Tal como ha sucedido en Estados Unidos y otros países, la discusión parlamentaria relativa al recientemente aprobado proyecto de ley antidiscriminación, y a la legalización de las convivencias o uniones de hecho, ha servido de ocasión propicia para que los partidarios de la "igualdad plena" refuercen sus planteamientos en pos del "matrimonio" homosexual o igualitario, adopción de hijos inclusive.
Sin embargo, no es razonable afirmar a priori que el matrimonio constituye una discriminación injusta, sino que debe argumentarse al respecto, explicando por qué sería así. El matrimonio no es cualquier cosa, ni puede ser simplemente lo que diga una ley. De hecho, si bastara que un precepto legal definiera un determinado concepto de matrimonio para que este fuera necesaria y automáticamente legítimo, los partidarios del "matrimonio" homosexual no podrían alegar injusticia intrínseca en la actual legislación: su actuar presupone, precisamente, que el matrimonio "algo" es.
Además, nadie en Chile aboga por un "derecho ilimitado" al matrimonio. No se conocen reclamos por no poder casarnos con nuestros padres o con niños, pues al igual que toda ley, la regulación matrimonial hace razonables distinciones. El problema no es que la ley distinga, sino que realice discriminaciones arbitrarias.
En consecuencia, "aquello que el matrimonio sea" debe ser capaz de fundamentar las distinciones propias de la legislación matrimonial; es decir, sus características específicas que nadie dice querer cambiar: unión entre personas y sólo dos personas (prohibición de poligamia y poliandria), exigencias de fidelidad, vínculo especial con los hijos, normas de estabilidad matrimonial, modo de consumación del matrimonio, etc.
No basta con invocar una unión emocional o afectiva para justificar razonablemente dichas características propias del matrimonio. Muchas de nuestras amistades o asociaciones pueden ser emocionales o afectivas, pero no son, por ejemplo, ni especialmente permanentes ni exclusivas a dos personas. Por otro lado, una pareja de hermanos puede criar a un primo huérfano "como si fuera su hijo", pero no por ello pasan a estar casados.
Nada de lo anterior representa un problema para la visión conyugal (tradicional) del matrimonio. Quienes adherimos a ella comprendemos que mediante la promesa matrimonial, cada cónyuge se dona a sí mismo al otro, siendo el matrimonio una unión integral y completa entre marido y mujer. Una unión así implica compartir la vida y los recursos, pero más que eso, porque no es una amistad cualquiera. Una unión tan radical y completa exige permanencia y exclusividad. Y también comunión de mentes y de cuerpos, dado que el cuerpo es parte de la persona (¿alguien lo negaría?).
La única función corporal que permite tal unión, es decir una coordinación mutua para un bien biológico compartido, que haga de dos personas "una", es el acto de tipo reproductivo entre hombre y mujer, independientemente de que ocurra o anhele la concepción de una nueva vida, sin perjuicio de que esta explica su dinamismo y la enriquece respecto del tipo de realidad que es.
La argumentación aquí descrita, que ha servido de base para los diversos debates que IdeaPaís ha sostenido con distintos partidarios del "matrimonio" igualitario, ha sido explicada latamente en el artículo "What is Marriage?", publicado en el año 2010 en el Harvard Journal of Law and Public Policy, sin sufrir una refutación de similar profundidad.
Si el matrimonio se explica desde la visión conyugal –aquí sólo hay una síntesis– con argumentos puramente racionales, la sociedad debe exigir lo mismo a los partidarios del "matrimonio" homosexual: que expliciten qué es para ellos el matrimonio, no sólo lo que según ellos no es; y cómo, de cambiar su fundamento, sería posible seguir sustentando, sin dudas ni ambigüedades, los aspectos propios de la institución matrimonial. Mientras ello no ocurra, y más allá de los eslóganes, decir que el matrimonio es discriminatorio carece de fundamento y credibilidad. Así como la tradición no es autoexplicativa, el cambio tampoco lo es.
Nota: Este artículo fue publicado originalmente por El Mercurio de Santiago.