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jueves, enero 13, 2011

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO CONDENA A MULTITIENDA POR VIOLAR LEY DEL CONSUMIDOR Y DETENCIÓN ILEGAL

 CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO CONDENA A MULTITIENDA POR VIOLAR LEY DEL CONSUMIDOR Y DETENCIÓN ILEGAL

 

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó que una multitienda debe cancelar una multa en beneficio fiscal y pagar una indemnización a un consumidor al que se le acusó de hurto al interior de un local y se le detuvo ilegalmente en la vía pública en las cercanías de la tienda.

 

En fallo unánime (rol2808-2010) los ministros de la Octava Sala del tribunal de alzada Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich  y la abogada integrante Claudia Chaimovich determinaron que Falabella debe cancelar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a $ 1.882.150 (un millón ochocientos ochenta y dos mil ciento cincuenta pesos) y una indemnización de $ 2.016.240 (dos millones dieciséis mil doscientos cuarenta pesos) a Jaime Muñoz Muñoz.

 

La resolución confirma el fallo del Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago que determinó que la demandada infringió los artículo 15 y 23 de la Ley del Consumidor;  estos sancionan  a los proveedores por las violaciones a la dignidad de las personas que cometan sus sistemas de seguridad (guardias) y por el actuar negligente que cause menoscabo al consumidor, respectivamente.

 

El 2 de diciembre de 2008 Jaime Muñoz Muñoz concurrió hasta el local de Falabella ubicado en Ahumada 366 y adquirió una figura A Mas ST$  por $19.999. Luego de la compra salió del local  y  a poco caminar  fue detenido por guardias del local, en el sector del  Portal Fernández Concha, acusándosele de hurto de especies.

 

Los vigilantes redujeron a Muñoz Muñoz en plena vía pública y además en los forcejeos le provocaron diversas lesiones en uno de sus antebrazos, la rodilla y tobillo izquierdo. Cuando los guardias tenían detenido ilegalmente al consumidor concurrieron al  lugar dos efectivos de  Carabineros de Chile, los que se acercaron al  local y comprobaron que el consumidor había efectuado el pago del juguete y que no había hurtado ninguna especie.

 

El fallo de primera instancia determina la arbitrariedad del actuar de los guardias de la empresa al realizar una detención ilegal  y dañar la honra del consumidor demandante.

 

"De la prueba rendida en la causa (...)  se desprende de manera clara que producto de la reducción y detención ilegal del actor por parte de la denunciada, y de la acusación del delito de robo que la última formuló respecto de la primera al momento de su detención, todo ello en una vía pública con alta afluencia de personas, como lo es el sector de Plaza de Armas de Santiago, en una fecha próxima a las fiestas de fin de año, el actor ha sufrido un claro menoscabo, ya que al verse enfrentado a los hechos ya señalados frente a un  número indeterminado de personas, la cuales según declaración de uno de los testigos, lo sindicaban como lanza o ladrón, en circunstancias que el actor no había robado objeto alguno, la denunciada con su actuar ha dañado de manera grave tanto la libertad e integridad personal del actor, como también su honra y dignidad, los que constituyen garantías fundamentales, encontrándose solo por debajo del derecho la vida en nuestra carta fundamental, hecho reconocido además por los dos funcionarios policiales que presenciaron directamente los hechos, cuyo testimonio rola de fojas 62 a 64, por lo que debe considerarse que el daño provocado a las condiciones normales de vida del consumidor fue en extremo grave, resultando por ello dicha circunstancia manifiestamente injusta, configurándose por ello un perjuicio de orden moral para su persona", dice el fallo del juez Héctor Jerez Miranda.

 

En primera instancia el fallo había determinado una indemnización total de      $ 21.286.240 (veintiún millones doscientos ochenta y seis mil doscientos cuarenta pesos), pero el tribunal de alzada determinó rebajar el pago retirando algunos aspectos del daño patrimonial  (perjuicio ocasionado por la serie de exámenes que debió realizarse el demandante)  y por una valoración distintas del daño moral.

 

"Que, en razón de lo anterior, no resulta procedente fundamentar una condena por concepto de daño moral en otros argumentos no esgrimidos por el que lo sufrió, como es el señalado por el a quo en el motivo XIX de la sentencia que se examina y que se ha  eliminado, porque, en el caso de autos, como ya se señaló, el afectado o la víctima expresó de manera clara y precisa cómo el suceso que experimentó perturbó sus condiciones normales de vida; alteración que, obviamente, depende del nivel de tolerancia de las personas ante los sucesos de la vida y que se deben soportar por el solo hecho de vivir en sociedad, como también de sus cualidades o calidades individuales, lo que hace indispensable que se rindan probanzas para que los juzgadores puedan aquilatar la magnitud del daño extrapatrimonial que se solicita resarcir y, en la mayoría de los casos, la existencia misma del menoscabo moral que se dice sufrido; así, en todo caso, lo ha señalado en forma reiterada la doctrina y la jurisprudencia. En esas condiciones, no puede considerarse, para los efectos indicados, la particular percepción que puede tener los sentenciadores de los hechos que se le presentan para juzgar o la impresión que les provoca en su fuero interno", asegura el fallo del tribunal de alzada en este aspecto.

 
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 CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO CONDENA A MULTITIENDA POR VIOLAR LEY DEL CONSUMIDOR Y DETENCIÓN ILEGAL
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Palacio de Cortes

 

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó que una multitienda debe cancelar una multa en beneficio fiscal y pagar una indemnización a un consumidor al que se le acusó de hurto al interior de un local y se le detuvo ilegalmente en la vía pública en las cercanías de la tienda.

 

En fallo unánime (rol2808-2010) los ministros de la Octava Sala del tribunal de alzada Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich  y la abogada integrante Claudia Chaimovich determinaron que Falabella debe cancelar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales, equivalentes a $ 1.882.150 (un millón ochocientos ochenta y dos mil ciento cincuenta pesos) y una indemnización de $ 2.016.240 (dos millones dieciséis mil doscientos cuarenta pesos) a Jaime Muñoz Muñoz.

 

La resolución confirma el fallo del Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago que determinó que la demandada infringió los artículo 15 y 23 de la Ley del Consumidor;  estos sancionan  a los proveedores por las violaciones a la dignidad de las personas que cometan sus sistemas de seguridad (guardias) y por el actuar negligente que cause menoscabo al consumidor, respectivamente.

 

El 2 de diciembre de 2008 Jaime Muñoz Muñoz concurrió hasta el local de Falabella ubicado en Ahumada 366 y adquirió una figura A Mas ST$  por $19.999. Luego de la compra salió del local  y  a poco caminar  fue detenido por guardias del local, en el sector del  Portal Fernández Concha, acusándosele de hurto de especies.

 

Los vigilantes redujeron a Muñoz Muñoz en plena vía pública y además en los forcejeos le provocaron diversas lesiones en uno de sus antebrazos, la rodilla y tobillo izquierdo. Cuando los guardias tenían detenido ilegalmente al consumidor concurrieron al  lugar dos efectivos de  Carabineros de Chile, los que se acercaron al  local y comprobaron que el consumidor había efectuado el pago del juguete y que no había hurtado ninguna especie.

 

El fallo de primera instancia determina la arbitrariedad del actuar de los guardias de la empresa al realizar una detención ilegal  y dañar la honra del consumidor demandante.

 

"De la prueba rendida en la causa (...)  se desprende de manera clara que producto de la reducción y detención ilegal del actor por parte de la denunciada, y de la acusación del delito de robo que la última formuló respecto de la primera al momento de su detención, todo ello en una vía pública con alta afluencia de personas, como lo es el sector de Plaza de Armas de Santiago, en una fecha próxima a las fiestas de fin de año, el actor ha sufrido un claro menoscabo, ya que al verse enfrentado a los hechos ya señalados frente a un  número indeterminado de personas, la cuales según declaración de uno de los testigos, lo sindicaban como lanza o ladrón, en circunstancias que el actor no había robado objeto alguno, la denunciada con su actuar ha dañado de manera grave tanto la libertad e integridad personal del actor, como también su honra y dignidad, los que constituyen garantías fundamentales, encontrándose solo por debajo del derecho la vida en nuestra carta fundamental, hecho reconocido además por los dos funcionarios policiales que presenciaron directamente los hechos, cuyo testimonio rola de fojas 62 a 64, por lo que debe considerarse que el daño provocado a las condiciones normales de vida del consumidor fue en extremo grave, resultando por ello dicha circunstancia manifiestamente injusta, configurándose por ello un perjuicio de orden moral para su persona", dice el fallo del juez Héctor Jerez Miranda.

 

En primera instancia el fallo había determinado una indemnización total de      $ 21.286.240 (veintiún millones doscientos ochenta y seis mil doscientos cuarenta pesos), pero el tribunal de alzada determinó rebajar el pago retirando algunos aspectos del daño patrimonial  (perjuicio ocasionado por la serie de exámenes que debió realizarse el demandante)  y por una valoración distintas del daño moral.

 

"Que, en razón de lo anterior, no resulta procedente fundamentar una condena por concepto de daño moral en otros argumentos no esgrimidos por el que lo sufrió, como es el señalado por el a quo en el motivo XIX de la sentencia que se examina y que se ha  eliminado, porque, en el caso de autos, como ya se señaló, el afectado o la víctima expresó de manera clara y precisa cómo el suceso que experimentó perturbó sus condiciones normales de vida; alteración que, obviamente, depende del nivel de tolerancia de las personas ante los sucesos de la vida y que se deben soportar por el solo hecho de vivir en sociedad, como también de sus cualidades o calidades individuales, lo que hace indispensable que se rindan probanzas para que los juzgadores puedan aquilatar la magnitud del daño extrapatrimonial que se solicita resarcir y, en la mayoría de los casos, la existencia misma del menoscabo moral que se dice sufrido; así, en todo caso, lo ha señalado en forma reiterada la doctrina y la jurisprudencia. En esas condiciones, no puede considerarse, para los efectos indicados, la particular percepción que puede tener los sentenciadores de los hechos que se le presentan para juzgar o la impresión que les provoca en su fuero interno", asegura el fallo del tribunal de alzada en este aspecto.

 

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Corte ratifica fallo que anula tránsito por Autopista que une Vitacura con Chicureo

Corte ratifica fallo que anula tránsito por Autopista que une Vitacura con Chicureo

La alcaldesa de Huechuraba, Carolina Plaza, indicó que la intención siempre fue resguardar el Parque Metropolitano.

Emol
Jueves 13 de Enero de 2011 00:01

SANTIAGO.- Durante la jornada de este miércoles, la Corte de Apelaciones ratificó un fallo contrario a la aprobación de 14 de los 21 kilómetros de la Autopista, que conecta la comuna de Vitacura con Chicureo.


La medida se toma luego que la municipalidad de Huechuraba presentara una demanda contra la Corema, organismo que en 2005 autorizó variaciones en el trazado del proyecto.


Entre ellos, kilómetros que anteriormente eran subterráneos, iban por la superficie, eliminando túneles, y causando daño al Parque Metropolitano.


En ese sentido, la alcaldesa Carolina Plaza argumentó que la intención siempre fue resguardar el Parque Metropolitano, ya que existen cerca de 200 hectáreas que no se mitigaron.  


"Ver como se compensa el daño causado y como se soluciona este problema, porque nos interesa que el desarrollo de Santiago siga, no nos interesa dañar a los vecinos que utilizan esa concesionaria, pero queremos que se proteja nuestro medio ambiente y eso vamos a evaluar en los próximos días", señaló, según indica radio Cooperativa.  


"Esperamos que la concesionaria haga valer la ley y esta categórica resolución de la Corte de Apelaciones", agregó.


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miércoles, enero 12, 2011

GOLBORNE: MINISTRO FENOMENO POLITICO ACTUAL

CERC: Golborne desplaza por primera vez a Bachelet en la lista de políticos con más futuro

El sondeo confirmó la alta popularidad del ministro de Minería, que también fue mencionado como el mejor candidato presidencial del oficialismo para el año 2013.

Emol
Miércoles 12 de Enero de 2011 14:20

SANTIAGO.- La última encuesta del Centro de Estudios de la Realidad Contemporánea (CERC) confirmó la alta popularidad que goza el ministro de Minería, Laurence Golborne, luego que encabezara los operativos de rescate de los 33 mineros de Atacama.


Pese a que en el mismo sondeo el Gobierno sufrió una baja generalizada, el secretario de Estado tuvo un alza de 13 puntos en el ítem de los "cinco políticos con más futuro" y, de esta manera, pasó a liderar la lista.


Con un 29% de las menciones, Golborne desplazó por primera vez de la cima a la ex Presidenta Michelle Bachelet, que se ubicó en segundo lugar con 28%. Más atrás quedaron el titular de Educación, Joaquín Lavín, y la presidenta del PPD, Carolina Tohá, con un 26% y 11% respectivamente.


El ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, irrumpió en el quinto lugar de la nómina con un 9%, dejando fuera al senador del PPD Ricardo Lagos Weber.


Golborne también se mantuvo como el secretario de Estado mejor evaluado (55%), seguido por Lavín (37%) y Hinzpeter (16%).


El titular de Minería fue también el más nombrado ante la pregunta de quién es el mejor candidato presidencial del oficialismo para el año 2013. Con un 33%, se impuso sobre Lavín (17%), Hinzpeter (9%) y Evelyn Matthei (3%).


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Presidente al colocar la primera piedra: “El Parque Renato Poblete es un gran paso para recuperar íntegramente el Río Mapocho”11 de enero de 2011

Presidente al colocar la primera piedra: "El Parque Renato Poblete es un gran paso para recuperar íntegramente el Río Mapocho"

11 de enero de 2011

Jefe de Estado encabezó la ceremonia que da inicio a las obras de un nuevo sector de  áreas verdes en Santiago y que buscar recuperar el principal afluente capitalino, transformándolo en un lugar de encuentro para las familias.
Parque de casi 22 hectáreas implica "recuperar el tiempo perdido porque llegó el tiempo de empezar a cambiar la historia de nuestra ciudad, transformando a nuestro Río Mapocho en un río limpio y navegable", dijo.

Con la instalación de la primera piedra, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, dio el vamos a las obras que permitirán la construcción del Parque Renato Poblete y que transformará para siempre la cara del Río Mapocho.

Un anhelado sueño del Mandatario que esta mañana comenzó a hacerse realidad, luego de detallar las características del ambicioso proyecto emplazado en la comuna de Quinta Normal, en el límite con el municipio de Santiago, en la ribera del principal afluente capitalino.

Acompañado de su esposa, Cecilia Morel, del ministro de Obras Públicas, Hernán de Solminiahc, de los alcaldes de Quinta Normal, Manuel Fernández y de Santiago, Pablo Zalaquett, del capellán del Hogar de Cristo, Agustín Moreira y de familiares del sacerdote jesuita homenajeado, el Jefe de Estado destacó la importancia del proyecto.

"Hoy cuando estamos dando un paso gigante hacia la concreción de ese proyecto de un Río Mapocho hermoso y al servicio de la gente, con esta primera piedra del parque Renato Poblete, sentimos una tremenda alegría y satisfacción", señaló.

Al recordar a la figura del ex capellán del Hogar de Cristo, el Presidente señaló que "este parque lleva el nombre de un amigo de todos, porque yo creo que si alguien se merece el nombre de un millón de amigos, era el padre Poblete.  Un amigo entrañable de muchos de nosotros. Un hombre que sirvió de puente entre el mundo de la pobreza y el resto de la sociedad, hoy día a través de este parque va a seguir sirviendo de puente y de encuentro de los ciudadanos, para que en este parque, que esperamos sea una realidad antes que termine nuestro Gobierno, se puedan encontrar las personas, las personas de la ribera norte con los de la ribera sur, del oriente con el poniente".

A juicio del Jefe de Estado, el Parque que debiera estar terminado en 2013  representa la concreción de un anhelado sueño de transformar al Mapocho en un río navegable y que vuelva a ser el eje de la ciudad. "Queremos que el río vuelva a ser lo que fue durante mucho tiempo para los habitantes de Santiago. Y estoy seguro que este proyecto Parque Renato Poblete es un gran paso para recuperar íntegramente el río, transformando al Río Mapocho, con las tecnologías modernas, en un río navegable, recuperando sus riberas, estableciendo parques para la gente y no solamente carreteras para los automóviles", señaló.

En su intervención, el Mandatario explicó que el Parque contará con áreas que permitirán la práctica de "actividades náuticas, botes a vela, a remo y esperamos tener competencias deportivas entre colegios y universidades".

Agregó que el proyecto contempla un "balneario fluvial de más de 1.100 metros, una cancha de fútbol, embarcadero, un museo del agua, anfiteatros, parque botánico y muchas cosas más que van a hacer de esto un verdadero polo de  atracción".

Al explicar el espíritu del proyecto, el Presidente enfatizó que "el desafío de hermosear el río y sus riberas, para ponerlo al servicio de la gente y transformarlo en un río amigable, lleno de vida, que acoja, que convoque a los ciudadanos, es lo que inspira este  proyecto Parque  Renato Poblete".

Por lo anterior, aseguró que "llegó el tiempo de recuperar el tiempo perdido; llegó el tiempo de empezar a cambiar la historia de nuestra ciudad, transformando a nuestro Río Mapocho en un río limpio, en un río navegable, en un río abrazado por parques, en un río que acoja y convoque a sus habitantes a poder disfrutar de la vida, de la naturaleza y del aire libre".

El Jefe de Estado explicó que este Parque beneficiará a cerca de 500 mil habitantes de las comunas de Quinta Normal, Santiago, Independencia y Renca y que proyectos similares se están estudiando para las regiones del país, entre los que destacan el Marga-Marga de Viña del Mar y el Río Elqui en La Serena.


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Mandatario recibió a los senadores norteamericanos McCain y Barrasso en La Moneda11 de enero de 2011

Mandatario recibió a los senadores norteamericanos McCain y Barrasso en La Moneda

11 de enero de 2011

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El Presidente de la República, Sebastián Piñera, recibió esta tarde en La Moneda a los senadores estadounidenses John McCain y John Barrasso, quienes se encuentran de visita en nuestro país.
A la reunión, también asistió el canciller Alfredo Moreno y el embajador de los Estados Unidos en Chile, Alejandro Wolff.


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RECONOCER EL TRASPIÉ La naturaleza del fracaso

La naturaleza del fracaso

Foto: Esther Gibbons

Vivimos en una sociedad en la que se rinde culto a hacer las cosas de forma correcta, y eso está bien. El problema está en que como es nuestra obligación hacer lo correcto cuando lo hacemos no se nos reconoce (es nuestra obligación), y al contrario, cuando cometemos un error, se nos juzga, nos censuran, y nos critican. Tenemos la gran "CREENCIA LIMITADORA" de que los errores son negativos, que no están bien.

El ser humano está diseñado para aprender, es nuestra naturaleza. Toda nuestra vida es un continuo aprendizaje, y la base de todo aprendizaje es ensayo y error. ¿Que ocurre cuando actuamos en contra de nuestra propia naturaleza? Cuando no aceptamos un fracaso, estamos afectando al proceso vital del aprendizaje creando un conflicto interno que se manifiesta frustración y culpa.

Si observas a los bebés, cuando comienzan a dar los primeros pasos, aprenden a caminar poniendo los pies en posturas erróneas que los hace caer al suelo, para seguidamente volver a intentarlo y caer de nuevo. Así hasta que consiguen mantener el equilibrio y dar sus primeros pasos. Cada caída al suelo le aporta una serie de información que es analizada por el cerebro para posteriormente ser reutilizada en un futuro, Por ejemplo para saber cómo inclinarse para alcanzar un tarro de galletas.

¿Qué pasaría si los bebés juzgaran los fracasos como algo negativo?, Viviríamos en una sociedad de adultos que van al trabajo gateando. …además frustrados y sintiéndose culpables por ello.

A lo largo de nuestra vida, hemos cometido muchos errores, y algunos de ellos no los hemos aceptado, los hemos escondido para no sentirnos frustrados, pero el peso de la culpa los hace latentes con el paso de los años, creando estados internos y emocionales negativos que vamos arrastrando y que limitan nuestro desarrollo natural.

Cada vez que fracasamos, que cometemos un error, se nos entrega en mano una nueva herramienta, un poderoso aprendizaje, que podemos usar para mejorar nuestro desarrollo y alcanzar el éxito en lo que nos propongamos. Si aceptamos el fracaso aceptamos nuevos recursos, si lo negamos lanzamos esa herramienta al cubo de la culpa y la frustración, que tendremos que arrastrar toda la vida. Cuantas más herramientas lanzamos a ese cubo, más pesado se hace.

Para vaciar el cubo de la culpa, y recuperar tus mejores herramientas y recursos te propongo el siguiente ejercicio de PNL:

Prepara dos hojas de papel. En la primera vas a hacer una lista de aquellos errores que cometiste en el pasado, aquellos que te hicieron sentir culpable o frustrado/a y que tan solo recordarlos te hacen sentir un nudo en el estomago. Descríbelos y enuméralos como Error Nº1, Error Nº2, Error nº3… Tómate tu tiempo, y disfruta.

Ahora, en la segunda hoja, describe con detalle el aprendizaje de cada uno de los errores, y cómo te puede ayudar en una situación futura. Procura visualizar esas situación futura en la que usas ese aprendizaje a nivel sensorial visual, auditivo, tacto, etc. Enuméralos como Aprendizaje Nº1, Aprendizaje Nº2, Aprendizaje nº3… Tómate tu tiempo, y disfruta.

Una vez hecho esto, quema, destruye la primera hija o rómpela en pedacitos pequeños y tíralos al WC. Se testigo de cómo tus culpas y frustraciones pasadas, desaparecen para siempre, y seguidamente, verbaliza, lee en voz alta tu nueva lista de, aprendizajes, de recursos, de herramientas. Ponla en un lugar visible donde puedas leerla de vez en cuando, o incluso llévala contigo en el bolso o cartera.

Recuerda la siguente fórmula: FRACASO+ACEPTACIÓN+APRENDIZAJE=ÉXITO


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hablando de politica DE FILOPOLITICA

HABLEMOS DE FILOPOLITICA Y MEDITEMOS EN VACACIONES
 
  • Es importante rescatar los viejos valores de la filosofía para la política ,hay que desarrollar  la Filopolítica
  • En Chile hay que recuperar  la esencia de los valores, de las ideas que fundamentan y otorgan consistencia al desarrollo político
  • Debemos buscar una visión renovada (más humanista y profunda) de la acción política
  • Valores como loa espiritualidad, la introspección, la meditación o el silencio, entre otros, que pueden ayudar en este camino de reflexión compartida. Aprovechemos de pensar en vacaciones
  • Filopolítica surge con el objetivo de provocar un debate constructivo que pueda contribuir a una nueva manera de acercarse, ver, hacer y entender la política
  • La política con la mera gestión no es suficiente , menudo puede resultar ineficiente.Algunas encuestas asi lo resaltan.
  • La gente el pueblo está ávido de resultados tangibles, pero al mismo tiempo reclama la filosofía en la política.
 
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intervención del mercado de la divisa y alza de gasolinas

AINTERVENCION DEL MERCADO DE LA DIVISA Y EL BIEN COMUN

Productores de fruta más que pedir intervención del estado en divisa, deben buscar la transprencia del mercado de exportación

Entonces, ¿esta alza de los combustibles  se debe ,en gran medida,  a la intervención del mercado de la divisa para mejorar situación de los exportadores?

Así las cosas se trata de una tremenda injusticia y discriminación condenable. Pero además con un costo político inevitable y de serias consecuencias par el gobierno y el país en general.

 Si tomamos el sector exportador de frutas: vamos a concluir que no hay razones que  justifiquen una intervención en su favor. Pero las fuertes presiones de sus gremios(ASOEX- Fedefruta- SNA ) han facilitado que todos los Chilenos tengamos que subsidiarlos, en circunstancias que ellos( las grandes exportadoras )  se autovenden las frutas y liquidan cualquier precio al productor Chileno, generando fuertes distorsiones en los mercados y severos daños a los productores . Este es un tema muy complejo y cuyo mercado opera en la más absoluta falta de transparencia. Pero…¿ por que todo se oculta, todo se esconde? .Se oculta y esconde en los propios gremios de productores y se clama por intervención del mercado de divisas  cuando se debería reclamar por transparencia del mercado de fruta de exportación  en que el Estado tiene un mayor  margen de actuación amparado en la ley y bien común.

www.agriculturablogger.blogspot.com.com

 
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20 años de concertacion dejan una democracia minusvalida

A UNA DEMOCRACIA MINUSVALIDA SE LE OPONE UNA SOCIEDAD CIVIL FUERTE Y OPERATIVA
 
No se ha establecido en Chile un sistema en que verdaderamente, efectivamente , se concrete la participación ciudadana en las diferentes Municipalidades y que le permita a los alcaldes poder anticiparse a los hechos y no actuar sobre hechos consumados o cuando la sociedad civil, los habitantes de la comuna protestan ante hechos que les afectan su calidad de vida. No hay que olvidar la Constitución Política de la República reconoce los "grupos intermedios " , el "principio Igualitario de participación", etc.

Tenemos en Chile una democracia representativa minusválida y que esconde dosis de autoritarismo en la que se ha excluido al ciudadano de la escena pública .La verdadera democracia  es aquella que crea vínculos  constructivos y operativos con la sociedad civil y la incorpora plenamente en la construcción de la democracia.

En consecuencia, Chile debe fortalecer la sociedad civil para enriquecer la democracia  ya que es la  fuente generadora del Poder y es el ámbito natural de la vida ciudadana.

www.el-observatorio-politico


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COMISIONES INVESTIGADORAS DE LA CAMARA DEBEN RE-ESTUDIARSE

FALTA UN INSTITUTO ASESOR PARA LAS COMISIONES Y PARLAMENTO EN GENERAL
 
Si se revisan los resultados y conclusiones de todas las comisiones son irrelevantes y sin efecto  político o judicial alguno. Esto es por la naturaleza misma de la institución y necesidad de llevar a su interior acuerdos políticos. No reflejan la realidad investigada  Operan allí las voluntad de las mayorías. Ejemplo de esto es ver como se defienden los intereses políticos por sobre la realidad y los hechos  en las diversas comisiones .Rara vez surgen de allí nuevos elementos que se pudieran allegar a los tribunales de justicia. Pero esto se produce por que la Cámara no cuenta con una institucionalidad establecida e independiente para investigar los diversos hechos que se pueden presentar en una investigación de tal naturaleza. La Cámara debería contar con un instituto que le asesore y colabore en las investigaciones.( como el que existe en México)

En consecuencia es una gran pérdida de tiempo y recursos.


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¿por que no crear un polo conservador en Chile?

PARA UN POLO CONSERVADOR SE NECESITA UNA SOCIEDAD CIVIL FUERTE

Crear un polo conservador en Chile. Que buena idea de Gonzalo Sánchez.

Dado el actual estado de los partidos políticos en Chile, sería una empresa muy difícil. Pero no sería tan difícil si se genera en la "Sociedad Civil" a partir del conjunto de iniciativas  personales  en oposición  a os planificadores del nuevo orden( Russell. Kirk, 1956)Por que la sociedad es el ambiente natural de la  persona humana, es el gran medio para la realización de todos sus fines(Lv.Mises)

Pero además, se deben intensificar el estudio en las Universidades , Centros de Estudios, Gremios.

www.el-observatorio-politico.blogspot.com

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Rodrigo González Fernández
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Ravinet: “El puente vale callampa”

Ravinet: "El puente vale callampa"

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Fue uno de los temas de la noche en las redes sociales y en la televisión. La asistencia del ministro de Defensa, Jaime Ravinet, a la comisión de esa área de la Cámara de Diputados para explicar sus razones para no entregar información sobre la compra de un puente mecano -tal como se lo exigió el Consejo para la Transparencia- deparó una inesperada "salida de libreto" del secretario de Estado.

Durante su exposición, el ministro había recalcado que, más que un tema puntual, estaba defendiendo el principio de que las compras hechas a través de la Ley Reservada del Cobre son secretas.

Cerca de las 21:30 horas, y cuando el presidente de la comisión, Alberto Cardemil (RN), daba el paso desde ese tema a las modificaciones a la Ley de Control de Armas, Ravinet inició un diálogo con el diputado DC Ricardo Rincón, quien estaba a su derecha, sin percatarse de que los micrófonos captaban todo el contenido de la conversación.

"Sí, pero vale callampa, h... Les podría haber mostrado todo aquí. Entonces me vale callampa", afirmó Ravinet, en un tono distendido. "¿O no?", le preguntó el ministro al diputado UDI Jorge Ulloa, quien estaba a su otro costado. Y le reiteró: "El puente vale callampa".

La intervención fue el cierre de un día agitado para Ravinet, que partió con su cuenta pública y luego siguió con la ratificación oficial del Consejo para la Transparencia del rechazo de su apelación por el tema del puente mecano sobre el río Biobío, recurso que desató polémica luego de que se revelara que el ministro afirmó en él que "a futuro, las FF.AA. serán renuentes a prestar colaboración a las autoridades civiles" si se les obligaba a revelar el detalle de sus compras.

Antes de su "salida de libreto", Ravinet había reconocido ante la comisión de Defensa que se equivocó con la forma de plantear el tema. "Creo que fue un mal argumento. Lo precisé y lo rectifiqué", dijo, aunque mantuvo sus críticas al rol del Consejo. "El problema es quién define qué es de importancia estratégica o militar. En nuestra opinión, no es el Consejo de Trasparencia", afirmó.
Foto: César Silva.


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ALESSANDRI UN OLVIDADO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

HAY QUE RESCATAR LA FIGURA DE JORGE ALESSSANDRI RODRÍGEZ
¿Cuantos años han pasado desde que asumiera don Jorge Alessandri R la Presidencia de la República.? Lo más probable es que nadie se acuerde, pero lo que es peor no veo interés en resaltar la importancia de la figura de este importante presidente de la República de Chile.
Sin embargo se recuérda la figura de Frei Montalva que es el artífice del odio en Chile y que terminaría en el Gobierno de Salvador Allende , el peor de la historia de nuestro país y que terminaría con la Intervención Militar para restablecer el orden y el derecho violentado.
Hay que rescatar la figura de don Jorge Alessandri R para la democracia Chilena.

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corpenal: ¿Qué es y por qué se crea la Corte Penal Internacional?

CORTE PENAL INTERNACIONAL; CORPENAL
 
Primer blog sobre la CPI en Chile
 
¿Qué es y por qué se crea la Corte Penal Internacional?

La CPI es un órgano de justicia internacional independiente, de carácter permanente, cuyo objetivo es asegurar que los más graves crímenes internacionales como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra no permanezcan impunes.

Fueron especialmente los aberrantes e inhumanos crímenes cometidos durante la Segunda Guerra Mundial los que indujeron a la comunidad internacional a ir adoptando numerosas convenciones y tratados como la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948), la Convención sobre la Esclavitud (1926 y 1956), la Convención contra la Tortura (1984), etc., orientados a promover el respeto a los derechos humanos en todo lugar y bajo cualquier circunstancia. 

Sin embargo, los valiosos principios establecidos en los tratados internacionales son a menudo violado por los mismos gobiernos que los han proclamado. Millones de personas han seguido siendo víctimas de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra sin que los responsables de estos actos hayan debido rendir cuentas ante la justicia. Producto del convencimiento de que es precisamente esta situación de impunidad la que favorece la repetición de los hechos, la comunidad internacional consideró necesario el establecimiento de una instancia internacional encargada de asumir aquellos casos en que la justicia nacional se muestre incapaz o no dispuesta a hacerlo.

El Estatuto de Roma, adoptado el 17 de julio de 1998 consta de 13 partes y 128 artículos en que se determina la competencia de la Corte, su estructura así como sus funciones. Entró en vigor el 1º de julio de 2002, luego de haber sido ratificado por 60 Estados Partes.

La sede de la CPI se encuentra en La Haya, en los Países Bajos.

La CPI está ligada a  Naciones Unidas a través de un acuerdo aprobado durante la primera sesión de la Asamblea de Estados Parte, realizada en septiembre de 2002.

Reseña histórica

El proceso que culminó con la creación de la CPI se remonta a fines de la Segunda Guerra Mundial, en que se constituyeron los Tribunales de Nüremberg y de Tokio para procesar a los criminales de guerra nazis y japoneses. Los principios universales que allí se asentaron alentaron la idea de una justicia penal internacional permanente.

Es así como en diciembre de 1948 la Asamblea General de Naciones Unidas solicitó a la Comisión de Derecho Internacional (CDI) estudiar la implementación de una corte penal internacional. Entre 1949 y 1954 la CDI se abocó a la elaboración de sus estatutos, pero la oposición de las potencias de ambos lados de la guerra fría pusieron obstáculos y condujeron a que la Asamblea General abandonara el respaldo a la iniciativa.

Recién a partir de la nueva situación internacional creada con la caída del Muro de Berlín en 1989, Naciones Unidas retomó la propuesta y pidió a la CDI la preparación de un proyecto de estatuto. Las claras violaciones a los Convenios de Ginebra cometidos durante la guerra en Bosnia Herzegovina llevaron en 1993 a la creación de un tribunal ad hoc para la ex Yugoslavia, lo que reforzó la discusión sobre la necesidad de una corte permanente. En 1994, tras en genocidio en Ruanda, el Consejo de Seguridad estableció un segundo tribunal especial. Ese mismo año, la Asamblea General formó un comité ad hoc para revisar el proyecto de estatuto de la CPI remitido por la CDI y en diciembre de 1995 designó un comité preparatorio (Prepcom) con la misión de completar su elaboración.

Ese mismo año, el 10 de febrero de 1995, algunas organizaciones no gubernamentales de larga trayectoria en la defensa y promoción de los derechos humanos como Amnistía Internacional, crearonla Coalición Internacional de ONG por una Corte Penal Internacional, para trabajar en apoyo a la creación de un tribunal que sea justo, eficaz e independiente. Muy pronto se fueron sumando a esta Coalición innumerables ONG de todas las regiones del mundo y de muchos sectores de la sociedad civil, especialmente los relacionados con los derechos humanos, los derechos de las mujeres y los niños, la paz, el derecho internacional, la asistencia humanitaria, los derechos de las víctimas y las creencias religiosas. De su seno surgieron importantes aportes para el contenido de los estatutos elaborados por el Prepcom.

Después de un largo proceso de discusión, se realizó finalmente en junio de 1998 en Roma una Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios, convocada por la Asamblea General de la ONU para aprobar el Estatuto definitivo de constitución de una Corte Penal Internacional. Participaron 160 Estados, organizaciones intergubernamentales como la Unión Europea, el Consejo de Europa, la Liga de los Estados Árabes, la Organización de los Estados Árabes, la Organización de Policía Criminal Internacional (INTERPOL), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y cerca de 200 ONG de todo el mundo, agrupadas en la Coalición.

Durante las cinco semanas que duró el proceso de debate, las ONG jugaron un importante rol de apoyo a las posiciones de los países del denominado grupo "afín", cuyos esfuerzos por lograr la creación de una corte independiente y eficaz se veían obstaculizados por las posiciones de carácter obstruccionista promovidas por EE.UU., China, India y los países árabes. El enorme desafío permitió desarrollar formas transregionales de solidaridad y organización, superando fronteras geográficas y de idioma. Representantes de ONG de América Latina y el Caribe, África, Medio Oriente y Asia, formularon una declaración conjunta que les permitió difundir la realidad que viven los pueblos de estos tres continentes asolados en las últimas décadas por la mayor cantidad de crímenes de guerra, genocidio y delitos de lesa humanidad. Producto del trabajo conjunto de ONG de todas las regiones, la sociedad civil global surgió como un nuevo referente en la arena de la legislación internacional.

Finalmente, el 17 de julio de 1998, 120 países aprobaron con su voto favorable los Estatutos de un Tribunal Penal Internacional y sólo 7 votaron en contra, en tanto que 21 se abstuvieron. Aunque el arduo proceso de negociaciones no permitió lograr lo óptimo, la aprobación del Estatuto de Roma sin duda constituyó un hito importante en la lucha contra la impunidad y en pro del respeto a los derechos fundamentales de todo ser humano a lo largo y ancho de nuestro mundo.

Luego de haber sido ratificado por 69 Estados Parte, el Estatuto de la CPI entró en vigor el 1º de julio de 2002.

La ceremonia de inauguración de la CPI, en que los 18 magistrados elegidos por los Estados Parte prestaron una declaración solemne de que ejercerán sus atribuciones con toda imparcialidad y conciencia, se realizó en La Haya el 11 de marzo de 2003.

Los órganos de la Corte

La Corte se compone de la Presidencia, las Salas, la Fiscalía y la Secretaría (Art. 34).

Miembros permanentes de la Corte son 18 magistrados elegidos en votación secreta durante una sesión de la Asamblea de los Estados Parte. En su nominación se debe tener en consideración no sólo la competencia para el cargo sino además que en la composición de la Corte exista una representación geográfica equitativa, una respresentación justa de magistrados hombres y mujeres y una representación de los principales sistemas jurídicos del mundo.

La Presidencia

Está constituida por el Presidente así como el Primer y Segundo Vicepresidente, elegidos por los 18 magistrados para un mandato renovable de tres años (Art. 38).

Desde el 11 de marzo de 2003 estos cargos son desempeñados por:

Presidente: el juez Philippe Kirsch (Canadá)

Primer Vicepresidente: la jueza Akna Kuenyehia (Ghana)

Segundo Vicepresidente: la jueza Elizabeth Odio Benito (Costa Rica)

Las Salas

La función judicial de la Corte está organizada en tres Salas: Preliminar, de Primera Instancia y de Apelación (Art. 39).

Actualmente la composición de las Salas es la siguiente:

¨La Sala Preliminar está compuesta por la jueza Akua Kuenyahia (Ghana), Claude Jorda (Francia), el juez Tuiloma Neroni Slade (Samoa), el juez Hans-Peter Kaul (Alemania), el juez Mauro Politi (Italia), la jueza Fatoumata Diarra (Mali) y la jueza Sylvia Steiner (Brasil)

¨ La Sala de Primera Instancia está compuesta por la jueza Elizabeth Odio Benito (Costa Rica), el juez Karl Hudson-Phillips (Trinidad y Tobago), la jueza Maureen Clark (Irlanda), el juez René Blattmann (Bolivia), la jueza Anita Usacka (Letonia) y el juez Adrian Fulford (Reino Unido)

¨La Sala de Apelación está compuesta por el juez Philippe Kirsch (Canadá), el juez Georghios Pikis (Chipre), la jueza Navanethen Pillay (Sudáfrica) , el juez Sang-Hyun Song (Corea) y el juez Erkki Kourula (Finlandia)

La Fiscalía

La Fiscalía actúa de forma independiente como órgano separado de la Corte. Está encargada de recibir remisiones e información corroborada sobre crímenes de la competencia de la Corte para examinarlos y realizar investigaciones o ejercitar la acción penal ante la Corte (Art. 42)

El primer fiscal de la Corte, Luis Moreno Ocampo (Argentina), prestó su declaración solemne el 16 de junio de 2003 en una ceremonia pública presidida por el presidente de la Corte, el jkuez Philippe Kirsch.

La Secretaría

Esta encargada de los aspectos no judiciales de la administración de la Corte (Art. 43).

El 24 de junio de 2003 los magistrados eligieron por mayoría absoluta al Sr. Bruno Cathala (Francia) como secretario de la Corte por un período de cinco años, período durante el cual será el principal funcionario administrativo de la misma.

Competencia de la Corte Penal Internacional

La competencia de la Corte se limita a los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto: el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión (Art. 5).

El crimen de genocidio

El artículo 6 del Estatuto de la CPI confiere a ésta jurisdicción respecto del genocidio tal como se define en el artículo II de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, de 1948. Ahí se establece que si se cometen con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, pueden constituir genocidio los siguientes actos:

  • Matanza de miembros del grupo.
  • Lesión grave a la integridad física o mental de miembros del grupo.
  • Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial.
  • Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo.
  • Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.

No se incluye los grupos sociales o políticos en la definición de víctimas potenciales.

Es importante destacar que se dispone expresamente que el hecho de haber actuado por orden de un superior no constituye una circunstancia eximente legítima del crimen de genocidio.

Crímenes de lesa humanidad

El Estatuto define tres características que distinguen los delitos ordinarios de los crímenes de lesa humanidad. En primer lugar, éstos tienen que haber sido cometidos "como parte de un ataque generalizado sistemático"", entendiendo por ataque no sólo una agresión militar, sino que se puede aplicar a leyes y medidas administrativas como deportación o traslado forzoso de población. En segundo lugar, tienen que ir dirigidos "contra una población civil"  y, en tercer lugar, tienen que haberse cometido de conformidad con "la política de un Estado o de una organización"(Art. 7) . Por consiguiente, pueden cometerlos agentes del Estado o personas que actúen a instigación suya o con su aquiescencia, como los "escuadrones de la muerte". Asimismo, pueden ser cometidos de conformidad con la política de organizaciones sin relación con el gobierno, como los grupos rebeldes.

Se enumeran 11 tipos de actos que, bajo esas características, pueden constituir crímenes de lesa humanidad:

  • Asesinato: homicidio intencionado.
  • Exterminio: homicidio intencionado y en gran escala de miembros de un grupo.
  • Esclavitud, incluido el tráfico de personas, en particular de mujeres y niños.
  • Deportación o traslado forzoso de población.
  • Encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional.
  • Tortura.
  • Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable.
  • Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales religiosos o de género.
  • Desaparición forzada de personas.
  • El crimen del apartheid.
  • Otros actos inhumanos de carácter similar.

Crímenes de guerra

La Corte puede juzgar a personas acusadas de infracciones graves a los Convenios de Ginebra de 1949, pero además tiene competencia respecto de muchas otras violaciones del derecho internacional humanitario, como el dirigir ataques contra la población civil, causar daños a personas indefensas, tomar rehenes y cometer ciertos actos prohibidos en territorios ocupados, como el traslado por la potencia ocupante de parte de su población civil al territorio que ocupa o la deportación de la totalidad o parte de le la población del territorio ocupado (Art. 8).

La jurisdicción de la Corte se refiere no sólo a crímenes de guerra cometidos en conflictos armados internacionales, sino también en conflictos armados internos.

Crimen de agresión (aún no tipificado)

La Corte ejercerá competencia respecto del crimen de agresión una vez que se apruebe una disposición de conformidad con los artículos 121 y 123 en que se defina el crimen y se enuncien las condiciones en las cuales lo hará.

Jurisdicción y principio de complementaridad

La Corte tendrá competencia para iniciar enjuiciamientos si los crímenes se han cometido en el territorio de un Estado que ha ratificado el Estatuto; si el autor de los crímenes es ciudadano de uno de estos países; si un Estado que no ha ratificado el Estatuto hace una declaración de aceptación de la competencia de la Corte sobre un determinado crimen o si el caso ha sido remitido a la Corte por el Consejo de Seguridad de la ONU (Art. 12, 13 y 14).

La CPI no juzgará a Estados sino que establecerá la responsabilidad penal individual incluyendo, cuando así corresponda, la de jefes de Estado (Arts. 25 y 27).

Su competencia se limita a aquellos crímenes cometidos después de su entrada en vigor, es decir, a partir del 1 de julio de 2002 (Art. 11).

De acuerdo al principio de complementariedad, la Corte sólo actuará cuando los tribunales nacionales no tengan la capacidad o la voluntad de hacerlo (Art. 1).

Los crímenes de competencia de la Corte no prescribirán (Art. 29).

Presentación de denuncias

El Fiscal de la Corte puede iniciar una investigación basándose en información de cualquier fuente fidedigna, incluidas la víctima, su familia o una ONG, vale decir, no es necesario el consentimiento de los gobiernos nacionales o del Consejo de Seguridad para poner determinados asuntos en conocimiento de la Corte.

Garantías de juicio justo

El Estatuto de la CPI garantiza que el acusado tenga derecho a una vista pública, justa e imparcial. Se estipula expresamente que, de conformidad con la presunción de inocencia, será en el Fiscal en quien recaiga la carga de la prueba a lo largo del juicio (Art. 22, 55, 66 y 67).

La CPI no podrá imponer la pena de muerte y la pena máxima será de cadena perpetua, aplicable cuando la gravedad del crimen lo amerite (art. 77).

Protección y reparación a las víctimas

El Estatuto reconoce que, en bien de la credibilidad y la legitimidad de la Corte, será esencial adoptar medidas para garantizar la seguridad, el bienestar físico y psicológico, la dignidad y la vida privada de las víctimas y los testigos y sus familias (Art. 68)

Además de juzgar al autor del crimen, lo que es por sí sólo una forma de reparación de importancia decisiva, la Corte debe establecer medidas que incluyan restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición y cualquier otra forma de reparación que se considere apropiada en cada caso (Art. 75)

Los Estados Parte

Hasta el 10 de Junio de 2004 eran 94 los países que habían firmado y ratificado el Estatuto de Roma, constituyéndose en Estados Parte de la CPI. De ellos 24 son países africanos, 26 son miembros del Grupo de Estados de Europa Occidental y otros Estados, 15 son países de Europa del Este, 18 son países de América Latina y el Caribe y 11 son de la Región de Asia.

Los países de América Latina y el Caribe que integran la Corte son: Antigua y Barbuda, Argentina, Barbados, Bélice, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, Honduras, Panamá, Paraguay, Perú, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.

Deficiencias señaladas por las ONGs

Uno de los puntos que creó más polémica entre los Estados miembros y que fue más criticado por las ONG lo constituyó el hecho que la CPI no haya sido erigida sobre el principio de jurisdicción universal sobre los casos que envuelven graves violaciones a los derechos humanos. Es así como ésta no podrá intervenir en aquellos casos donde las conductas alegadas involucren al territorio o los ciudadanos de un Estado que no ha ratificado el Estatuto y tampoco se ocupará de los crímenes de lesa humanidad ni de los crímenes de guerra cometidos con anterioridad a su entrada en vigor, pese a que ambos fueron declarados imprescriptibles por una Convención aprobada por la propia ONU en 1968.

En segundo lugar, el hecho que el Consejo de Seguridad de la ONU puede solicitar la suspensión de la investigación o del enjuiciamiento por un plazo de 12 meses (renovables aparentemente de manera indefinida), si considera que afectan a la paz y a la seguridad internacional. En la práctica, eso significa que el Consejo de Seguridad tendrá la facultad de poner en movimiento o paralizar la Corte, de acuerdo a la apreciación política del Consejo, es decir, la voluntad política de las grandes potencias.

Otra concesión grave es el establecimiento de una cláusula que autoriza a los países a optar por no aceptar la competencia de la Corte sobre los crímenes de guerra por un período de siete años a partir de su integración al Tratado. Eso supone la posibilidad de que los Estados, aún habiendo aceptado la competencia de la Corte, se den una moratoria para cometer crímenes de guerra durante siete años después de su adhesión.

También han sido señalados como deficiencias el hecho que aún no haya sido tipificado el crimen de agresión y la no incorporación de situaciones graves como los crímenes ecológicos, el tráfico de estupefacientes y el tráfico de órganos humanos.


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Militares víctimas del conflicto llevarán sus casos ante la CPICONFLICTOUn grupo de abogados que ha documentado más de 10.000 militares muertos, heridos, desaparecidos y secuestrados en el marco del conflicto armado entre 2003 y 2009 llevará algunos

Militares víctimas del conflicto llevarán sus casos ante la CPI

CONFLICTO Un grupo de abogados que ha documentado más de 10.000 militares muertos, heridos, desaparecidos y secuestrados en el marco del conflicto armado entre 2003 y 2009 llevará algunos de esos casos ante la Corte Penal Internacional (CPI).
Martes 11 Enero 2011

Los abogados, asociados en Defensoría Militar (Demil), crearán la Oficina de Soldados Víctimas del Terrorismo, que se encargará de llevar los casos ante la CPI, explicó uno de los letrados al periódico El Tiempo.

El grupo de defensores tiene documentados 10.248 casos de militares muertos, heridos, desaparecidos y secuestrados entre 2003 y 2009 en todo el país, el 90 por ciento de los cuales está en la impunidad.

A esos casos Demil quiere sumar otros ocurridos en la década de los noventa como el de Puerres, en Nariño, donde en abril de 1996 murieron al menos 31 militares en un ataque de las Farc.

De acuerdo con El Tiempo, uno de los puntos centrales de las denuncias que presentará Demil ante la CPI será el de los miles de militares heridos por las minas antipersonal sembradas por las guerrillas.
 
EFE


Fuente:http://www.semana.com/noticias-nacion/militares-victimas-del-conflicto-llevaran-casos-ante-cpi/149986.aspx
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