SII revela que gobierno de Bachelet condonó a 29 empresas en situación similar a Johnson"s lunes, 08 de octubre de 2012
Economía y Negocios
Alejandro Sáez Rojas Sobre el proceso de avalúo fiscal, la autoridad dice que a partir del 2 de enero del próximo año , los dueños de propiedades comenzarán a recibir cartas donde se les informará del nuevo valor de las constribuciones de sus inmuebles.
El Servicio de Impuestos Internos está con la agenda a full . Su director nacional, Julio Pereira, anuncia que a contar del 2 de enero se enviará una carta personalizada a los dueños de propiedades con el valor de las nuevas contribuciones y asegura que marcha a firme con el proyecto de la factura electrónica, que en régimen evitaría una evasión por US$400 millones .
Y el tema Johnson"s tampoco está cerrado. La millonaria condonación desató un vendaval de críticas que terminó con una investigación en el Congreso y con la filtración de detalles desconocidos desde las actas del directorio de la compañía. Pereira concurrirá de nuevo a la comisión especial por el caso la próxima semana para responder a la pregunta, entre otras, de si participó o no de esta decisión.
En las actas del directorio de Johnson"s se menciona la participación del subdirector jurídico Mario Vila. Además, se supo que la ex encargada de Grandes Contribuyentes, Mirta Barros, afirmó que usted asistió a una reunión sobre el caso. ¿Estuvo involucrado?
"Primero, lo que es muy claro es que en las actas del directorio se puede poner lo que los directores digan".
Pero las actas son documentos públicos...
"Pero se trata de dichos privados. Al Director Nacional de Impuestos Internos no le compete comentar lo que un directorio señale en sus actas. Los directorios son absolutamente libres de señalar lo que quieran en las actas del directorio".
¿En qué se ampara para no comentar? ¿En el secreto tributario?¿Por qué no salir a desmentir esta declaración?
"Lo que le puedo señalar en forma clara es que la facultad para condonar radica, por ley, en el director o directora de grandes contribuyentes, los directores regionales y en el subdirector de fiscalización. Por lo tanto, el director nacional del SII carece de la facultad para condonar intereses y multas".
Según Mirta Barros, el 19 de agosto (de 2011) se citó a una reunión donde estuvo usted y Mario Vila por el caso Johnson"s...
"La reunión aquella fue donde se traspasó la dirección de grandes contribuyentes desde Bernardo Marchant a Mirta Barros. Ahí se analizaron varios casos que estaban dentro de la dirección de grandes contribuyentes, dentro de los cuales estaba Johnson"s. No fue una reunión donde se resolvieron detalles de la condonación de este contribuyente. Fue una reunión en la que se analizaron todos los casos relevantes producto del cambio de director de grandes contribuyentes".
¿Johnson"s fue un caso excepcional en la administración tributaria chilena?
"El presupuesto social de Chile se basa en una eficiente recaudación tributaria, que siempre ha realizado el SII con criterios legales y técnicos. En el caso de las empresas conocidas como "zombi" con pérdidas tributarias compradas, en las dos administraciónes anteriores se condonaron multas e intereses a 54 empresas, 29 de ellas en la última administración, y en la actual a una, que es Johnson"s".
El director del SII agrega: "Todas estas operaciones se hicieron ajustadas a la ley, con beneficio fiscal y con el criterio histórico del SII. Incluso en el caso de Johnson"s, el Servicio logró el máximo histórico de beneficio fiscal al eliminar el 100% de las pérdidas tributarias, por más de US$1.200 millones y con un costo de sólo US$35 millones de condonación extraordinaria".
¿Qué sensación le queda de este episodio?
"Lamento el clima de conflictividad que se ha pretendido crear, llegando al exceso de hacer públicos en forma sesgada documentos que pudieran afectar la intimidad o derechos de contribuyentes o procesos de fiscalización del SII".
¿Cuán importante son las condonaciones para el sistema tributario chileno?
"Uno de los pilares fundamentales del sistema de recaudación en Chile son las condonaciones. Por Internet se otorga un 70% de condonación. En Johnson"s se actuó con el mismo criterio que en el resto de las empresas que se condonaron en el pasado".
¿En qué sentido es un pilar?
"El pago de los impuestos pasa muchas veces porque se condonen las multas o los intereses. Hay una vinculación estrecha entre la condonación y la recaudación".
¿Por qué es tan importante la condonación para la recaudación si todos debemos pagar nuestras obligaciones oportunamente?
"Precisamente porque muchísimos contribuyentes no pagan en el momento que corresponde".
Si yo no pago mi cuenta del agua, me la cortan...
"El SII hace condonaciones automáticas por internet de hasta el 70% de las multas e intereses cuando el contribuyente acepta pagar al contado los impuestos que le estamos reclamando. Si no lo hace, la cobranza se puede ir a Tribunales. La experiencia internacional demuestra que la condonación es una herramienta de mayor recaudación, porque permite el ingreso inmediato de recursos a las arcas fiscales y evita largos procesos judiciales. El SII busca recaudar impuestos, y los impuestos nunca se condonan".
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO - GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES , asesorías a nivel nacional e internacional y están disponibles para OTEC Y OTIC en Chile
Economía y Negocios
Alejandro Sáez Rojas
Y el tema Johnson"s tampoco está cerrado. La millonaria condonación desató un vendaval de críticas que terminó con una investigación en el Congreso y con la filtración de detalles desconocidos desde las actas del directorio de la compañía. Pereira concurrirá de nuevo a la comisión especial por el caso la próxima semana para responder a la pregunta, entre otras, de si participó o no de esta decisión.
En las actas del directorio de Johnson"s se menciona la participación del subdirector jurídico Mario Vila. Además, se supo que la ex encargada de Grandes Contribuyentes, Mirta Barros, afirmó que usted asistió a una reunión sobre el caso. ¿Estuvo involucrado?
"Primero, lo que es muy claro es que en las actas del directorio se puede poner lo que los directores digan".
Pero las actas son documentos públicos...
"Pero se trata de dichos privados. Al Director Nacional de Impuestos Internos no le compete comentar lo que un directorio señale en sus actas. Los directorios son absolutamente libres de señalar lo que quieran en las actas del directorio".
¿En qué se ampara para no comentar? ¿En el secreto tributario?¿Por qué no salir a desmentir esta declaración?
"Lo que le puedo señalar en forma clara es que la facultad para condonar radica, por ley, en el director o directora de grandes contribuyentes, los directores regionales y en el subdirector de fiscalización. Por lo tanto, el director nacional del SII carece de la facultad para condonar intereses y multas".
Según Mirta Barros, el 19 de agosto (de 2011) se citó a una reunión donde estuvo usted y Mario Vila por el caso Johnson"s...
"La reunión aquella fue donde se traspasó la dirección de grandes contribuyentes desde Bernardo Marchant a Mirta Barros. Ahí se analizaron varios casos que estaban dentro de la dirección de grandes contribuyentes, dentro de los cuales estaba Johnson"s. No fue una reunión donde se resolvieron detalles de la condonación de este contribuyente. Fue una reunión en la que se analizaron todos los casos relevantes producto del cambio de director de grandes contribuyentes".
¿Johnson"s fue un caso excepcional en la administración tributaria chilena?
"El presupuesto social de Chile se basa en una eficiente recaudación tributaria, que siempre ha realizado el SII con criterios legales y técnicos. En el caso de las empresas conocidas como "zombi" con pérdidas tributarias compradas, en las dos administraciónes anteriores se condonaron multas e intereses a 54 empresas, 29 de ellas en la última administración, y en la actual a una, que es Johnson"s".
El director del SII agrega: "Todas estas operaciones se hicieron ajustadas a la ley, con beneficio fiscal y con el criterio histórico del SII. Incluso en el caso de Johnson"s, el Servicio logró el máximo histórico de beneficio fiscal al eliminar el 100% de las pérdidas tributarias, por más de US$1.200 millones y con un costo de sólo US$35 millones de condonación extraordinaria".
¿Qué sensación le queda de este episodio?
"Lamento el clima de conflictividad que se ha pretendido crear, llegando al exceso de hacer públicos en forma sesgada documentos que pudieran afectar la intimidad o derechos de contribuyentes o procesos de fiscalización del SII".
¿Cuán importante son las condonaciones para el sistema tributario chileno?
"Uno de los pilares fundamentales del sistema de recaudación en Chile son las condonaciones. Por Internet se otorga un 70% de condonación. En Johnson"s se actuó con el mismo criterio que en el resto de las empresas que se condonaron en el pasado".
¿En qué sentido es un pilar?
"El pago de los impuestos pasa muchas veces porque se condonen las multas o los intereses. Hay una vinculación estrecha entre la condonación y la recaudación".
¿Por qué es tan importante la condonación para la recaudación si todos debemos pagar nuestras obligaciones oportunamente?
"Precisamente porque muchísimos contribuyentes no pagan en el momento que corresponde".
Si yo no pago mi cuenta del agua, me la cortan...
"El SII hace condonaciones automáticas por internet de hasta el 70% de las multas e intereses cuando el contribuyente acepta pagar al contado los impuestos que le estamos reclamando. Si no lo hace, la cobranza se puede ir a Tribunales. La experiencia internacional demuestra que la condonación es una herramienta de mayor recaudación, porque permite el ingreso inmediato de recursos a las arcas fiscales y evita largos procesos judiciales. El SII busca recaudar impuestos, y los impuestos nunca se condonan".
Cambios para los inversionistas extranjeros | Cambios importantes a la inversión extranjera explicó a los empresarios Julio Pereira en el último Chile Day. Estas modificaciones afectarán a los inversionistas extranjeros y fueron parte de las medidas para reducir la elusión o cerrar aquellas brechas por las que se podían pagar menos impuestos. La primera de ellas es modificar el artículo 10 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta, con lo que desde ahora quedan afectos a impuestos transacciones de bonos, acciones u otros instrumentos situados en el exterior, que tienen como activos bienes chilenos. Lo novedoso acá es que se considerará renta de fuente chilena la venta de esos instrumentos, aun cuando la transacción se realice entre dos multinacionales foráneas. Pagarán impuestos sus ventas cuando el 20% del valor de mercado de dichos instrumentos provenga de los activos que están asentados en Chile. Y que la transacción involucre la venta de al menos el 10% de esas acciones, bonos u otros instrumentos en el exterior. Como segundo criterio para ser considerada renta chilena y, por lo tanto, sujeta a impuestos, es que el valor de mercado de esos activos en Chile -que subyacen a los instrumentos vendidos o comprados en el exterior- sea superior a las 210 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA) o US$211 millones en los 12 meses previos, y se venda al menos el 10% del total emitido afuera. Como tercer criterio, deberán pagar impuestos ciertas ventas de instrumentos emitidos en paraísos fiscales, que cumplan algunos requisitos. Otro cambio relevante es que cuando una agencia instalada en Chile de una empresa extranjera transfiera acciones desde una sociedad que ha instalado en Chile a la agencia, esa transferencia podrá ser tasada (valorada) con el objetivo de determinar si corresponde que esta transferencia de acciones o derechos sociales pague impuestos. La única razón que eximiría el pago es que se demuestre que este traspaso de acciones es por una legítima razón de negocios y no que es una transacción ordinaria. Otro cambio muy relevante es referido a las inversiones como depósitos que realizan agencias de empresas internacionales con dineros obtenidos en Chile; por ejemplo, la inversión de la caja que maneja la empresa internacional. Ahora, si una empresa obtiene intereses por ese crédito en el exterior, debe por lo mismo tributar sobre ellos. Para eso existen convenios de información con otros servicios fiscalizadores internacionales. "Estos son cambios importantes para los inversionistas internacionales", señala Pereira. |
Fuente:
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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