TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN CHILE
El tribunal constitucional está contemplado en nuestra constitución política artículos 81,82 y 83 que determinan su composición, atribuciones y efectos de sus resoluciones. Tiene por fundamento velar por el buen funcionamiento constitucional de los órganos del Estado, asi como que los representantes del Estado respeten los derechos que La Constitución política garantiza y proteger el orden jurídico democrático En pocas palabras, hacer efectivo el Estado de Derecho, según nos enseñó el profesor Jorge Mario Quinzio en primer año de Derecho.
El tribunal Constitucional no está llamado a establecer reglas de derecho, sino a ser el fiel exponente de las normas establecidas en la Constitución.
Entonces para su ejercicio debe tener este tribunal la máxima independecia.
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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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