Errores que no se tapan con tierra (V)
El mismo cirujano indicó, así mismo, que a la semana de estar hospitalizado el paciente coincidió un Congreso Nacional de Anestesia, razón por la cual no hubo programación quirúrgica por cuanto los anestesiólogos se hallaban en el congreso.
Señora de 67 años de edad, fumadora, que sufre afección cardíaca, por lo que es llevada a un centro asistencial público donde es atendida por médica que le diagnostica 'mal estado clínico general'. Le aplica isordil sublingual y le prescribe analgésicos. Como requería hospitalización, por no estar al día en los pagos la entidad de previsión a la cual se encontraba afiliada la paciente, decide remitirla a otra clínica, pero fallece en el trayecto 10 minutos más tarde como consecuencia de una 'fibrilación ventricular'. El órgano judicial contencioso administrativo expresó que desconocía el grado de dolencia de la afectada por lo que ignoraba, por falta de conocimientos médico-científicos, si en el evento de haberse hospitalizado hubiese sobrevivido, pero al negársele la oportunidad de la hospitalización para saber qué tratamiento debía suministrársele, perdió la oportunidad que tenía de recuperar su salud. Hombre de 66 años que cae de una altura aproximada de tres metros que le ocasiona trauma en cadera; es ingresado al servicio de urgencias en las primeras horas de la mañana, consciente, orientado y con dificultad para respirar; esa misma mañana es remitido a Ortopedia que ordena traslado 'a quirúrgica con pedimento instrumental'; se le instala tracción esquelética, se le practica electrocardiograma y se ordenan pruebas de rayos X. Ingresa a cirugía 15 días después a las 8 y 35 de la mañana; a las 11:35 a.m. paciente que no sale de paro y fallece. Causa: Insuficiencia respiratoria aguda trombo embolismo pulmonar fractura fémur izquierdo. El anestesiólogo, quien le aplica al paciente anestesia en dos días consecutivos, aludió a la demora en la programación de la cirugía, pues el hospital no contaba con material para realizar tal tipo de procedimientos dentro de las 24 ó 48 horas siguientes para evitar complicaciones. Los familiares son los que deben comprar el instrumental y lo llevan al hospital, lo que se toma varios días. En la semana siguiente el cirujano pidió la cirugía -quien también había pedido a los parientes 'material de osteosíntesis'-, la que no pudo realizarse por un paro laboral que duró una semana. El mismo cirujano indicó, así mismo, que a la semana de estar hospitalizado el paciente coincidió un Congreso Nacional de Anestesia, razón por la cual no hubo programación quirúrgica por cuanto los anestesiólogos se hallaban en el congreso. El paciente no se pudo operar en la mañana del 17 de agosto, día en que fue anestesiado por primera vez, por cuanto el material de osteosíntesis no apareció en el quirófano, por lo que la cirugía se programó nuevamente para el día siguiente, la que se desarrolló sin ninguna dificultad, pues la complicación severa se presentó en el postoperatorio inmediato. No se probó que el doble procedimiento anestésico hubiese sido el causante de las complicaciones que por falta de oxigenación se presentaron durante el acto quirúrgico, pero sí se dedujo que el reposo absoluto por 15 días a que estuvo sometido el paciente se convirtió en un agravante que podía hacer 'complicación de un trombo embolismo pulmonar que termina en un edema de pulmón'. La muerte del paciente, se concluyó, obedeció a la demora en la práctica de la cirugía, sin que el hospital hubiese demostrado actividad alguna tendiente a aminorar, evitar o prevenir riesgos. La falla del servicio médico asistencial le restó al paciente oportunidades de sobrevivir o de curarse. La responsabilidad en la prestación de servicios médico-asistenciales se ubica en tres elementos esenciales que han caracterizado el sistema de responsabilidad estatal por falla en el servicio: Una acción u omisión, un daño, y una relación de causalidad entre aquélla y éste, vale decir, que el estropicio se dé como consecuencia necesaria del primer elemento. Si no es posible acreditar (carga de la prueba) el nexo de causalidad entre la actividad médica y el daño que le sobreviene al paciente, y existe probabilidad de que ese daño no se hubiera producido de haberse actuado debidamente, entiende la doctrina y la jurisprudencia que se privó al paciente de la oportunidad de sobrevivir, o de recuperar su salud. "CHABAS ha hecho una reciente recapitulación del estado de la cuestión en este punto, poniendo, junto a ejemplos extraídos de la responsabilidad médica
como los siguientes: un abogado, por negligencia no comparece en un recurso y pierde para su cliente las oportunidades que éste tenía de ganar el juicio; un automovilista, al causar lesiones por su culpa a una joven, le hace perder la ocasión que ésta tenía de participar en unas pruebas para la selección de azafatas
'En el terreno de la Medicina el autor cita el caso de una sentencia francesa. Una mujer sufría hemorragia de matriz. El médico consultado no diagnostica un cáncer, a pesar de datos clínicos bastante claros. Cuando la paciente, por fin, consulta a un especialista, es demasiado tarde; el cáncer de útero ha llegado a su estado final y la enferma muere. No se puede decir que el primer médico haya matado a la enferma. Podría, incluso tratada a tiempo, haber muerto igualmente. Si se considera que el perjuicio es la muerte, no se puede decir que la culpa del médico haya sido una condición sine qua non de la muerte. Pero si se observa que la paciente ha perdido ocasiones de sobrevivir, la culpa médica ha hecho perder esas ocasiones
' (Ricardo de Ángel Yaguez, citado en sentencias por el H. Consejo de Estado). |
No hay comentarios.:
Publicar un comentario