Siguen prosperando los despidos por mobbing y acoso laboral
La Justicia hizo lugar al reclamo de un empleado quién denunció haber sido víctima de mal trato y violencia en el ámbito de su trabajo. Las demandas fundadas en esta figura se multiplican y los legisladores siguen sin reglamentar esta cuestión. Qué dijeron los magistrados. Ver fallo completo
Puntos Importantes
- La Justicia laboral volvió a condenar un despido por mobbing o acoso laboral en el trabajo, ordenando el pago de las indemnizaciones por despido.
- Expertos advierten que la situación es preocupante ya que se multiplican estos reclamos y sigue sin reglamentarse esta polémica figura.
- ¿Qué es el mobbing? ¿Cómo evitar situaciones de este tipo? Vea las opiniones de los especialistas.
Este nuevo fallo de la Cámara del Trabajo ratifica la actual tendencia de los magistrados de condenar despidos por el hostigamiento, acoso y el trato degradante dispensado a los empleados en el ámbito laboral, prácticas que los propios jueces han bautizado como "mobbing".
Las figuras de acoso o violencia laboral son muy recientes en la Justicia argentina y surgieron de la propia doctrina de los magistrados, ya que actualmente no están reguladas en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
Esto motivó que en noviembre de 2007, Diputados diera media sanción a un proyecto que reglamenta el mobbing en el ambiente laboral, aunque de momento su discusión se encuentra estancada en la Cámara de Senadores. (ver nota: El polémico proyecto de mobbing y acoso laboral sigue "durmiendo" en el Senado).
Los jueces condenaron el trato degradante dispensado al trabajador en el marco de la causa "Juárez Víctor Marcial c/ Petit Paris S.A. s/ despido" (ver fallo completo suministrado por elDial.com)
El caso
Un empleado resolvió considerarse despedido luego de haber denunciado una persecución, hostigamiento y cambio continuo en los horarios de trabajo. También dijo que debía comer en un lugar distinto y separado del resto del personal, y que la comida que le suministraban era de mala calidad.
Además, argumentó haber sido víctima de "mal trato" y "acoso moral" por parte de un superior que tenía un cargo jerárquico en la empresa. Ante estas situaciones se consideró despedido y acudió a la Justicia reclamando el pago de las indemnizaciones por esa cesantía.
Los jueces tuvieron por acreditado que a partir de la llegada del presidente y la apoderada de la compañía existieron "modificaciones de los horarios de labor así como hostigamiento hacia los trabajadores".
"Los casos de mobbing generan un aumento en los costos laborales porque los jueces consagran una indemnización adicional a las tarifadas establecidas en la LCT, en concepto de resarcimiento del daño moral", advirtió Gustavo Gallo, titular de Gallo & Asociados.
Los magistrados argumentaron que la conducta denunciada se encontró debidamente acreditada con los dichos de los testigos al indicar que "los sucesos laborales se dan en una comunidad de trabajo y por eso quienes participan de ella son los que pueden aportar mayores datos al respecto y en muchas ocasiones la prueba testimonial constituye el único elemento de convicción".
"La difusión que está alcanzando la problemática del mobbing, la violencia o acoso laboral, en el ámbito de la Justicia debe llevar a las empresas empleadoras a revisar con cuidado los perfiles y estilos de sus mandos medios y niveles de supervisión", advirtió Ignacio Capurro, socio de Funes de Rioja & Asociados.
En este sentido, Capurro destacó que deberían generarse políticas y procedimientos, coordinarse actividades de información y formación que procuren unificar el lenguaje, estilo y prácticas que deben ser observadas, a efectos de evitar la generación de hechos susceptibles de provocar este tipo de reclamos por violencia en el ambiente laboral.
La necesidad de un marco legal
De acuerdo a los expertos, son innumerables las sentencias que otorgan indemnizaciones extratarifadas como consecuencia del acoso laboral o mobbing.
Sin embargo, la realidad demuestra que a pesar de esto sigue siendo una figura sin un marco legal, contando solamente con los fallos dictaminados por los tribunales nacionales.
"La realidad nos muestra que existe un olvido del mobbing en las relaciones laborales, ya que existe una falta de interés en su reglamentación, lo cual considero que si bien deben determinarse qué casos se configuran como mobbing, esta figura debería ser incorporada a la Ley de Contrato de Trabajo. Ya no alcanza la aplicación del régimen de responsabilidad consagrado por el Código Civil, señaló Andrea Mc Donald, abogada y profesora de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (UBA).
Para la letrada es evidente que no sólo para los trabajadores incumbe preocupación frente a la falta de interés de una reglamentación legal del acoso moral, sino además para las empresas, ya que mientras no exista una legislación que sancione a la figura, se seguirán aplicando los antecedentes que sentaron la jurisprudencia a través de los fallos pronunciados por los tribunales nacionales.
El mobbing no sólo implica costos laborales y económicos para el trabajador, sino también para el empresario, de modo tal que si la misma fuera reglamentada a través de una legislación eficiente y coherente que determine en que casos será aplicable, evitaría dichos costos para ambas partes en la relación laboral, concluyó Mc Donald.
El proyecto de ley
El mobbing o acoso laboral no se encuentra regulado en la LCT y es por eso que, ante la cantidad de reclamos y denuncias, las empresas siguen con especial atención el trámite legislativo de un proyecto de ley que pretende reglamentar esta figura.
En noviembre pasado se cumplió un año de la media sanción de la Cámara de Diputados a ese proyecto de acoso laboral. Sin embargo, desde su elevación al Senado, la comisión de Trabajo y Previsión Social de ese cuerpo no consiguió avanzar en el tratamiento de esa iniciativa.
Desde que el proyecto vino aprobado con media sanción en Diputados, la comisión intentó tratarlo en siete oportunidades durante el transcurso del 2007. No obstante, en ninguna de ellas hubo quórum que permitiera discutir la iniciativa.
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Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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