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miércoles, julio 02, 2014

Sondeo asegura que Obama es el peor presidente en 70 años


Sondeo asegura que Obama es el peor presidente en 70 años






Estdiuo de la Universidad de Quinnipiac revela que el 33% de los encuestados considera al presidente demócrata como el peor líder desde la Segunda Guerra Mundial.

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02
julio
2014

Una nueva encuesta publicada este miércoles situó al presidente Barack Obama a la cabeza de una lista de los peores líderes de Estados Unidos desde la Segunda Guerra Mundial.

El sondeo, realizado por la Universidad de Quinnipiac (Connecticut), reveló que 33% de los encuestados vio a Obama como el peor de los líderes de los últimos 70 años. Un 28% eligió a su predecesor, George W. Bush.

La Universidad también reveló asimismo que un 35% consideró al republicanoRonald Reagan (1981-1989, como el mejor mandatario desde 1945, seguido de Bill Clinton (18%) y de John F. Kennedy (15%).

Un 45% de los encuestados dijo que a Estados Unidos le hubiese ido mejor si el republicano Mitt Romney hubiese ganado las elecciones de 2012, mientras que 38% estimó que el país estaría peor de haber sido así.

Los presidentes normalmente son blancos de críticas mientras ejercen el cargo, y muchas veces son reevaluados cuando dejan la Casa Blanca y están fuera de la amarga lucha partidista de Washington.

Bush, que fue sumamente impopular al final de su segundo mandato, ha visto crecer sus porcentajes en los últimos años. Otros como Clinton fueron populares en sus últimos días en el Despacho Oval y han visto que su popularidad ha permanecido fuerte.

La encuesta pareció mostrar un sesgo hacia los presidentes más recientes. Solo 13% dijo considerar a Richard Nixon (1969-1964), que renunció a su cargo por el caso Watergate, como el peor presidente.

Jimmy Carter, un demócrata que tuvo un solo mandato y que a menudo fue ridiculizado, solo fue percibido como el peor mandatario por solo un 8%.

El sondeo de Quinnipiac coincidió con otras encuestas recientes, que muestran mínimos históricos de 40% en la aprobación de la gestión de Obama.

Una serie de controversias políticas y crisis en materia de política exterior mancharon la reputación del presidente. 54% de los encuestados creen que la administración Obama no es competente para gobernar, contra 44% que opina lo contrario.

Solo 40% aprueba su gestión de la economía y 37% su política exterior.

La encuesta fue realizada del 20 al 24 de junio entre 1.446 votantes registrados y tiene un margen de error de 2,6 puntos porcentuales.

Fuente: agencia AFP

Foto: agencia Reuters





































































Fuente:cnn

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Rodrigo González Fernández
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indigena: Sin acuerdos sigue "consulta indígena" de Michelle Bachelet por millonarios proyectos

Sin acuerdos sigue "consulta indígena" de Michelle Bachelet por millonarios proyectos

El Convenio de la Organización Internacional del Trabajo OIT número 169 del 7 de junio de 1989 obliga a los países a consultar a los pueblos indígenas y originarios en materia de proyectos que se desarrollen en sus tierras
Por Anastasia Gubin La Gran Época
Mar, 1 Jul 2014 10:59 +0000
 
Presidenta de Chile Michelle Bachelet el 24 de junio en un encuentro del Gobierno con participantes de las comunidades indígenas ( Gobierno de Chile)

El Convenio de la Organización Internacional del Trabajo OIT número 169 del 7 de junio de 1989 obliga a los países a consultar a los pueblos indígenas y originarios en materia de proyectos que se desarrollen en sus tierras.

El Gobierno de Chile anunció que planea realizar una consulta en seis meses. Esto sería aplicando el decreto 66 vigente, que su partido político rechazó el año pasado durante las elecciones, al igual que hoy las comunidades.

Según cifras obtenidas a través del Servicio de Evaluación Ambiental de Chile, unos US$10 mil millones suman los proyectos de inversión cuestionados por las comunidades indígenas del país a través de este Convenio, informó la revista Electricidad el 18 de junio. Ecologistas y vecinos de los proyectos reclaman que los Gobiernos de Bachelet y Piñera trasgredieron este convenio y dieron curso a los proyectos sin la debida consulta. 

El Gobierno de Chile anunció el 24 de junio que "el Ministerio de Asuntos Indígenas y el Consejo de Pueblos Indígenas - ambos organismos creados por el Estado- serán sometidos a consulta según convenio 169 de la OIT", según un comentario de twitter del Gobierno.

La Presidencia anunció en la misma fecha que la consulta se hará en un plazo de 6 meses y con ella se espera llegar a las 4.500 comunidades a lo largo del país. "Se desarrollará en cinco etapas: planificación, entrega de información, deliberación interna, diálogo y entrega de los resultados. En la consulta podrán participar las instituciones representativas de los pueblos indígenas, es decir, cualquier persona o grupo de personas que sean designadas por los pueblos para ser representada", según, dijo la Ministra de Desarrollo Social, María Fernanda Villegas, "La información sobre el proceso de consulta podrá seguirse a través del sitio web www.consultaindigena.cl donde se dará cuenta del estado de cada una de las etapas", dijo el Gobierno.

Sin embargo una comisión de la OIT reclamó este año al Gobierno de Chile de qué manera el decreto 66, que estableció el ex presidente Sebastián Piñera hará cumplir la ley: "La comisión solicita al gobierno que en su próxima memoria presente informaciones que permitan examinar la manera en que la nueva legislación asegura la efectiva consulta de los pueblos indígenas en todas las medidas susceptibles de afectarles directamente y da pleno efecto a las disposiciones correspondientes de los artículos 6, 15 y 16 del Convenio", señaló la comisión de la OIT en 2014, según cita el medio Pulso.

Las comunidades indígenas han estado reclamando estos puntos en las redes sociales, según Políticas Públicas.

La entidad internacional cuestionó el decreto pues emanó sin ningún acuerdo luego que el Estado de Chile llevara adelante un proceso de diálogo con representantes de los pueblos indígenas para consensuar la nueva normativa de consulta y participación, que finalizó en julio de 2013, señala el texto citado.

Doble pronunciamiento de Bachelet

Las comunidades indígenas chilenas además están cuestionando a Bachelet ya que su partido político antes de las últimas elecciones, se opuso al decreto 66.

Aucan Hulcaman, werken (autoridad) del Consejo de Todas las Tierras, a través de una declaración pública recordó que el decreto 66 adoptado por el gobierno del Presidente Sebastián Piñera, "fue declarado ilegítimo por todos los partidos políticos de la Nueva Mayoría cuando eran oposición, es decir, Partido Socialista, Partido Por la Democracia, Partido Radical, Partido Comunista, incluso pidieron su Derogación", por lo que cuestionan que el mismo Gobierno continúe con su aplicación, informó Mapuexpress, el 25 de junio.

"La presidenta Bachelet no se ha pronunciado sobre el cuestionado y viciado decreto de consulta Piñerista N 66", dijo a su vez Jorge Weke, werken del Parlamento Mapuche de Koz Koz en Panguipulli, al sur del país, según el medio Mapuexpress el 25 de junio.

Mapuches piden la derogación del decreto 66

En relación a los anuncios del Gobierno y de Bachelet el 21 de mayo sobre el ministerio y consejo, Weke recordó que "la gran cantidad de organizaciones mapuche y de derechos humanos ha exigido a la misma presidenta derogar este decreto. Asimismo, se le ha pedido la intervención al relator especial de los pueblos indígenas de la ONU, en su última visita a Chile, ya que transgrede directamente al propio convenio 169 de la OIT, sobre los estándares específicos de obligatoriedad del estado chileno, en el contexto del derecho internacional para la protección de los derechos de los pueblos indígenas, supeditando los procesos de consulta a la reglamentación del SEIA (Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental) en su decreto 40, cuando se trata de proyectos de inversión", según Mapuexpress.

El el sur de Chile, Endesa esta defendiendo la central hidroeléctrica Neltume (US$780 millones) en la Corte Suprema luego que un grupo de comunidades impugnara la consulta indígena de dicho proyecto, situado en la Región de los Lagos. La Corte de Apelaciones le dio la razón a la compañía, y esto fue apelado por las comunidades ante el máximo tribunal del país, según la revista Electricidad.

El proceso de consulta y las demandas del Pueblo Aymara

Por el norte la minera BHP se enfrentó recientemente a los Aymaras por la ampliación de Cerro Colorado (US$467 millones de inversión). Un grupo cuestionó la iniciativa obras de protección de la operación y el conflicto se encuentra actualmente en la Corte de Apelaciones de Iquique.

En otro caso, sobre el proyecto minero El Morro, de la canadiense Goldcorp, las autoridades afirmaron que la comunidad Aymara rechazó participar en el proceso de consulta indígena. "Esto obligó a la autoridad regional a continuar con el proceso de evaluación, pese a que no se llevara a cabo el proceso de consulta. Vale decir, se generó una segunda Resolución de Calificación Ambiental, poniendo la institucionalidad ambiental a prueba", informó Electricidad, el 18 de junio

El arqueólogo Rolando Ajata López, señaló ayer que "el decreto 66 que interpreta Convenio 169 nace políticamente muerto, sin el apoyo de las comunidades indígenas Aymara. El Gobierno de Chile quiere que los Aymaras se sumen al proceso de consulta, pero no acoge las demandas del Pueblo Aymara. Las organizaciones Aymara en pro de la defensa de la Pachamama y el 1/2 Ambiente decidieron unánimemente decir No a la minería".

25 comunidades Aymara se reunieron en un congreso celebrado el 30 de junio. Previamente cuestionaron si "¿la creación del Ministerio de Asuntos Indígenas va a solucionar los temas de fondo del ejercicio de nuestros derechos? Eso lo tenemos que conversar ampliamente.
Los dirigentes plantean también que esta consulta podría dividir al pueblo aymara y a los distintos pueblos originarios", de acuerdo al medio Puerto Libre.

"Se nos quiere imponer dos cosas. La aplicación del convenio a través del decreto 66 y otros temas relacionados a la aplicación del decreto 40 del Sistema de Evaluación Ambiental. Y al mismo tiempo se nos quiere imponer los temas", explicaron.

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Fuente:lagranepoca

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EVO MORALES SIGUE CON SUS AGRESIONES E INSOLENCIAS INSOSTENIBLES A CHILE

Obama elogia a Bachelet, pero Evo Morales exige le enseñe a "respetar tratados"

El presidente norteamericano ha elogiado el gobierno de su visitante, Michele Bachelet que se encuentra en Washington, mientras que Evo Morales le exige enseñar a la chilena a "respetar los tratados".


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Barack Obama elogió a Bachelet

Obama bromeó al recibir a Michelle Bachelet en la Casa Blanca, donde dijo que "es mi segunda Michelle favorita" luego de su esposa, lo que generó una distensión desde el vamos en el encuentro entre los mandatarios.

"Chile es un país confiable para las inversiones (…) Es un modelo de democracia en Latinoamérica, que sido capaz de tener una consistente transición de gobiernos que siempre han respetado las tradiciones democráticas", sentenció el mandatario norteamericano quien apuntó también sobre el fútbol que "Chile tuvo un espectacular desempeño y podría haber ganado".

Bachelet agradeció los elogios y apuntó tener en mente "un aumento de la cooperación" buscando nuevos acuerdos para la educación, la ciencia y la tecnología, principalmente.

En Bolivia Evo reclama a Obama dar "una lección" a la mandataria chilena

"Yo quiero pedir desde acá, al presidente Obama, que dé lecciones, que cuando hay derechos no hay validez de tratados y se devuelve, como el Canal de Panamá ha sido devuelto por Estados Unidos al pueblo panameño"", dijo el presidente Evo Morales en La Paz, refiriendo a la demanda marítima que su país ha presentado ante la Corte Internacional de La Haya.

Evo recordó que fue el pueblo de Panamá el que logró con "su lucha" que Estados Unidos devolviera el área del Canal de Panamá, pese a los tratados que en 1903 habían cedido "en perpetuidad" esa franja interoceánica a los EE.UU.

Con ello apunta a la revisión de los tratados como el que puso fin a la Guerra del Pacífico de 1879, dejando a Bolivia como una nación mediterránea.

En Washington, Bachelet fue consultada sobre si abordó el tema con Obama, pero dijo simplemente que habían tocado "todos los temas regionales".



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SUMARIO DE LA LEY DE LOBBY Y OTROS ANTECEDENTES CONFORME A BCN.

Guía legal sobre:

Ley del Lobby


Entrega información acerca de la regulación legal a las actividades lobby que se ejercen sobre autoridades y funcionarios.

Última actualización : 07-03-2014

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Aporta información sobre las actividades lobby que se ejercen sobre autoridades y funcionarios y cómo las regula la legislación chilena.

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¿Qué se entiende por lobby?
Lobby son las gestiones o actividades pagadas  que hacen personas o entidades, chilenas o extranjeras, para promover, defender o representar cualquier interés particular o para influir en las decisiones que, en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar algunas autoridades y funcionarios.

Los lobistas buscan influir en la toma de decisiones y en los cambios a las políticas públicas y los planes o programas que están en discusión o en desarrollo o sobre cualquier medida implementada o materia que deba ser resuelta por el funcionario, la autoridad o el organismo público correspondiente, o bien para evitar tales decisiones, cambios y medidas.

¿Qué se busca a través de la Ley del lobby?
Se busca regular la actividad de lobby y demás gestiones que representen intereses particulares, con el objeto de fortalecer la transparencia y probidad.

¿Qué es un lobbista?
Es la persona natural (hombre o mujer) o persona jurídica (entidad), chilena o extranjera, remunerada, que hace lobby. Si no recibe pago se llama gestor de intereses particulares, sean éstos individuales o colectivos.

¿Quiénes son contactados para ser objeto de lobby? 
Las personas que en razón de su función o cargo tienen atribuciones para tomar decisiones relevantes y las personas que puedan influir decisivamente en quienes tienen esas atribuciones y que reciben regularmente una remuneración. La ley señala los siguientes cargos: ministros, subsecretarios, jefes de servicios, directores regionales de los servicios públicos, intendentes y gobernadores, secretarios regionales ministeriales y los embajadores, además de los jefes de gabinete de esas mismas autoridades.

Entre los funcionarios de la administración local, reciben lobby los consejeros regionales, los alcaldes, los concejales, los secretarios ejecutivos de los consejos regionales, los directores de obras municipales y los secretarios municipales.

También pueden recibir lobby el contralor general y el subcontralor general de la República; el presidente, vicepresidente y los consejeros del Banco Central; los comandantes en jefe de las FF.AA, el director general de la Policía de Investigaciones de Chile, el general director de Carabineros de Chile, el jefe y subjefe del Estado Mayor Conjunto y los encargados de las adquisiciones de las instituciones armadas y de las policías.

Se considera además que reciben lobby los diputados, los senadores, el secretario general y el prosecretario de la Cámara de Diputados, el secretario general y el prosecretario tesorero del Senado, y los asesores legislativos que indique anualmente cada parlamentario, en la forma y con el procedimiento que determine la Comisión de Ética y Transparencia Parlamentaria que corresponda; el fiscal nacional y los fiscales regionales del Ministerio Público; los consejeros del Consejo de Defensa del Estado, del Consejo Directivo del Servicio Electoral, del Consejo para la Transparencia, del Consejo de Alta Dirección Pública, del Consejo Nacional de Televisión y del Instituto Nacional de Derechos Humanos.

Se añaden los integrantes de los paneles de expertos creados en la ley N° 19.940 sobre sistemas de transporte de electricidad y del panel técnico creado por la ley N° 20.410 sobre concesiones de obras públicas;  los integrantes de las comisiones evaluadoras, formadas en el marco de la ley N° 19.886, sobre contratos administrativos del Estado, y el director de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.

Las instituciones que menciona la ley podrán agregar sujetos pasivos (es decir, los que reciben lobby) mediante resoluciones o acuerdos propios, informados en una resolución que se publique anualmente en los sitios web de esas entidades.

¿Qué actividades quedan reguladas?
Se regulan actividades como la dictación, modificación y derogación de actos administrativos y leyes y de decisiones de las autoridades y funcionarios. También las decisiones que adopta el Congreso Nacional, sus integrantes y sus comisiones, así como la celebración, modificación o el término de contratos y el diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas.

La ley considera también aquellas actividades destinadas a buscar que no se tomen esas mismas decisiones.

¿Hay actividades que no quedan reguladas por la ley del lobby?
No quedan reguladas por la ley del lobby, los planteamientos o las peticiones realizados en reuniones o asambleas públicas y aquellos que tengan estricta relación con el trabajo en terreno propio de las tareas de representación realizadas por una autoridad, además de las declaraciones, actuaciones o comunicaciones que hagan los funcionarios o autoridades en el ejercicio de sus funciones. Tampoco son materia de la ley, las peticiones verbales o escritas que se hagan a la autoridad o funcionario para obtener información sobre un procedimiento. Tampoco es tema de la ley si una autoridad o funcionario pide información para tomar una determinación en el ámbito de su competencia. 

Tampoco son lobby algunas actuaciones que hacen las personas o sus parientes en procesos administrativos ni las asesorías contratadas a profesionales e investigadores de asociaciones sin fines de lucro, corporaciones, fundaciones, universidades, centros de estudios y de cualquier otra entidad análoga, así como las invitaciones que dichas instituciones extiendan a cualquier funcionario de un órgano del Estado.

No es lobby la defensa en un juicio ni el patrocinio de causas judicales. No lo son tampoco las declaraciones hechas ante una comisión parlamentaria y las invitaciones que funcionarios y autoridades hacen a reuniones técnicas a profesionales de asociaciones sin fines de lucro, corporaciones, fundaciones, universidades, centros de estudios y de cualquier otra entidad análoga.

¿Se obliga a las autoridades a dar a conocer sus agendas?
Las instituciones y entidades que reciben el lobby deben mantener un registro público de sus agendas públicas, audiencias y reuniones.

¿Qué pasa con los viajes de las autoridades y funcionarios?
Debe registrarse los viajes realizados en el ejercicio de sus funciones por las autoridades y funcionarios señalados por la ley así como de los donativos oficiales y protocolares que reciban.

Sólo queda exceptuada la difusión de los viajes cuando  afecte el interés general de la Nación o la seguridad nacional.

¿Qué se entiende la ley por igualdad de trato?
Significa que las autoridades y funcionarios señalados deben mantener igualdad de trato respecto de las personas, organizaciones y entidades que soliciten audiencias sobre una misma materia.

¿Qué obligaciones tienen las personas y entidades que hacen lobby?
Deben entregar de manera oportuna y veraz a las autoridades y funcionarios respectivos, la información que se les pida, tanto para solicitar audiencias o reuniones, como para efectos de su publicación. Además, deben informar a quien solicitan la reunión o audiencia, el nombre de las personas a quienes representan y si reciben remuneración por las gestiones.

Cuando quien hace el lobby es una persona jurídica (empresa o entidad) debe proporcionar la información que se le solicite respecto de su estructura y conformación.

Se multará a quien no entregue la información o entregue datos falsos o inexactos.

¿Qué es el registro público de lobistas?
El registro público de lobbistas y de gestores de intereses particulares es un documento que debe tener cada uno de los órganos e instituciones que señala la ley. El registro será administrado por éstos y a él se incorporarán las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que desempeñen las actividades de lobby. A esos registros pueden ingresar quienes ejercen el lobby inscribiéndose o automáticamente en cuanto realicen una actividad de lobby ante una autoridad o funcionario.

¿Qué dice la ley sobre sanciones?
La infracción de las normas de la ley del lobby hará incurrir en responsabilidad y traerá consigo las sanciones administrativas que la ley determina. Los procedimientos son distintos, según la naturaleza del organismo. Se contemplan sanciones tanto para quienes reciben el lobby como para las personas o entidades que lo ejercen.
Las sanciones a los funcionarios quedan en su hoja de vida y deben ser publicadas en los sitios web de los organismos públicos. En el caso del Contralor General de la República, será la Cámara de Diputados la encargada de verificar el debido cumplimiento de las disposiciones de la ley.

En el caso del Congreso, las respectivas Comisiones de Ética y Transparencia Parlamentaria conocerán y resolverán acerca de la aplicación de las sanciones a los parlamentarios y funcionarios.

¿Qué pasa con la sanción al cohecho?
La ley del lobby mantiene la posibilidad adicional de sancionar penalmente los delitos de cohecho, consistentes en la obtención por un funcionario de beneficios económicos o el ofrecimiento de beneficios económicos a un funcionario por acciones u omisiones que le hagan faltar a sus deberes. Incluso la legislación elevó algunas sanciones e inhabilitaciones.

¿Cuándo rige la ley?
El Presidente de la República promulgará el reglamento de la ley del Lobby dentro del plazo de tres meses contado desde la publicación de la ley, que comenzará a regir  tres meses después de la publicación del reglamento señalado.

Para algunas autoridades se consideró una vigencia diferida de ocho o doce meses. Por ejemplo, para los jefes de servicio, los directores regionales de los servicios públicos, los intendentes y gobernadores, los secretarios regionales ministeriales y jefes de gabinete, la ley comenzará a regir ocho meses después de la publicación del reglamento. Doce meses después de publicado ese reglamento, ya estará vigente para todas las autoridades y funcionarios mencionados por la misma ley.




Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.
Fuente:BCN.CL

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