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miércoles, julio 11, 2007

HERNÁN SOMERVILLE: "OJALÁ LA SVS HUBIERA TENIDO ESTE GIRO UN TIEMPO ANTES"

HERNÁN SOMERVILLE: "OJALÁ LA SVS HUBIERA TENIDO ESTE GIRO UN TIEMPO ANTES"
HERNÁN SOMERVILLE:

El presidente de la Asociación Chilena de Bancos, Hernán Somerville, se refirió al accionar que la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) tuvo al aplicarle una millonaria sanción al empresario Sebastián Piñera, y aunque no nombró específicamente a la carta presidencial de Renovación Nacional, manifestó que el organismo regulador hubiera actuado antes con esos parámetros.

 

"No lo digo en función de este fallo, sino que lo vengo diciendo desde hace muchos años, y me hubiera gustado que este nuevo giro que tuvo la Superintendencia ojalá hubiera sido un tiempo antes y en otros casos", manifestó el ex líder de la Cámara de la Producción y el Comercio.

 

El abogado recalcó la importancia de que los organismos del Estado actúen con independencia, y señaló que la SVS está en su derecho de decidir cuándo comienza a aplicar multas por situaciones que antes no fueron consideradas como una infracción.

 

"Quién soy yo para decir cuándo se comienza. En algún momento alguien tendrá que decir 'se comenzó acá'", sostuvo.

 

Sebastián Piñera fue sancionado por la Superintendencia de Valores y Servicios con cerca de 363 millones de pesos por utilizar información privilegiada en la compra de acciones de LAN, lo que el empresario aceptó sin apelar a los Tribunales, aun cuando manifestó su sospecha de que detrás de la multa estuvo el comité político de La Moneda.

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ORGANIZACION POLITICA MUNDIAL


ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU)


FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI)


COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL)


GRUPO BANCO MUNDIAL (BM)


ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO (OMC)

ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA)

ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE)


ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDASPARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL (ONUDI)


BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)


ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)


ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN (FAO)


UNIÓN EUROPEA (UE)

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)

PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE (PNUME)

ORGANIZACIÓN LATINOAMERICANA Y DEL CARIBE DE ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES (OLACEFS)

FONDO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA INFANCIA (UNICEF)

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO)

FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS (FIA)

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI)

UNIÓN INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (UIT)

ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD AFRICANA (OUA)

ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI)

ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL (OMI)
 


Control Político en el Capitalismo Global
por Carlos A. Manfroni

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Derechos Humanos

Derechos Humanos

Todos los hombres y mujeres poseen derechos derivados de la ley natural, derechos que tienen sólo por ser personas y que no deben ser violados por ningún gobierno, ley o disposición. Tales derechos son los derechos humanos.

DOCUMENTOS Y CONVENCIONES
Declaración Universal de los Derechos Humanos
INSTITUCIONES POR LOS DERECHOS HUMANOS

 

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Terrorismo

Terrorismo

"El terrorismo" es la violencia premeditada, perpetrada por motivaciones políticas contra objetivos no combatientes, por parte de grupos sub-nacionales o agentes clandestinos, usualmente con la intención de influir sobre el público." (Definición del Departamento de Estado de los Estados Unidos).

Varios países sufren las acciones directas del terrorismo, pero todo el mundo está expuesto a ese problema.

Convenio Internacional para la represión de la financiación del terrorismo

Instituciones contra el terrorismo
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Preámbulo

 
 
 

CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA EL TRAFICO ILICICITO DE ESTUPEFACIENTES...

Preámbulo

Las Partes en la presente Convención,

Profundamente preocupadas por la magnitud y la tendencia creciente de la producción, la demanda y el tráfico ilícitos de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, que representan una grave amenaza para la salud y el bienestar de los seres humanos y menoscaban las bases económicas, culturales y políticas de la sociedad,

Profundamente preocupadas asimismo por la sostenida y creciente penetración del tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas en los diversos grupos sociales y, particularmente, por la utilización de niños en muchas partes del mundo como mercado de consumo y como instrumentos para la producción, la distribución y el comercio ilícitos de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, lo que entraña un peligro de gravedad incalculable,

Reconociendo los vínculos que existen entre el tráfico ilícito y otras actividades delictivas organizadas relacionadas con él, que socavan las economías lícitas y amenazan la estabilidad, la seguridad y la soberanía de los Estados,

Reconociendo también que el tráfico ilícito es una actividad delictiva internacional cuya supresión exige urgente atención y la más alta prioridad,

Conscientes de que el tráfico ilícito genera considerables rendimientos financieros y grandes fortunas que permiten a las organizaciones delictivas transnacionales invadir, contaminar y corromper las estructuras de la administración pública, las actividades comerciales y financieras lícitas y la sociedad a todos sus niveles.

Decididas a privar a las personas dedicadas al tráfico ilícito del producto de sus actividades delictivas y eliminar así su principal incentivo para tal actividad,

Deseosas de eliminar las causas profundas del problema del uso indebido de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, comprendida la demanda ilícita de dichas drogas y sustancias y las enormes ganancias derivadas del tráfico ilícito,

Considerando que son necesarias medidas de control con respecto a determinadas sustancias, como los precursores, productos químicos y disolventes, que se utilizan en la fabricación de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, y que, por la facilidad con que se consiguen, han provocado un aumento de la fabricación clandestina de esas drogas y sustancias,

Decididas a mejorar la cooperación internacional para la supresión del tráfico ilícito por mar,

Reconociendo que la erradicación del tráfico ilícito es responsabilidad colectiva de todos los Estados y que, a ese fin, es necesaria una acción coordinada en el marco de la cooperación internacional,

Reconociendo también la competencia de las Naciones Unidas en materia de fiscalización de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y deseando que los órganos internacionales relacionados con esa fiscalización actúen dentro del marco de las Naciones Unidas,

Reafirmando los principios rectores de los tratados vigentes sobre fiscalización de estupefacientes y sustancias sicotrópicas y el sistema de fiscalización que establecen,

Reconociendo la necesidad de fortalecer y complementar las medidas previstas en la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes, en esa Convención enmendada por el Protocolo de 1972 de Modificación de la Convención Unica de 1961 sobre Estupefacientes y en el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971, con el fin de enfrentarse a la magnitud y difusión del tráfico ilícito y sus graves consecuencias,

Reconociendo también la importancia de robustecer e intensificar medios jurídicos eficaces de cooperación internacional en asuntos penales para suprimir las actividades delictivas internacionales de tráfico ilícito,

Deseosas de concertar una convención internacional que sea un instrumento completo, eficaz y operativo, específicamente dirigido contra el tráfico ilícito, en la que se tomen en cuenta los diversos aspectos del problema en su conjunto, en particular los que no estén previsto en los tratados vigentes en la esfera de los estupefacientes y sustancias sicotrópicas,

Convienen en lo siguiente:

Definiciones
OFDPD
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 Artículos:
Preámbulo
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Alcances
Delitos y sanciones
Competencia
Decomiso
Extradición
Asistencia Judicial
Remisión
Colaboración
Estados de tránsito
Entrega vigilada
Sustancias
Materiales & equipos
Erradicación
Transportistas
Exportaciones
Trafico marítimo
Zonas francas
Correos
Información
Comisión
Funciones de la Junta
Informes a la Junta
Medidas más estrictas
Otras convenciones
Firma
Ratificación
Adhesión
Vigencia
Denuncia
Enmiendas
Controversias
Idiomas
Depositario
Anexo
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Narcotráfico

Narcotráfico

Las drogas están destruyendo a los jóvenes, desmembrando familias, aumentando la inseguridad en todos los países y alterando la economía mundial.

El tráfico de drogas es el peor problema de este tiempo.

Los narcotraficantes proveen recursos a los terroristas, contrabandistas, especuladores, funcionarios corruptos y delincuentes comunes.

La lucha contra el narcotráfico es una prioridad mundial.

Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.

Instituciones contra el narcotráfico.

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Lavado de Dinero

Lque entendemos por lavado de dinerovado de Dinero

¿QUE ENTENDEMOS POR LAVADO DE DINERO?

"El lavado de dinero es el procesamiento de ingresos delictivos a fin de encubrir su origen ilegal" (Grupo de Acción Financiera Internacional contra el Lavado de Dinero - GAFI)

"El lavado de dinero implica el encubrimiento de activos financieros de modo que ellos puedan ser usados sin que se detecte la actividad ilegal que los produce. Por medio del lavado de dinero, la delincuencia transforma los ingresos económicos derivados de actividades criminales en fondos de fuente aparentemente legal" (Red Contra Delitos Financieros - FINCEN: Departamento del Tesoro de los Estados Unidos)

Tales actividades criminales pueden ser narcotráfico, tráfico de armas, actos de corrupción administrativa y cualquier modo de crimen organizado.

El lavado de dinero tiene efectos terribles sobre los países porque:

  • Evita la detección de actividades criminales
  • Provee nuevos recursos a las actividades delictivas
  • Distorsiona los mercados financieros
  • Destruye la actividad económica real generando un capitalismo virtual

Descargue el INFORME DEL SENADO DE LOS E.E.U.U. SOBRE LAVADO DE DINERO

Las 40 Recomendaciones del GAFI

GAFI: Grupo de Acción Financiera Internacional contra el Lavado de Dinero

FINCEN: Red Contra Delitos Financieros (Departamento del Tesoro de los Estados Unidos)

más informacion pincha aquí
 
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Corrupción.worldpolicies.com

Corrupción

La corrupción, considerada en general, es el aprovechamiento indebido de la administración de un patrimonio común. La corrupción gubernamental es la desviación de los fines de la función pública en beneficio particular.
corrupcion
 
La corrupción posterga el desarrollo de los pueblos, carga a la comunidad con costos injustos, destruye la competencia comercial, demanda esfuerzos innecesarios de los sistemas de ayuda internacional, desacredita a la autoridad y altera la paz de las naciones.
Por todas esas razones, la corrupción ha dejado de ser considerada un problema exclusivamente doméstico y constituye hoy uno de los principales desafíos de la agenda global.

Convención Interamericana Contra la Corrupción
Soborno Transnacional
Códigos de Ética
Protección del Denunciante
Sistemas de Control
Ética en los Negocios
Conferencias
Otros Centros de Información
 
 
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La ONU insta a las escuelas de negocios a desarrollar la RSC

La ONU insta a las escuelas de negocios a desarrollar la RSC

9-7-2007  Redacción Mastermanía Imprimir Envíar a un amigo
La Organización de Naciones Unidas pide que los centros inculquen en sus alumnos la necesidad de prestar más atención a la responsabilidad social corporativa de las empresas.

El secretario general de la organización, Ban-ki Moon, señaló durante la cumbre celebrada en Ginebra los pasados 5 y 7 de julio el papel fundamental de las escuelas de negocios en la formación de profesionales conscientes de la repercusión social de sus empresas.

Joaquín Garralda, secretario de Asepam (Asociación del Pacto Mundial en España) y vicedecano del Instituto de Empresa concuerda con la visión de la ONU, y considera que la responsabilidad social no sólo recae en las empresas y el mercado financiero. Las escuelas de negocios tienen la responsabilidad de formar futuros líderes, que con toda seguridad requerirán conocimientos sobre asuntos sociales, protección del medio ambiente y lucha contra a corrupción, entre otros aspectos.

Así, la ONU establece seis principios, previamente pactados con las grandes escuelas de negocios de todo el mundo, con el fin de servir de referencia para los centros educativos de postgrado.

El primero de ellos establece el objetivo fundamental de la organización a este respecto, el de 'desarrollar las capacidades de los estudiantes para convertirse en generadores de desarrollo empresarial y social sostenible en una sociedad globalizada no excluyente'. El resto de los puntos tienen que ver con la necesidad de incorporar al estudio elementos que promuevan el liderazgo responsable.

Se insta además a la investigación sobre la responsabilidad social dentro de las escuelas, para mejorar la difusión de estos valores. Naciones Unidas insiste además en la importancia del diálogo entre escuelas de negocios y empresa para la consecución de estos objetivos.

Joaquín Garralda aboga por introducir el estudio de la RSC en los programas de las escuelas de negocios como una asignatura más, lo que garantizaría, según él, que fuera tenida en cuenta en la gestión interna de las empresas.

Naciones Unidas subraya en el documento que la globalización no sólo necesita empresas que contribuyan decididamente a crear mercados más sostenibles. También es preciso que aparezca una nueva generación de empresarios y directivos conscientes de su responsabilidad de cara a la sociedad.
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