Equipo de Ciudad
Van más de 40 minutos de discurso cuando el rector de la U. de Chile, Víctor Pérez, levanta la voz. "Todas las instituciones de educación superior tienen que cumplir con las mismas normas de transparencia y entrega de información pública. ¡Es inaceptable que estas normas sólo se exijan a las universidades estatales! También deben ser exigidas a las instituciones privadas, por cuanto hay recursos públicos de por medio", manifestó en la ceremonia por el 169° aniversario de la Casa de Bello.
Sus palabras fueron una directa alusión a los resultados de una fiscalización realizada en octubre por el Consejo para la Transparencia y cuyos resultados se conocieron el martes. En ella, la institución liderada por Pérez sólo alcanza un 18,8% de cumplimiento en las exigencias de acceso a información de interés público que fija la Ley de Transparencia.
Es que, para el rector de la U. de Chile, dicha ley -que permite a los ciudadanos acceder a la información proveniente de instituciones del Estado- no tiene efectos sobre ella. Pero más allá de las cifras de la fiscalización, el golpe más duro provino desde el Tribunal Constitucional (TC). Mientras Pérez leía ayer su discurso, se conocía que los magistrados habían rechazado un recurso que interpuso en enero. Así, se descartaba cualquier inconstitucionalidad en el hecho de que la Ley de Transparencia tenga efecto sobre la casa de estudios estatal.
Los argumentos del rector
La historia tras este fallo se remonta al año 2009, cuando el alumno de Derecho Francisco Zambrano pidió a la universidad información sobre los académicos de su facultad, incluyendo sueldos y beneficios recibidos. Tras la negativa de la institución, el estudiante recurrió al Consejo para la Transparencia, el cual acogió favorablemente su reclamo, y obligó al rector Pérez a entregar la información.
La U. de Chile alegó ante la Corte de Apelaciones que la resolución era ilegal, por considerar que la universidad no está bajo la jurisdicción del Consejo. Como la Quinta Sala rechazó su reclamo, la Casa de Bello presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema y, en paralelo, acudió al TC para que definiera si dicha ley es o no aplicable al plantel.
Para el rector Pérez, la U. de Chile no estaría sometida a la norma, por ser una "persona jurídica de derecho público autónoma", y no un "servicio público". En su requerimiento al TC argumenta que la ley de transparencia "vulnera la autonomía" de la institución e infringe su "autodeterminación informativa"; es decir, su derecho a decidir por sí misma qué información publicar y cómo.
El TC, sin embargo, desestimó estas ideas. Asegura que la universidad estatal "reúne todas las condiciones que permiten reconocerla como un servicio público (...) para cualquier efecto legal". Señala que la reforma constitucional de 2005, incluso anterior a la ley de transparencia, "privó a dicha casa de estudios de toda opción para regular a través de decretos internos qué materias concernientes a ella se pueden divulgar o retraer del conocimiento público".
El TC establece que la universidad no puede "estimar lesionada su autonomía" por quedar sujeta al control del Consejo de la Transparencia y que "no existe inconstitucionalidad" en el hecho de estar sometida a la ley de transparencia: "Sostener lo contrario implicaría otorgar a ese plantel universitario un estatus propio de un poder separado de la administración del Estado, del que carece".
Vallejo: "Es una amenaza"
Consultado por "El Mercurio" luego de la ceremonia de ayer, el rector Víctor Pérez se limitó a hacer ver que en su discurso había hecho referencia al tema de la transparencia y afirmó que aún no había revisado el fallo del TC. Trascendió que la universidad aún no había sido notificada de forma oficial de la resolución.
Los que sí hablaron fueron los decanos, que son partidarios de acatar el fallo y entregar información, aunque hay matices. Cecilia Sepúlveda, decana de Medicina, dijo que "habrá que responder a los requerimientos en los plazos dados". Eso sí, lamentó la decisión del TC: "La U. de Chile no es un servicio público más. Es una institución académica que está en desigualdad de condiciones en relación a las universidades privadas, que, recibiendo recursos del Estado, no tienen que entregar toda la información. Eso genera una competencia desigual".
Por su parte, el decano de Economía y Negocios, Manuel Agosin, se mostró "partidario de la transparencia. No veo por qué no publicar las remuneraciones de los profesores. No tenemos nada que esconder y podemos cumplir completamente el fallo del TC. Cualquier institución como la nuestra, que trabaja frente al público por el bien común, debe estar dispuesta a entregar toda la información que el público requiera".
Distinto piensa Camila Vallejo, candidata a la reelección en la presidencia de la FECh. Dijo que las universidades privadas "deberían someterse a Contraloría. Si utilizan recursos públicos, deben someterse a fiscalización, que demuestre su uso en fines de interés público, y no proyectos doctrinarios de determinada índole". Por eso, considera que "el fallo es una amenaza dentro del mercado y la competencia del sistema educacional".
Complejo escenario
La resolución del TC permite que prosiga la vista del recurso de queja presentado por Pérez ante la Corte Suprema. Ésa será la palabra final, pero en la universidad existiría conciencia de que es muy difícil que el máximo tribunal falle en contra de lo que ya han hecho el Consejo para la Transparencia, la Corte de Apelaciones y el TC. Así, la Casa de Bello terminaría sometiéndose a la Ley de Transparencia, como ha hecho el resto de las estatales.
Según explican en el Consejo para la Transparencia, una vez que los tribunales zanjen el asunto, la U. de Chile tiene de 5 a 10 días para hacer cumplir el dictamen del Consejo; es decir, para entregar a Francisco Zambrano la información sobre el personal de la Facultad de Derecho. De no cumplir, el rector se expone a una multa correspondiente a entre 20 y 50% de su remuneración, y si persiste en la negativa, arriesga ser suspendido de su cargo por cinco días.
Asimismo, el plantel deberá publicar dentro de 45 días -tal como se solicitó esta semana a todas las estatales- para cumplir con subir a su sitio web datos como los sueldos de sus profesores, sus informes de auditoría o sus relaciones con sociedades relacionadas. Si ello no se concreta, el proceso se repite: la Contraloría inicia un sumario administrativo, a partir del cual el Consejo para la Transparencia establecerá las sanciones, que en este caso implican una multa de 20 a 50% de su sueldo.
Cómo fue evaluada
Párrafos seleccionados del fallo del Tribunal Constitucional
"Indica (el Consejo para la Transparencia) que no existen argumentos jurídicos que permitan sostener que la U. de Chile queda excluida de la aplicación de la Ley de Transparencia, máxime cuando ella misma ha invocado las normas de esta ley para declarar la reserva temporal de la información que se le solicitó"."Señala el Consejo que otras universidades estatales en contra de las cuales se han presentado amparos al derecho de acceso a la información no han objetado su sujeción a las obligaciones de la Ley de Transparencia y a la competencia del Consejo"."La U. de Chile, sin perjuicio de regirse por las normas específicas que imperan en el campo de su especialidad, reúne todas las condiciones que permiten reconocerla como un servicio público creado para el cumplimiento de la función administrativa estatal, para cualquier efecto legal"."Tampoco dicho plantel universitario puede estimar lesionada su autonomía de gestión administrativa, para adoptar independientemente las decisiones que corresponda dentro de su competencia y especialidad, por la circunstancia de quedar afecto a la fiscalización del Consejo para la Transparencia".El demandante
Actualmente Francisco Zambrano es estudiante de quinto año de Derecho en la Casa de Bello. Egresado del Instituto Nacional, ha sido ayudante tanto en el departamento de Derecho Público como del Centro de Derecho Ambiental.
El joven ha dicho, sobre este tema, que es una contradicción del plantel afirmar que el Estado debe aumentar su financiamiento por ser una institución pública pero, en el caso de la ley de Transparencia, afirmen que no son un órgano del Estado.
Saludos
Rodrigo González Fernández
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