Estimados!
Imagen obtenida en www.zuzaro.com
El proyecto llamado “Mercado de Capitales II” (pueden revisar el siguiente INFORME sobre este proyecto de ley) inició su tramitación a raíz del escándalo CORFO-Inverlink. Después, y como consecuencia de problemas con CODELCO, derivados de una mala administración y escaso control de la gestión de dicha empresa, se agregó a este proyecto normas sobre los gobiernos corporativos, tanto en relación a las sociedades anónimas como empresas públicas.
El otro gran tema de este proyecto es el incentivo a los fondos de inversión y capital de riesgo, con el objeto de facilitar a las PYMES el acceso al crédito y darles el impulso que el Gobierno viene prometiendo desde hace más de una década.
En relación al proyecto, he señalado en la Sala del Senado lo siguiente:
1.- Llama profundamente la atención que se haga escasa referencia a CORFO y, sobretodo, el que no se establezcan en el proyecto normas que obliguen a esta empresa y a toda otra entidad pública a adoptar medidas para evitar la sustracción o duplicación de valores y documentos, siendo que el escándalo CORFO - Inverlink se originó, justamente, por la pérdida de valores que fueron utilizados en forma ilícita. De ello dan cuenta publicaciones de prensa de la época y, en la investigación de la Cámara de Diputados, se dejó constancia de que muchas veces valores millonarios quedaban encima de los escritorios de funcionarios de CORFO!
2.- También en forma inexplicable, debo señalarles que los parlamentarios de la Concertación no dieron los votos para alcanzar el quórum requerido para aprobar la idea de legislar de una normativa que no sólo mejoraba el gobierno corporativo dentro de las empresas, sino que también establecía condiciones de mayor transparencia y fiscalización para las empresas estatales.
3.- En cuanto al capital de riesgo, si bien el proyecto contiene algunas normas adecuadas, a nuestro juicio, tiene otras que demuestran que el Gobierno no está decidido a darle un real impulso.
En efecto, el proyecto pretende estimular el capital de riesgo mediante una exención al impuesto sobre las ganancias de capital. Para ello, sin embargo, establece tal cantidad de requisitos que, lo más probable, es que la medida nunca opere. Esto es, por lo demás, lo mismo que ha sucedido con otras iniciativas legales -como la de la bolsa emergente, la que ofrece posibilidades de transar valores extranjeros y la relativa a los certificados de depósitos de valores - que después de su dictación no han producido efectos prácticos porque fueron tímidas, temerosas y desconfiadas.
Además, probablemente, va a ser necesario poner en todos los avisos publicitarios que deseen colocar los fondos de inversión en capital de riesgo una advertencia parecida a la que hoy figura en las cajetillas de cigarrillos: “¡Cuidado! El beneficio para los fondos de inversión de capital de riesgo queda sujeto a que el Director del Servicio de Impuestos Internos determine, cuando usted VENDA su inversión, que efectivamente ella haya sido de riesgo.”
Es decir, cuando usted inicie su inversión, no tendrá idea si va a quedar sujeto a la exención tributaria o no!
Yo pregunto ..¿quién va a invertir en capital de riesgo si los beneficios quedan condicionados a la decisión que una autoridad tome cinco, seis o siete años después de hecha la inversión?
El capital de riesgo exige, además, que la entidad receptora de la inversión sea una pequeña o una mediana empresa, pero pone como condiciones las siguientes: que el proyecto sea novedoso y de alto riesgo, y que no resulte posible saber con antelación cuáles han de ser los flujos futuros. Por lo tanto, esto está diseñado para un particular tipo de negocio, NO PARA CUALQUIER PYME!
Por ello, consideramos que es necesario efectuar perfeccionamientos al proyecto y esperamos que exista voluntad del Ejecutivo para impulsarlos, pues el mejoramiento de muchas normas dependerá, única y exclusivamente, del compromiso del Gobierno para presentar o patrocinar indicaciones que son de INICIATIVA EXCLUSIVA DE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. MÁS INFORMACIONES E INFORMES: http://www.senado.cl/blog/jnovoa/
Muy cordiales saludos,
JOVINO NOVOA
SENADOR
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