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viernes, diciembre 10, 2010

participacion ciudadana: Aprueban cambios a Ley del Congreso Nacional para facilitar acceso del público a las comisiones

AVANCES EN PARTICIPACION CIUDADANA

Aprueban cambios a Ley del Congreso Nacional para facilitar acceso del público a las comisiones

Publicado el 10 de diciembre del 2010

Comisión de Constitución despachó moción de diputados que fortalece el trabajo parlamentario dando más transparencia a la actividad legislativa.

    La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a la Sala un proyecto de ley de origen parlamentario que modifica la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional con el propósito de dar más transparencia al trabajo legislativo permitiendo el acceso del público a las comisiones especializadas.

    La última reforma de amplio alcance a la LOC del Congreso entró en vigencia en julio pasado y en su artículo 5-A establece que "las sesiones de comisión se realizarán sin la asistencia de público, salvo acuerdo en contrario adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros", precisando en otro inciso que los materiales de registro de dichas comisiones, como grabaciones y apuntes, tampoco serán públicos.

    Ante tal situación, diez diputados de diversas bancadas presentaron un proyecto que reforma dicha normativa con el propósito de permitir un mejor trabajo parlamentario, facilitando el acceso del público a las sesiones de comisión y a los materiales de registro de la secretaría de éstas y de los comités, como también regular la asistencia de los asesores parlamentarios.

    La propuesta fue objeto de amplio debate parlamentario en la Comisión de Constitución, donde se le introdujeron indicaciones que reforzaron la orientación hacia mayores niveles de transparencia en el trabajo parlamentario.

    De esta forma, los integrantes de la Comisión de Constitución presentaron una indicación que fue aprobada y donde se dispone que las comisiones deberán publicar en los sitios electrónicos de las respectivas cámaras los acuerdos adoptados, los informes que emitan, los antecedentes considerados en sus sesiones, la asistencia de los parlamentarios e invitados, las votaciones y el registro de audio del debate desarrollado en ellas.

    De igual forma, se resolvió que las comisiones podrán autorizar el ingreso de público a las sesiones por acuerdo adoptado por la mayoría de los diputados y senadores presentes.

    La indicación establece que la sesión de Sala y de Comisiones podrán ser declaradas secretas cuando se afecten derechos de las personas o la seguridad nacional, para lo cual se requerirá el acuerdo de los dos tercios de los parlamentarios en ejercicio.

    La iniciativa legal deberá ahora ser votada en particular por la Sala con las modificaciones introducidas por la Comisión de Constitución.
    WWW.PARCIUDADANA.BLOGSPOT.COM



     

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    Rodrigo González Fernández
    Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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    Diputado Santana valora normalización de servicios básicos en casco norte de Chaitén

    Diputado Santana valora normalización de servicios básicos en casco norte de Chaitén

    Publicado el 10 de diciembre del 2010

    El diputado Alejandro Santana, quien acompañó al Intendente en el anuncio, destacó la responsabilidad con que el Presidente Piñera tomó la decisión de mantener a Chaitén como capital provincial de Palena y terminar con el proyecto Santa Bárbara.

      Tras conocerse estudios sobre suelo y ceniza, el Gobierno normalizará los servicios públicos básicos en el casco norte de Chaitén, según informó en Puerto Montt el intendente Juan Sebastián Montes, quien estuvo acompañado por el senador Carlos Kuschel (RN) y el diputado por Chiloé y Palena, Alejandro Santana (RN), entre otros personeros.

      "Según se informó, el Presidente Piñera prefirió mantener a Chaitén como la capital provincial de Palena y terminar con el proyecto Santa Bárbara, que trató de impulsar la Concertación", destacó el diputado Santana.

      El parlamentario, quien había solicitado al Mandatario nuevos estudios sobre Chaitén cuando asumió el Gobierno, indicó que tras conocerse dichos estudios se concluyó que la zona es habitable y transitable, lo que permitirá restablecer los servicios básicos en el casco norte de la ciudad.

      "Tanto el análisis de los metales pesados, de ceniza y material particulado respirable y de riesgo de aluvión concluyen que la zona es habitable y transitable, pero que se encuentra sujeta a riesgos permanentes, en especial para la propiedad y las construcciones, que hacen que la habitabilidad quede restringida a la parte norte de la ciudad. Pero ese riesgo no es absoluto, por lo que se restablecerán los servicios básicos de luz y agua y su operación quedará sujeta a nuevas evaluaciones de riesgo", explicó.

      El parlamentario dijo que el Gobierno además reiteró su compromiso de continuar con el mejoramiento y mantenimiento de la carretera austral; seguir con los proyectos en estudio y ejecución, como la relocalización definitiva del puerto en Fandango; la restitución del aeropuerto y la apertura y mantención de la red vial.

      Destacó que el Ejecutivo haya realizado estos estudios exhaustivos con todos los antecedentes, valorando los aportes hechos de todos los sectores, lo que también permitió decidir que no se continuará a corto plazo con la construcción de una nueva ciudad en Santa Bárbara.

      Enfatizó que "a contar de hoy la gente que vive en Chaitén, que puede reubicarse en el casco norte, va a tener el apoyo del Gobierno y va a ser un escenario sustentable en el tiempo. Creo que hay que reconocer el compromiso y responsabilidad del Ejecutivo de realizar estos estudios para conocer los riesgos y evitar que ocurra lo que pasó en Arica".

      Dijo que también hay que hacer un reconocimiento a la gente que ha permanecido de manera valiente en la zona durante todo este tiempo y estimó que detrás de esta desgracia hay una tremenda oportunidad de hacer un Chaitén emprendedor, cuya principal actividad económica será el turismo.

      Indicó que el crecimiento del casco norte de Chaitén dependerá de la demanda e interés por retornar a la zona, lo que es muy difícil de medir hoy día, pero que considera facilitar todas las condiciones para que la gente viva de manera saludable. "A medida que la población crezca, Chaitén va a tener los recursos y servicios de acuerdo al número de personas que van habitar la ciudad", planteó.

      Sostuvo que "hoy hemos sido testigos de un hecho histórico que demuestra cómo hay que hacer las cosas, de manera responsable y prudente, con toda la información para que la gente pueda tomar la decisión de establecerse o no en Chaitén".

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      RN admite contactos con la DC en medio de debate por ampliación de la Concertación

      RN admite contactos con la DC en medio de debate por ampliación de la Concertación

      El vicepresidente del partido, Manuel José Ossandón, dijo que muchos miembros de la colectividad liderada por Ignacio Walker se sienten en "corral ajeno" en el bloque opositor.

      Emol
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      Viernes 10 de Diciembre de 2010 11:37
      ''Conversar con gente de otros partidos no tiene nada de malo, además no le he ofrecido nada a nadie'', indicó el vicepresidente de Renovación Nacional, Manuel José Ossandón, sobre sus contactos con la DC.
      Foto: Luis Quinteros, El Mercurio

      SANTIAGO.- "Es cosa de abrir los ojos y ver que la mayoría de los votantes de la DC tienen un espíritu completamente distinto a la izquierdización de la Concertación".

      Con estas palabras, el vicepresidente de Renovación Nacional, Manuel José Ossandón, explicó esta mañana las razones que han llevado a su partido a mantener conversaciones con algunos representantes de la Democracia Cristiana.

      Esto, en medio de la polémica que se ha generado en el conglomerado opositor por la eventual ampliación del bloque.


      "El hecho de conversar con gente de otros partidos no tiene nada de malo, además en las conversaciones que he tenido no le he ofrecido nada a nadie", indicó el alcalde de Puente Alto en radio Cooperativa.

      Según el edil, "los fundadores de la Falange deben saltar en la tumba cuando ven acuerdos electorales con el PC, con quienes no tengo nada en contra, pero uno cuando hace acuerdos lo hace por lo que uno sueña por el país y ahí hay claramente caminos distintos".

      Ossandón también afirmó que ya no se justifica la presencia de la DC en la Concertación. "Creemos que la DC es un partido importante para Chile y no se puede desarmar por un tema de oportunismo, cuando se metió a la Concertación era porque tenían un fin claro, estaba Pinochet, pero eso pasó de moda y perdieron el Gobierno, entonces ni siquiera el poder los une", declaró.

      Por último, el personero de RN recalcó que "somos respetuosos de que la DC es parte de la Concertación, pero hay que ser objetivos y ver que es lo que piensa la mayoría de los democratacristianos y se sienten en corral ajeno".


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      Presidente Juica: “Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este”

      Presidente Juica: "Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este"

      El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan, sostuvo

       

      PRESIDENTE JUICA: "ES IMPROPIO QUE UN ESTADO TENGA UN SISTEMA CARCELARIO COMO ESTE"

      El presidente de la Corte Suprema, ministro Milton Juica Arancibia, se reunió esta mañana con la fiscal judicial de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, para conocer los últimos antecedentes referidos al incendio ocurrido la madrugada del miércoles 8 de diciembre, en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel, y que costó la vida de 81 internos.

       

      Tras la reunión, el titular del máximo tribunal compartió la preocupación manifestada por la fiscal Mónica Maldonado, en orden a que se hace impostergable implementar soluciones definitivas al hacinamiento y entregar las condiciones que permitan la reinserción de quienes cometen delitos.

       

      "Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este. Es una cosa pública y notoria que los sistemas carcelarios en Chile están colapsados y, por lo tanto, hay que hacer todos los esfuerzos posibles a nivel político y a nivel de gobierno para mejorar ese estándar. El estándar de Chile es un estándar deficitario y eso nadie lo puede poner en duda", sostuvo el presidente Juica.

       

      El alto magistrado agregó que "nadie puede ignorar todo el esfuerzo que ha hecho la Fiscal de la Corte Suprema, quien desde hace mucho tiempo que se constituye y ha reclamado de la situación carcelaria, eso es de conocimiento público. Desde el punto de vista del Poder Judicial hemos hecho lo que debíamos hacer y puesto en conocimiento de quien corresponde la situación carcelaria (…) Siempre hemos dicho que los recursos no son suficientes, que hay sobrepoblación, que los reclusos están hacinados y que todos los problemas que se pueden producir se deben a las deficiencias penitenciarias".

       

      Al ser consultado, por la posibilidad de que un hecho como el ocurrido la cárcel de San Miguel vuelva a presentarse en otro penal, indicó: "si estamos en una situación en que hay una sobrepoblación aproximada de entre  70% a 90% y en algunas partes del 100% de la población, indudablemente no hay  control. Además, hay un déficit de funcionarios penitenciarios evidente. Esos factores no son los adecuados para neutralizar cualquier tipo de conflicto como el que lamentablemente ocurrió. Es impensable que un recinto penitenciario quede a cargo de 5 gendarmes cuando hay cerca de 2 mil personas, (porque) en una situación de conflicto no sé qué pueden hacer".

       

      Por último, advirtió sobre el creciente número de personas privadas de libertad, que empinan a Chile como uno de los países con mayores índices por cada 100 mil habitantes de toda América. "No puede ser que este país con una gran grado de desarrollo económico presente ese tipo de antinomia que nos ponen en el concierto internacional como un país que tiene más presos que otros de menor desarrollo económico (…) Hay otras medidas alternativas que no funcionan. No funcionan adecuadamente los mecanismos de solución alternativa de conflictos, las libertades condicionales, porque también hay que decirlo, hay un mensaje muy fuerte de que no es bueno que las personas salgan en libertad. El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan", concluyó

       


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      CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

       CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

      En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

       

      Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

       

      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

      El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

       

      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       
       CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

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      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

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      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       

       CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

      En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

       

      Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

       

      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

      El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

       

      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       

       

      Fuente:poderjudicial.cl
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      Rodrigo González Fernández
      Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
      Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

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      Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

      Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

      Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

      El presidente de Chile, Sebastián Piñera, pidió el día 9 a la oposición apoyar su proyecto de reforma al sistema penitenciario, tras el incendio que dejó 81 reos muertos y 14 heridos.

      Al recibir el Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos, el mandatario dijo que espera que "aprendamos la lección de este trágico y doloroso accidente de la cárcel de San Miguel, y que aceleremos el ritmo para una profunda reforma a nuestro sistema penitenciario".

      Añadió que es paradójico el esfuerzo hecho para salvar las vidas de 33 mineros, "frente a lo poco que hacemos como sociedad y a lo poco que hemos avanzado como país para garantizar condiciones más dignas y seguras a miles y miles de compatriotas que están privados de libertad".

      Indicó que son unas 109.000 las personas condenadas a privación de libertad, pero sólo unas 53.000 están cumpliendo penas al interior de recintos penales.

      No obstante, precisó, esa cifra implica un 66 por ciento de hacinamiento, con 21.000 presos en la cifra de sobrepoblación en las cárceles.

      Mencionó algunas de las medidas de su proyecto de reforma, entre ellas la de construir cárceles modulares con una inversión de 460 millones de dólares, lo que permitiría ampliar a 10.000 nuevas plazas, a fin de reducir a la mitad la sobrepoblación penal.

      Piñera matizó las críticas emitidas por el oficialismo en el sentido de que la situación carcelaria es un problema heredado de los gobiernos de la opositora Concertación por la Democracia, que estuvo en el poder desde 1990 y hasta marzo de este año.

      Afirmó que "es poco lo que hemos hecho como sociedad en este tema y es poco lo que hemos avanzado", dijo al aclarar que este problema se arrastra por décadas, pero que no es su intención mirar hacia atrás sino mirar hacia adelante.

      Estas palabras fueron agradecidas por el ex presidente Ricardo Lagos (2000-2006), quien tras el acto habló con el gobernante y dijo que le hizo sentir su molestia con la insistencia de algunos ministros de que la situación carcelaria es "heredada".

      Lagos dijo que habló con Piñera "porque sus ministros pensaban que el gobierno comenzó en Chile cuando ellos asumieron", añadiendo que el presidente le dijo que "debió haberse hecho un reconocimiento porque sé todo lo que se hizo antes".

      El mandatario aseguró que "nuestro interés no está tanto en mirar hacia atrás para buscar responsabilidades, sino que juntos mirar hacia delante para ver cómo hacemos en forma eficaz, oportuna y exitosa esta gran reforma".

      Los 81 reos fallecidos en el incendio en la cárcel de San Miguel comenzaron a ser sepultados, mientras aún hay 50 cuerpos que no han podido ser identificados y los 14 heridos están en grave estado y reciben atención médica en hospitales públicos.

      Según la versión oficial, el incendio se produjo tras una riña entre los reclusos que usaron un balón de gas y quemaron sus colchonetas, lo que generó un fuego incontrolable y terminó en la mayor tragedia carcelaria del país.

      Piñera encabezó la ceremonia esta mañana en el Centro Cultural del Palacio La Moneda para la presentación del Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos: "Situación de los Derechos Humanos en Chile 2010".

      El reporte informa que varios recintos penitenciarios del país tienen el doble de presos de acuerdo a su capacidad, e incluye un análisis sobre la calidad de vida de los reos: hacinamiento y maltrato.

      También abarca otras temáticas, como el trabajo infantil, los pueblos originarios y el femicidio (asesinato de mujeres por sus parejas).(Xinhua)

       


      Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

      Piñera pide unidad para reforma penitenciaria en Chile

      El presidente de Chile, Sebastián Piñera, pidió el día 9 a la oposición apoyar su proyecto de reforma al sistema penitenciario, tras el incendio que dejó 81 reos muertos y 14 heridos.

      Al recibir el Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos, el mandatario dijo que espera que "aprendamos la lección de este trágico y doloroso accidente de la cárcel de San Miguel, y que aceleremos el ritmo para una profunda reforma a nuestro sistema penitenciario".

      Añadió que es paradójico el esfuerzo hecho para salvar las vidas de 33 mineros, "frente a lo poco que hacemos como sociedad y a lo poco que hemos avanzado como país para garantizar condiciones más dignas y seguras a miles y miles de compatriotas que están privados de libertad".

      Indicó que son unas 109.000 las personas condenadas a privación de libertad, pero sólo unas 53.000 están cumpliendo penas al interior de recintos penales.

      No obstante, precisó, esa cifra implica un 66 por ciento de hacinamiento, con 21.000 presos en la cifra de sobrepoblación en las cárceles.

      Mencionó algunas de las medidas de su proyecto de reforma, entre ellas la de construir cárceles modulares con una inversión de 460 millones de dólares, lo que permitiría ampliar a 10.000 nuevas plazas, a fin de reducir a la mitad la sobrepoblación penal.

      Piñera matizó las críticas emitidas por el oficialismo en el sentido de que la situación carcelaria es un problema heredado de los gobiernos de la opositora Concertación por la Democracia, que estuvo en el poder desde 1990 y hasta marzo de este año.

      Afirmó que "es poco lo que hemos hecho como sociedad en este tema y es poco lo que hemos avanzado", dijo al aclarar que este problema se arrastra por décadas, pero que no es su intención mirar hacia atrás sino mirar hacia adelante.

      Estas palabras fueron agradecidas por el ex presidente Ricardo Lagos (2000-2006), quien tras el acto habló con el gobernante y dijo que le hizo sentir su molestia con la insistencia de algunos ministros de que la situación carcelaria es "heredada".

      Lagos dijo que habló con Piñera "porque sus ministros pensaban que el gobierno comenzó en Chile cuando ellos asumieron", añadiendo que el presidente le dijo que "debió haberse hecho un reconocimiento porque sé todo lo que se hizo antes".

      El mandatario aseguró que "nuestro interés no está tanto en mirar hacia atrás para buscar responsabilidades, sino que juntos mirar hacia delante para ver cómo hacemos en forma eficaz, oportuna y exitosa esta gran reforma".

      Los 81 reos fallecidos en el incendio en la cárcel de San Miguel comenzaron a ser sepultados, mientras aún hay 50 cuerpos que no han podido ser identificados y los 14 heridos están en grave estado y reciben atención médica en hospitales públicos.

      Según la versión oficial, el incendio se produjo tras una riña entre los reclusos que usaron un balón de gas y quemaron sus colchonetas, lo que generó un fuego incontrolable y terminó en la mayor tragedia carcelaria del país.

      Piñera encabezó la ceremonia esta mañana en el Centro Cultural del Palacio La Moneda para la presentación del Informe Anual del Instituto Nacional de Derechos Humanos: "Situación de los Derechos Humanos en Chile 2010".

      El reporte informa que varios recintos penitenciarios del país tienen el doble de presos de acuerdo a su capacidad, e incluye un análisis sobre la calidad de vida de los reos: hacinamiento y maltrato.

      También abarca otras temáticas, como el trabajo infantil, los pueblos originarios y el femicidio (asesinato de mujeres por sus parejas).(Xinhua)

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      AGRICULTURA BLOGGER Nuevos emprendimientos para Los Lagos y Paillaco

      Nuevos negocios para Los Lagos y Paillaco

      categorias: Sociedad - Local

      10-12-2010

      Emprendimientos son financiados por el gobierno a través del FOSIS.

      or Franco Fercovic.

       

      Escrito por Marcos Labra

       


      95 emprendedores y emprendedoras de Paillaco y Los Lagos recibieron los certificados, entregados por el Fondo de Solidaridad e Inversión Social, FOSIS, que acreditan su participación en el Programa de Apoyo al Microemprendimiento, donde se capacitaron en la formulación de negocios exitosos y recibieron recursos para el inicio de distintos emprendimientos, entre ellos, trabajos de bordado ruso, fabricación de distintos tipos de artesanías, instalación de peluquerías e invernaderos, venta de leña y crianza de aves.

      "Este programa tiene por objetivo principal sacar a las personas de su situación de pobreza y entregarle herramientas para que puedan generar ingresos propios y apunta al gran desafío que tiene el Gobierno de Chile, que es superar la pobreza al año 2018 y superar la indigencia hacia el año 2014", sostuvo el Director Regional del FOSIS, Sergio Salazar Vargas.

      La autoridad agregó que "es muy importante reconocer que el FOSIS ha hecho una importante inversión social, y para el año 2011 su presupuesto ha aumentado en más de 50 mil millones de pesos y desde la perspectiva del gasto social, dos de cada tres pesos del presupuesto de la nación van a ir destinados a fomentar los programas de corte social".

      El Programa de Apoyo al Microemprendimiento del FOSIS ayuda a iniciar emprendimientos o desarrollar trabajos por cuenta propia. EL programa contempla cursos y talleres grupales donde se entrega capacitación para desarrollar habilidades emprendedoras y aprender a administrar una microempresa.


      Fuente:http://www.elnaveghable.cl/admin/render/noticia/22904
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      INDIGENA CHILE: Seminario: Desafíos de los derechos de los pueblos indigenas. 10 de Diciembre

      Seminario: Desafíos de los derechos de los pueblos indigenas. 10 de Diciembre

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      janaya-conf4El Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas (CEPPDI) invita al Seminario y Conferencia: "Consulta Previa y desafíos de los derechos de los pueblos indigenas"

      La jornada se realizará en la Sala Helvio Soto, de la Escuela Latinoamericana de Estudios de Postgrado, U. ARCIS, Huérfanos 1721, Santiago, Chile. 10 de diciembre a las 18:00 hrs.

      En la jornada se  abordará el candente tema de la consulta previa y se presentará en Chile el libro colectivo "El Desafio de la Declaración. Historia y Futuro de los derechos de los pueblos indigenas", publicado por IWGIA

      Contaremos con la participación  - via videoconferencia-  de James Anaya, Relator Especial de Naciones Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la presencia en Chile del destacado investigador Luis Rodriguez-Piñero, uno de los principales expertos en Convenio 169 y normas de consulta.


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      FELIPE CUBILLOS Y LA OPORTUNIDAD PARA UN MEJOR ESTADO

      Participación ciudadana
       
      ES IMPORTANTE LA PARTICIPACION CIUDADANA EN TODAS LAS POLITICAS PÚBLICAS
      Posteado en EMOL," Un Estado ineficiente es un Estado inmoral ". Col de Felipe Cubillos
       
      Tiene razón Felipe Cubillos y es la oportunidad para cambiar la administración del Estado, cambiar los criterios de administración y de los funcionarios.
      Ha pasado la época para que los Gobiernos continúen desarrollando su actividad en la forma tradicional, que impone la lentitud y complejidad en los hechos, actos y negocios jurídicos administrativos que en ocasiones producen tentaciones para el mal uso de los recursos del Estado, generando altos índices de corrupción, ya no es el Estado omnímodo; probablemente no se destierren las inconductas, pero soy un convencido  de que posibilitará un cambio   favorable en las mismas.-
      Es el momento para que el Gobierno  actual deje una impronta en materia carcelaria y destierre para siempre la entropía estatal de la concertación  pasada y oponga una an-entropia en materia de políticas públicas carcelarias con alta participación ciudadana.
      Con la participación ciudadana se genera el control social y se establece responsabilidades contra el actor o actores por el perjuicio ocasionado a la administración gubernamental, luego, también es un medio para velar y fortalecer la continuidad, la sostenibilidad, la confianza, la confiabilidad, la ética tanto de los servidores públicos como de los usuarios finales, desde la perspectiva interna. En cuanto al relacionamiento internacional, se facilita el intercambio de información produciendo la dinámica comunicacional necesaria para los negocios y actos administrativos estables.
       
      para ver la col.de Felipe Cubillos en EMOL y comentarios, pincha aquí:
       
       
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      reajustes si pero con medidas de modernización y capacitación

      REAJUSTE+INNOVACIÓN Y CAPACITACION EN EL ESTADO
      Independientemente del reajuste que el gobierno otorgue al sector público necesariamente deben ir medidas tendientes a modernizar el aparto estatal en función de la eficiencia y buen servicio a los administrados.

      Pero el gobierno debe exigir y brindar  capacitación a sus funcionarios y no olvidar que actualmente estamos en constante cambio donde la era de la globalización y el avance tecnológico se hace más evidente y la organización gubernamental no puede estar al margen más aún si éste desea  transparentar sus actos administrativos y mantener informada a la ciudadanía de ellos convirtiéndolos en agentes de control social.

      También el gobierno debe perfeccionar todo lo relativo al "gobierno electrónico" que permite la participación ciudadana en la actividad estatal y que va a permitir o facilitar la relación ciudadano-estado, fortaleciendo el sentido de "responsabilidad de ambos en la administración, control y supervisión

      Pero al mismo tiempo es necesario aclarar ante los ciudadanos el hecho de que estos paros de funcionarios públicos son ilegales. Lo grave es que los gobiernos en Chile nunca aplican la ley a los funcionarios públicos por paros ilegales.


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      COMO PRETENDE EL EX PREIDENTE LAGOS ENGAÑAR A LOS CHILENOS

      EL INESCRUPULOSO LAGOS ESCOBAR VUELVE A LA POLITICA
       
      El pueblo de Chile no se explica como el ex Presidente Lagos tiene cara para presentarse ante el país con la seguidilla de actos de corrupción de su gobierno y que nunca ha hecho un mea culpa; más aún , se ha reído del país cuando señaló aquello del "Jarrón" al desparecerse 100 millones de CORFO siendo vicepresidente de la estatal su propio yerno.

      Para refrescarle la memoria  Viviana Matus Rodriguez, ha hecho una breve reseña de los hechos de corrupción de Lagos Escobar.

      En materia de cárceles se partió con concesiones y se terminó con corrupción en su propio gobierno.


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