacional y medida cautelar de prohibición de acercamiento a algunos acreedores y trabajadores de la corredora- falsearon la información entregada a la SVS desde 2005 hasta marzo de este año respecto a la cantidad efectiva de custodias que se mantenían resguardadas en entidades como el Depósito Central de Valores (DCV).
Por ejemplo, se señaló que mientras la corredora aseguró a la SVS que en marzo de este año mantenía más del 90% de los valores en custodia de sus clientes respaldados en el DCV, de acuerdo a los antecedentes recopilados por el fiscal en la realidad los valores en custodia respaldados eran menos del 1% del total.
El tercero de los ilícitos, de apropiación indebida, se respaldó en que este año una de sus clientas, María Peña Campillo, solicitó la repatriación de US$ 400.000 que mantenía en una cuenta en el banco de inversión extranjero Citibank. Suma con la cual la corredora habría realizado una serie de operaciones simultáneas vinculadas a sus sociedades relacionadas -sin autorización de la clienta- y sólo le habría entregado un pagaré que a la fecha sigue impago.
Frente a estos delitos, el magistrado Salles afirmó que existen antecedentes suficientes para respaldar las acusaciones y que además Tomás Serrano arriesga un pena de crimen -partiría con una sentencia mínima de cinco años de cárcel-, por lo que determinó que "existen altos incentivos a la fuga" de parte del acusado que justifican la prisión preventiva.
Descargos de la defensa
A la salida de la audiencia, el abogado de Tomás Serrano, Arturo Yuseff, afirmó que en un plazo máximo de 48 horas decidirán si apelarán a la Corte de Apelaciones.
Argumentó que la colaboración que han prestado desde que comenzó la investigación tras la denuncia del cliente Luis Felipe Lanas, hace que sea injustificado "el peligro de fuga". Agregó que también se vulneraron los derechos del acusado en el proceso al incluir en la audiencia un tercer ilícito -el de apropiación indebida- que no les había sido notificado.
CONSULTEN, ESCRIBAN OPINEN LIBREMENTE
Saludos
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
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