Uniones de hecho y venta atada
Dos senadores propusieron un reconocimiento legal, incluyendo la regulación de cuestiones patrimoniales, de las uniones de hecho en nuestro país. Los sectores más conservadores, de la Iglesia y del espectro político pusieron el grito en el cielo. El supuesto debilitamiento de la familia, ese comodín que se ha transformado en un clásico, volvió a aflorar. ¿Es tan así?
Los detractores de esta iniciativa plantean que el matrimonio constituye un marco contractual adecuado y suficiente para hacerse cargo de estas cuestiones. Particularmente luego de la introducción del divorcio. Lo único que necesitan quienes deseen "regularizar" su situación es sencillamente casarse. En caso de separación, el divorcio les permite deshacer el contrato a bajo costo pero conservando adecuados resguardos. Este argumento es falaz.
El matrimonio es un contrato de largo plazo que enumera y detalla una larga lista de derechos y deberes para ambas partes (ver Código Civil, Artículos 131 a 178). Es un contrato complejo y relativamente completo. La pregunta de fondo es entonces ¿Es óptimo que todas las parejas se sometan a contratos con este nivel de complejidad y completitud para regular su convivencia?
Pareciera que no. Haciendo una analogía económica, una obligación de este tipo sería equivalente a una venta atada. Para adquirir un bien que le interesa, usted está obligado a comprar otro que le interesa menos. Un "combo" con los dos bienes o ninguno. Esto no impacta a aquéllos que siempre quisieron los dos bienes conjuntamente. Sí reduce el bienestar de quienes preferirían hacerse de tan sólo una parte del paquete. Pese a esto, algunos estarán dispuestos a adquirir el combo completo, incluso a regañadientes. Otros definitivamente no. Preferirán abstenerse y no comprar nada.
Al ofrecer el contrato matrimonial como única opción de regulación de la convivencia sucede algo similar. Producto de esta venta atada, personas que están dispuestas a asumir deberes y derechos que la sociedad valora, pero no todos los que se incluyen en el contrato matrimonial, preferirán no tener nada. Optarán por una convivencia de hecho, hoy sin ningún resguardo. Mención aparte es el caso de las parejas del mismo género quienes, por definición (son las reglas del "combo" contenidas en el Código Civil), ni siquiera tienen la posibilidad de elegir un marco predefinido.
Cierto es que al introducir la figura de un contrato "intermedio" menos complejo es esperable que algunas de las parejas que compraban el paquete completo del matrimonio optarán por esta nueva alternativa. Al final se trata de un asunto de preferencias reveladas. Quizás por eso se arguye un "debilitamiento" del matrimonio, aunque yo más bien lo llamaría simple competencia de contratos.
Pero incluso si hubiera "debilitamiento" del matrimonio, ello no necesariamente es sinónimo de debilitamiento de la familia. Cabe esperar que una parte significativa de las parejas que hoy se autoexcluyen del mercado, esas que producto de la venta atada optan por "nada" o sencillamente conviven, adscribirán a la solución intermedia propuesta (es lo que ocurrió en Francia luego la introducción del llamado Pacto Civil de Solidaridad, PACS). Ganarán en derechos y deberes, mientras que su descendencia, en caso de haberla, estará mejor resguardada. Vaya precariedad
CONSULTEN, ESCRIBAN OPINEN LIBREMENTE
Saludos
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
DIPLOMADO EN GESTION DEL CONOCIMIMIENTO DE ONU
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