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viernes, agosto 16, 2013

PROYECTO LOBBY AL SENADO

Publicado el 14 de agosto del 2013

La iniciativa regula la publicidad en la actividad de lobby y demás gestiones que representen intereses particulares, con el objeto de fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los órganos del Estado. Además incorpora un registro de lobbysta

LOBBY: CÁMARA APRUEBA EL PROYECTO Y LO REMITE AL SENADO A TERCER TRÁMITE

s.

 Por 87 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención, la Cámara aprobó el proyecto (boletín 6189) que establece normas sobre la actividad de lobby. Durante la votación en Sala se aprobó además una indicación que incorpora un registro de lobbystas y gestores de intereses particulares, cuando se efectúen ante autoridades como los parlamentarios, alcaldes, concejales y consejeros regionales y el Contralor de la República, entre otros. 

Serán parte de este registro quienes hayan realizado gestiones de lobby y gestiones de interés particular en los últimos seis meses, y el registro será administrado por cada uno de los órganos de los que dependen estas autoridades. 

Lobby 

El texto legal define el lobby como aquella gestión o actividad remunerada, ejercida por personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tiene por objeto promover, defender o representar cualquier interés particular, para influir en las decisiones que, en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar las autoridades regidas por esta ley. 

El lobby incluye los esfuerzos específicos para influir en el proceso de toma de decisiones públicas y cambios en las políticas, planes o programas, en discusión o en desarrollo, o sobre cualquier medida implementada o materia que deba ser resuelta por el funcionario, la autoridad o el organismos público correspondiente, o bien para evitar tales decisiones, cambios y medidas.

Se definen como sujetos pasivos (con los que se puede realizar lobby) a los ministros, subsecretarios, jefes de servicios, directores regionales de los servicios públicos, intendentes y gobernadores, los secretarios regionales ministeriales y los embajadores.

También estarán sujetos a las obligaciones de esta ley indica, cualquiera sea su forma de contratación, los jefes de gabinete de estas autoridades y las personas que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones, y reciban por ello regularmente una remuneración. Anualmente, el jefe superior del servicio respectivo individualizará a las personas que se encuentren en esta calidad, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos institucionales. 

Además son sujetos pasivos de lobby los consejeros regionales, los alcaldes, los concejales, los secretarios ejecutivos de los consejos regionales, los directores de obras municipales y los secretarios municipales; el Contralor General y el Subcontralor General de la República; en el Banco Central: el Presidente, el Vicepresidente y los consejeros; en las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública: los Comandantes en Jefe, el Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, el General Director de Carabineros de Chile, el Jefe y Subjefe del Estado Mayor Conjunto y los encargados de las adquisiciones. En este último caso, anualmente y mediante resolución del jefe superior de la institución respectiva, se individualizarán los funcionarios que ocupen dicho cargo.

En el caso del Congreso, son sujetos pasivos los diputados, los senadores, el Secretario General y el Prosecretario de la Cámara de Diputados, el Secretario General y el Prosecretario Tesorero del Senado, los secretarios de las comisiones de cada Cámara y los asesores permanentes de los parlamentarios. Estos últimos serán determinados anualmente mediante acuerdo de las respectivas Comisiones de Ética y Transparencia Parlamentaria.

Otras autoridades que quedan sujetas a esta ley son el Fiscal Nacional y los fiscales regionales del Ministerio Público; los consejeros del Consejo de Defensa del Estado, del Consejo Directivo del Servicio Electoral, del Consejo para la Transparencia, del Consejo de Alta Dirección Pública, del Consejo Nacional de Televisión, del Instituto Nacional de Derechos Humanos; y el Director de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, entre otros. 

Las actividades que se regulan son las destinadas a obtener las decisiones como la elaboración, dictación, modificación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes, y las decisiones que adopten los sujetos pasivos de lobby.

También, la elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdos, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros, incluidas sus comisiones; la celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos señalados en esta ley y que sean necesarios para su funcionamiento; el diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos señalados en esta ley, a quienes correspondan estas funciones; y aquellas actividades destinadas a que no se adopten las decisiones y actos señalados precedentemente.

Además se señalan las situaciones que no están regulados por esta ley, como los planteamientos o las peticiones realizados con ocasión de una reunión o asamblea de carácter público; y toda declaración o comunicación hecha por los sujetos pasivos en el ejercicio de sus funciones.

Registros públicos 

La propuesta legal crea una serie de registros de agenda públicos para las autoridades sujetas a esta ley, y que deberán consignar las audiencias y reuniones sostenidas y que tengan por objeto el lobby o la gestión de intereses particulares. 

En dichos registros se deberá indicar, en particular, la persona, organización o entidad con quien se sostuvo la audiencia o reunión; a nombre de quien se gestionan dichos intereses particulares; la individualización de los asistentes o personas presentes en la respectiva audiencia o reunión; si se percibe una remuneración por dichas gestiones; el lugar y fecha de su realización, y la materia específica tratada.

También se consignarán los viajes realizados por alguno de los sujetos pasivos establecidos en esta ley, en el ejercicio de sus funciones; y los donativos oficiales y protocolares, y aquellos que autoriza la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación, que reciban los sujetos pasivos establecidos en esta ley, con ocasión del ejercicio de sus funciones.

Los registros se actualizarán una vez al mes, y se publicarán en el sitio web, en el apartado de Transparencia de cada organismo. Asimismo, el Ministerio Secretaría General de la Presidencia pondrá a disposición del público estos registros en un sitio electrónico, debiendo asegurar un fácil y expedito acceso a los mismos.

Semestralmente, dicho Ministerio deberá poner a disposición del público un registro que contenga una nómina sistematizada de las personas, naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que en tal período han sostenido reuniones y audiencias con las autoridades, con objeto de lobby o gestión de intereses particulares. 

También se regulan las sanciones por infracción de estas normas. Se establece que la infracción a las normas de esta ley hará incurrir en responsabilidad y traerá consigo las sanciones que ésta determine, y se regula la aplicación de cada una de ellas de acuerdo al organismo del que se trate. 

En todo caso, se dispone que la omisión inexcusable de la información que conforme a esta ley y su reglamento debe incorporarse en alguno de los registros, o la inclusión a sabiendas de información inexacta o falsa, se sancionará con multa de veinte a cincuenta unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere corresponderles.
Fuente:

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Rodrigo González Fernández
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agriculturablogger: los drones

España: Los "drones", herramienta en la agricultura almeriense

Mediante un proyecto de los profesores Fernando Carvajal y Francisco Agüero, se crea una empresa que utilizará los "drones" para facilitar a los agricultores un servicio de información sobre el estado hídrico, nivel de desarrollo y sanidad de cultivos, obtenida prácticamente en tiempo real, para poder hacer tratamientos sanitarios, riegos o fertilizaciones, dirigidas a zonas en las que se detecten dichas necesidades, en el momento preciso de aplicarlos.



Si en el mes de junio ya informábamos desde Hortoinfo de la utilización en agricultura de las Plataformas Aéreas No Tripuladas (UAV), los conocidos comúnmente como "drones", a través del gabinete de Comunicación de la Universidad de Almería (UAL) hemos podido saber que dos profesores de la mencionada universidad lideran un proyecto, con el fin de crear una empresa que preste servicios a la agricultura.

Mediante este proyecto de los profesores Fernando Carvajal y Francisco Agüero, se crea una empresa que utilizará los "drones" para facilitar a los agricultores un servicio de información sobre el estado hídrico, nivel de desarrollo y sanidad de cultivos, obtenida prácticamente en tiempo real, para poder hacer tratamientos sanitarios, riegos o fertilizaciones dirigidas a zonas en las que se detecten dichas necesidades en el momento preciso de aplicarlos

Ambos forman parte del grupo de investigación "Tecnología de la Producción Agraria en Zonas Semiáridas" y han presentado una idea de empresa sobre plataformas aéreas no tripuladas para el uso de la fotogrametría

Grupo de investigación

El grupo de investigación AGR-199 "Tecnología de la Producción Agraria en Zonas Semiáridas" de la Universidad de Almería, está aplicando la tecnología de las UAV, los drones, en Agricultura de Precisión en varios proyectos, entre los que destacan uno de Excelencia Europea, convocatoria 2008, denominado "Adquisición y análisis en tiempo cuasi-real de imágenes multiespectrales para el manejo localizado del cultivo en agricultura de precisión. Disminución del impacto ambiental y optimización económica", con un presupuesto próximo a los 262.000€.

En el desarrollo de este proyecto han detectado una demanda significativa de un servicio para el que han desarrollado una metodología basada en una combinación del uso de UAV, análisis de imágenes, fotogrametría y Sistemas de Información Geográfica: La generación de información georeferenciada sobre el estado hídrico, nivel de desarrollo y sanidad de cultivos, obtenida prácticamente en tiempo real desde UAV dotados de cámaras sensibles en el Infrarrojo cercano, es esencial para la aplicación de diversas técnicas de Agricultura de Precisión.

Servicio a los agricultores

La idea es proporcionar este servicio a productores que quieran hacer tratamientos sanitarios, riegos o fertilizaciones dirigidas a zonas en las que se detecten dichas necesidades, en el momento preciso de aplicarlos.

Fernando Carnaval cuenta que "la iniciativa que genera esta idea de empresa es que, por una parte esta línea de investigación lleva un esfuerzo importante en tiempo y en dinero y sería una lástima que por las circunstancias en que nos movemos ahora mismo se quede olvidado. El personal que está formado en esa línea tendría que emigrar y el material que tenemos desarrollado y comprado tendría que guardarse en un cajón. Queremos evitar esa situación. Aprovechar el potencial que tenemos para salir al mercado. Por otra parte hemos detectado una demanda real de lo que nosotros podemos llegar a aportar con esa tecnología y además tenemos una fuente de personas formadas y con experiencia en diferentes áreas, que pueden encajar perfectamente dentro de la empresa y utilizarla como plataforma de autoempleo"

Francisco Agüero, profesor titular del departamento de Ingeniería e investigador principal del grupo AGR-199, subraya la diversificación como característica de este proyecto de empresa, ya que sostiene que "aparte de la aplicación concreta en agricultura de precisión, se abren otra serie de ramas de la empresa, que cubren también otras necesidades, no sólo ingenieriles, sino de otros ámbitos que pueden ser también culturales. Básicamente ofrecemos lo que técnicamente se llama fotogrametría, es decir, medir a partir de fotos y eso es algo que cada vez se demanda más". Algunas líneas de negocio podrían ser, además de la agricultura de precisión, la fotogrametría, ingeniería civil, planificación del territorio, patrimonio agroindustrial, arquitectónico y cultural, etcétera.


Fuente: hortoinfo.es
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jueves, agosto 15, 2013

Petróleo toca máximo en 4 meses por temores de Egipto

Petróleo toca máximo en 4 meses por temores de Egipto


Finanzas - Jueves, 15 de Agosto de 2013 08:56

 

 pemexrefineria bloom

[El petróleo estadounidense avanzaba 83 centavos / Bloomberg / Archivo]

 

 

Reuters  

 

LONDRES.- Los precios del crudo Brent trepaban por encima de 111 dólares el barril y tocaban un máximo en 4 meses el jueves, impulsados por temores de que la escalada de violencia en Egipto pueda afectar el Canal de Suez o esparcirse por Oriente Medio, donde parte del suministro ya se encuentra interrumpido.

 

El Gobierno egipcio declaró el estado de emergencia el miércoles tras los sangrientos enfrentamientos entre policía antimotines y manifestantes seguidores del derrocado presidente Mohamed Mursi.

 

Egipto no es uno de los principales productores de petróleo, pero alberga el estratégicamente importante Canal de Suez y el oleoducto Sumed. Los inversores temen que los disturbios puedan afectar las rutas de suministro o extenderse hacia sus países vecinos exportadores de crudo.

 

El Brent para entrega en septiembre, cuyos contratos expiran el jueves, operaba con un alza de 82 centavos a 111,02 dólares a las 1100 GMT, luego de haber subido más de un dólar hasta 111,53 dólares, su máximo nivel desde el 2 de abril.

 

Por su parte, el petróleo estadounidense avanzaba 83 centavos a 107,68 dólares.

 

 

Fuente:

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LOBBY & TRANSPARENCIA

HABLANDO DE LEY DE LOBBY LA TRANSPARENCIAEN REDES SOCIALES 


#LOBBY Con una ley de Lobby transparente  se podría abordar la opacidad disminución  de las libertades y derechos de los ciudadanos que muchas veces son conculcados.

#LOBBY Con una Ley de Lobby  transparente e idónea  se mejoraría  en materia de  honestidad, transparencia y eficacia de los sujetos pasivos del lobby.

#LOBBY Una buena ley de lobby  permitiría exigir  a las autoridades la transparencia debida  y  que cumplan al cien por ciento con su responsabilidad hacia la sociedad,

Una buena ley de lobby debe reflejar los principios de la RSE 

Fuente:RG

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miércoles, agosto 14, 2013

el silencio administrativo ,una opinión

EN LA FRONTERA>

Transparencia y silencio administrativo – Por Jaime Rodríguez-Arana*

agosto 13, 2013 | Opinión

El silencio administrativo, decía en sus clases el profesor Garrido Falla, es una patología administrativa. Con toda razón porque lo normal en un régimen democrático es que las autoridades y funcionarios, que están a disposición de la ciudadanía, contesten, salvo casos extraordinarios debidamente justificados, a las preguntas y solicitudes de los ciudadanos. Es decir, la regla debe ser que se contesten las peticiones. Si es verdad que existe un derecho fundamental a una buena administración pública parece que una de sus consecuencias debiera ser, salvo excepciones justificadas, que la Administración pública responda a las peticiones de información y de datos que demandamos los ciudadanos. Claro está, ante peticiones abusivas o desproporcionadas, la Administración lo que debe hacer, en lugar de dar la callada por respuesta, es explicar por qué tal solicitud o petición es irracional o pone en peligro el servicio público, si fuera el caso. La realidad, sin embargo, es otra muy distinta. Probablemente porque la convicción, profundamente democrática, de que las instituciones, los procedimientos y los fondos públicos son de los ciudadanos, aunque bien sabida, no se practica demasiado, al menos por estos lares. Si así fuera, lo habitual ante solicitudes razonables es que se cursen y se contesten en plazo. El derecho fundamental a la buena administración pública, recogido en la Carta Europea de los Derechos Fundamentales, se concreta en que la Administración responda a los ciudadanos en plazo razonable. Y el plazo razonable es eso, plazo razonable, no la callada por respuesta.
Estos días en los que el proyecto de ley de transparencia está en el candelero a causa de la inclusión de última hora de los partidos, los sindicatos y la casa del rey, ha trascendido un interesante estudio promovido por el sitio web tuderechoasaber.es, patrocinado por la Fundación Civio y Acess Info Europa precisamente sobre la eficacia de la Administración en relación con las preguntas y peticiones de los ciudadanos.

El estudio se realizó entre el 20 de marzo de 2012 y el 31 de diciembre de ese año. Se registraron 567 preguntas válidas a las distintas administraciones públicas de las que sólo 75 recibieron una contestación satisfactoria. Los responsables del estudio concluyen que el principal hábito de las administraciones es el silencio. Las barreras que se han identificado se refieren al uso de formularios complejos en los que se exigen datos personales que son innecesarios y también, aunque parezca mentira, a la inexistencia de webs de referencia en algunos organismos públicos.

En el proyecto de ley actual el silencio administrativo negativo es la consecuencia jurídica ante la falta de respuesta de la Administración. Es verdad que el silencio administrativo abre la puerta a los recursos, y que desde hace tiempo tiene una consideración procesal para recurrir ante la propia Administración pública, pero en los tiempos que corren el silencio debe ser considerado una práctica censurable que debe ser sancionada salvo que, insisto, exista justificación razonable para no contestar en plazo. Y la justificación debe estar conveniente y concretamente argumentada en razones de interés general.

En el 70% de las consultas, según este informe, silencio. Si a este dato, que vale lo que vale, se añade que el proyecto de ley sigue considerando el silencio administrativo como respuesta negativa, el panorama resulta desalentador. Sobre todo cuando a nivel europeo se ha reconocido el derecho fundamental de la persona a una buena administración pública, derecho que se concreta en que las resoluciones administrativas europeas deben dictarse en un plazo razonable. Por tanto, si tal principio se incorporara al Derecho español, la consecuencia del silencio no sería su consideración negativa y correspondiente acceso a los recursos, sino, simple y llanamente, la demanda ante el juez contencioso administrativo de la inactividad administrativa. Si además, pensáramos en un régimen de responsabilidad personal del funcionario que no contesta en los supuestos de dilaciones indebidas, como acontece por ejemplo en el reciente Derecho italiano, entonces probablemente el silencio administrativo dejaría de tener la frecuencia que tiene en nuestro tiempo.

El silencio administrativo, como es una patología, hay que curarla. Y para ello nada mejor que permitir al ciudadano que ejerza con todas las garantías su derecho a la buena administración y que el funcionario incumplidor, responda de su actuación. ¿O no?

*CATEDRÁTICO DE DERECHO ADMINISTRATIVO
jra@udc.es

Fuente:

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CORRUPCIÓN:

En 33% subieron reportes de operaciones de sospechosas de lavado de dinero

Según la Unidad de Análisis Financiero, en el primer trimestre se recibieron 770 Reportes de Operaciones Sospechosas.

Diario Financiero Online

La Unidad de Análisis Financiero (UAF), organismo responsable de prevenir en Chile el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, recibió 770 Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) de blanqueo de fondos, enviados por el sector privado durante el primer semestre de este año. La cifra involucró un alza de 33,2% respecto de igual lapso de 2012, de acuerdo a las estadísticas divulgadas hoy por el organismo.

Tras aplicar análisis de inteligencia financiera, la UAF remitió en el mismo periodo 101 informes con indicios de operaciones de lavado de activos al Ministerio Público, institución responsable de la investigación y persecución penal del delito.

Los 770 ROS iniciales fueron presentados a la UAF por empresas y personas naturales que ejercen actividades en alguno de los 36 sectores económicos regulados por el Servicio, los que forman parte del sistema nacional antilavado e incluyen a la banca, las AFP, las compañías de seguros, las corredoras de bolsa, los casinos de juegos, los usuarios de zonas, los agentes de aduana, las corredoras de propiedades y los notarios, entre otros.

Del total de ROS enviados por el sector privado a la UAF durante el primer semestre, el 66% fueron emitidos por bancos y empresas de transferencia de dinero, con 505 reportes.

En el mismo periodo, el número de entidades que reportan al Servicio subió a 4.750, cifra 5,4% superior a la de igual periodo de 2012; las fiscalizaciones en terreno de la UAF crecieron 20,8%, al totalizar 58, distribuidas en todo el país; y los procesos sancionatorios administrativos iniciados contra empresas y personas naturales que no cumplen con la normativa antilavado ascendieron a 165, un 38,4% menos que en enero-junio 2012, lo que demuestra un mayor nivel de cumplimiento.

El Director de la UAF, Javier Cruz, destacó que el incremento en el número de ROS recibidos y la reducción en los procesos sancionatorios reflejan la maduración que está alcanzando el sistema preventivo.

"Los regulados están aplicando con mayor conciencia las barreras antilavado y están aumentando sus niveles de cumplimiento. Adicionalmente, los informes ROS que envían han avanzado en calidad, lo que fortalece los insumos que utiliza la UAF en sus procesos de inteligencia financiera para detectar activos de origen ilícito", afirmó.

Fuente:DF.CL

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ELCASO DE LOS YOUGURT Y CENCOSUD- DANONE

EL HOLDING DE PAULMANN YA PRESENTÓ LA DEMANDA Y LA FIRMA DE ORIGEN FRANCÉS LO HARÁ EN LAS PRÓXIMAS SEMANAS


Cencosud y Danone pedirán indemnización de al menos US$ 35 millones por reportaje de Canal 13

Ambas empresas acusan impactos en las ventas de los productos cuestionados por el programa de televisión.

Por Miguel Bermeo y Paula Vargas



Consecuencias directas en sus respectivos negocios están acusando dos de las firmas aludidas en un reportaje del programa Contacto de Canal 13. La gigante del retail Cencosud y la francesa agroalimentaria Danone, pedirán indemnizaciones por menores ventas y daños morales, que sumarían entre ambas -al menos- US$ 35 millones.

Según se desprende de la demanda de indemnización de perjuicios presentada por Cencosud y patrocinada por los abogados Gonzalo Eyzaguirre, Fernando Maturana y Gonzalo Caballero del estudio Eyzaguirre & Cía, la firma asegura que el programa presentó "antecedentes sesgados e incompletos y apartándose de fundamentos técnicos y prácticos de reconocida aceptación y aplicación en la determinación de la bondad y calidad de los aceites de oliva". De esta forma, agrega Cencosud, "los daños o perjuicios causados con esta conducta ilícita de Canal 13 son cuantiosos y quizás irreparables".


Efecto en Cencosud

Entre los argumentos esgrimidos en su presentación, el holding controlado por el empresario Horst Paulmann, se señala que no se habrían realizado estudios técnicos que avalen la teoría del reportaje de Canal 13. 

Por el contrario, alega, lo único que existiría correspondería, a una muestra tomada hace varios meses, además de no haberse considerado en el reportaje las diferentes certificaciones con las que contarían los productos aludidos.

Asimismo, Cencosud detalla en su presentación que los daños que ha tenido "no sólo están en desarrollo y progreso, sino que también son difíciles de cuantificar en cuanto a su verdadera y definitiva extensión, lo cual incide entonces en un daño inmaterial o moral".

En cuanto al cálculo de los daños y perjuicios, si bien se reserva en la misma demanda la determinación de su especie y monto para la etapa del cumplimiento del fallo, hace una estimación preliminar en base a las ganancias que debería haber percibido Cencosud, desde la fecha de exhibición del programa hasta fin de año. Así establece que por concepto de menores ventas del aceite de oliva, se llegaría a unos $ 86,7 millones (US$ 170.000), mientras que por otros productos marca Jumbo, serían unos US$ 14,9 millones.

Respecto de la recuperación de la confianza en la marca, citando un estudio que habría realizado OmnicomMediGroup, Cencosud dice que alcanzaría a unos $ 1.757 millones, que involucra el costo que tendría una campaña publicitaria para recuperar la imagen de marca.

En cuanto al daño inmaterial o moral, esto se calculará en forma definitiva con posterioridad, dice Cencosud en su escrito, también durante la etapa de cumplimiento del fallo.

El impacto en Danone

Aunque la multinacional de origen francés Danone aún no presenta una demanda formal contra Canal 13, ya dio los primeros pasos para formular la acción judicial. Así, la firma presentó a comienzos de mes ante la justicia civil una medida prejudicial preparatoria que busca recabar todos los antecedentes que respalden la demanda indemnizatoria que presentará con posterioridad y que Danone calcula en forma preliminar y "conservadora" en al menos unos US$ 20 millones, señala en su escrito.

Y es que los efectos que la firma ha visto no son menores. En la presentación, ésta acusa que sus ventas, que hasta la fecha venían mostrando una persistente tendencia al alza desde su ingreso al mercado local, tras la emisión del reportaje presentaron una caída "dramática, sin precedentes, del orden del 40% aproximadamente".

A esto, agrega, "las falaces imputaciones a los productos Danone afectan no sólo sus ventas sino que a toda su cadena de valor, entre otros, sus stocks de productos, sus compromisos de compra de leche para elaborar éstos, la mano de obra contratada para genera un tonelada que ya no resulta posible vender, entre otros". A eso se suma el daño a la marca, añade.

Asimismo, la compañía láctea asegura que en el canal se emitieron afirmaciones falsas no sólo en Contacto sino que en otros programas. "Si bien las falsas imputaciones proferidas por Canal 13 en contra de los productos de Danone son por sí solas reprochables, éstas lo son aún más dado el encono y derecha animadversión con que nuestra representada y sus productos han sido tratados", señala el escrito.

Entre los documentos que Danone solicita en el marco de su medida prejudicial preparatoria se encuentran, además de los antecedentes que Canal 13 tendría para avalar sus imputaciones, la copia del reportaje emitido, el informe de rating con detalles de fechas y horarios de los programas, propagandas y emisiones efectuadas por la estación televisiva del mencionado reportaje, además de un informe del número de visitas, descargas y/o reproducciones del reportaje desde su señal on line, entre otros antecedentes.

La medida prejudicial preparatoria presentada por Danone fue patrocinada por los abogados Ricardo Peña, Esteban Ovalle, Eduardo Ugarte, Juan Pablo Letelier, Gianfranco Gazzana y José Tomás Bulnes.

 

La defensa de Canal 13

Frente a los reclamos de parte de las empresas aludidas en el reportaje emitido por Canal 13, el presidente ejecutivo de la estación, Nicolás Eyzaguirre salió al paso de ellas. Así, en el caso de la solicitud de derecho a aclaración de Cencosud, Eyzaguirre respondió, en una carta enviada al gerente general de la compañía, Daniel Rodríguez, que el objetivo del reportaje era investigar una serie de acusaciones preexistentes a los productos señalados, sustentados en informes y denuncias previas, lo que además fue revisado por un equipo periodístico y bajo la supervisión de entidades como el Dictuc y otros laboratorios dependientes de la Universidad de Chile y la Universidad de Valparaíso. Además, defendió el derecho de Canal 13 como medio de comunicación para investigar, buscar y recibir informaciones y difundirlas, y reiteró -en la carta- que el reportaje se ajusta a la ética periodística e informativa y agregó que no fue la intención causar molestias a dicha compañía. Finalmente accedió a emitir la aclaración de acuerdo a los términos de la televisión de libre recepción.

Fuente:DIARIOFINANCIERO df:cl 

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CORRUPCION: PROGRAMA CONTACTO Y LOS FALSOS DAMNIFICADOS DEL 27F CARENTES DE # ETICAPOLITICA

Denuncian entrega irregular de subsidios a "falsos damnificados" del 27-F que involucra a alcaldes

De acuerdo a un reportaje del programa "Contacto", los ediles de las comunas de Cauquenes y Empredrado figurarían como "falsos damnificados".

SANTIAGO.- Familiares de varios alcaldes de comunas del sur del país habrían recibido de manera irregular subsidios destinados a familias afectadas por el terremoto y maremoto de febrero de 2010, según antecedentes revelados en un reportaje del programa periodístico "Contacto".

Según la nota, los ediles de Cauquenes y Empedrado, en la Región del Maule, habrían favorecido a parientes con las ayudas destinadas a quienes quedaron damnificados debido a la catástrofe.

Así, el alcalde de Cauquenes, Juan Carlos Muñoz, habría obtenido irregularmente certificados que acreditaban a cercanos como afectados por el sismo, con el fin de obtener beneficios relacionados con la reconstrucción.

Según la investigación, su hijo menor, Jorge Muñoz Saavedra, obtuvo ficha de damnificado al argumentar que era el propietario de las viviendas de sus padres.

De acuerdo al reportaje, el jefe comunal de Empedrado, Gonzalo Tejos, habría favorecido de la misma manera a su esposa y a una sobrina.

Una hermana del edil, en tanto, mostraría una Ficha de Protección Social con puntaje equivalente al de una familia de extrema pobreza, pese a que posee propiedades y un centro de eventos.

Al respecto, Tejos afirmó en el programa que el municipio "no puede negar las puertas a alguien para hacer un trámite".

En Quirihue (Región del Biobío), en tanto, el alcalde Richard Irribarra habría construido una casa mediante el subsidio a los damnificados, pese a que vive en otra residencia.

























































Fuente:emol

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