Ángela Vivanco Martínez
Profesora de Derecho Constitucional
La sociedad del siglo XXI está marcada por la importancia del conocimiento y su visión como fuente de verdadero poder político y social, lo cual lleva aparejado necesariamente el interés por el acceso pronto a las informaciones. El interés público y el escrutinio de los poderes del Estado por parte del sistema social han justificado, cada vez más, la inclusión de estas ideas como verdaderos principios jurídicos que estimulan la regulación legal y el desarrollo jurisprudencial.
Los márgenes y límites de tal acceso buscan asegurar el debido respeto por la privacidad de las personas y otros de sus derechos, la protección de la seguridad nacional y evitar los daños que la difusión de ciertos elementos pueda causar. Sin embargo, el ámbito de internet resulta difuso y casi imposible de controlar, y así la red se ha transformado lentamente en un espacio de fugas informativas exentas de eficiente regulación.
El ejemplo más palpable de este tipo de fuga informativa es el sitio WikiLeaks, que ha filtrado los últimos días, entre otros materiales, cables de la Embajada de los Estados Unidos en diversos países, en que se manifiestan una serie de opiniones sobre sus gobernantes y estructuras de poder. La justificación de este sitio es permitir a los cibernautas "ver pruebas de la verdad", fomentar la "transparencia", que "crea una sociedad mejor para todas las personas", y proporcionar "un nuevo modelo de periodismo".
Si bien tales objetivos aparecen en principio como virtuosos, incluso bases del periodismo investigativo que tantos aportes ha hecho en diversos países -incluido el nuestro- para develar lo que realmente ocurre en espacios privados de legítimo interés público, la frontera de las conductas que intentan justificarse bajo estas declaraciones y la intromisión ilícita es muy tenue. Sin embargo, a nuestro juicio, la mayor preocupación sobre el caso no radica precisamente en cómo se accede a los archivos correspondientes -hackers que desencriptan información, robo de claves de computadores o de archivos, fuentes que transgreden compromisos contractuales o normativas estatales sobre confidencialidad-, sino en el resultado de la divulgación efectuada.
En efecto, en principio saber es bueno, y saber sobre aquello que realmente nos interesa lo es más. Pero la justificación de las conductas de riesgo no se produce automáticamente por el solo hecho de saber, sino porque lo develado sirva realmente un legítimo propósito informativo. En consecuencia, si WikiLeaks ha proporcionado el modo de acceder a excesos de tropas ubicadas en territorios extranjeros, ello no es lo mismo que llegar a saber las impresiones personales que causan en el personal diplomático figuras políticas como Angela Merkel o Silvio Berlusconi, pues estas últimas son parte de la subjetividad de los funcionarios, la cual es sopesada, compartida o directamente desatendida por las autoridades correspondientes. Del mismo modo, es importante conocer hechos de corrupción en funcionarios o instituciones, pero ello no necesariamente valida inmiscuirnos en su vida familiar o sentimental.
Los derechos tienen límites, y éstos no se hallan impuestos por la existencia de otros derechos de mayor importancia (derechos "cenicientas" versus "príncipes", como se ha dicho en la doctrina española), sino por la genuina esencia de éstos. Así, el público debe y quiere conocer cuáles son los efectos de las guerras y de las invasiones, sobre todo cuando se invocan en ellas principios como la defensa de la libertad o el resguardo del modelo democrático, pero ello no incluye acceso indiscriminado ni menos crear para tales efectos redes dedicadas a la extracción ilícita de bases de datos o de documentos resguardados.
El fundamento de la privacidad y de la reserva no es sólo la protección del espacio propio -decisional y físico-, sino la necesaria prevención de no incluir en el caudal informativo aquello que es transitorio, irrelevante o directamente dañoso antes de tiempo o sin que amerite una verdadera necesidad de ser conocido. Por esta causa, la exaltación de sitios de internet que burlando leyes locales y pautas éticas se dedican a poner en pantalla datos sin tamiz alguno es una decisión tan desordenada como identificar la exposición explícita de conductas aberrantes con el conocimiento cabal del ser humano.
Fuente:EMOLDifundan libremente este artículo
CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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