El Colegio de abogados debió haber emitido un informe en derecho sobre el particular y no haber actuado solamente de intermediario entre el abogado reclamante y la Corte , la Corte de Apelaciones a su turno, también debió pronunciarse sobre el fondo del asunto y finalmente la Corte Suprema calla, por ahora.
Entonces, ¿porque no hay pronunciamientos oficiales sobre la materia controvertida y tan bullada y opinada por moros y cristianos ?
La respuesta es clara : La jueza que dictó la resolución de allanamiento actuó conforme a sus atribuciones y la ley.
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN .
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
- PUEDES LEERNOS EN FACEBOOK
CEL: 93934521
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación y consultoría en GERENCIA ADMINISTRACION PUBLICA -LIDERAZGO - GESTION DEL CONOCIMIENTO - RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – COACHING EMPRESARIAL-ENERGIAS RENOVABLES , asesorías a nivel nacional e internacional y están disponibles para OTEC Y OTIC en Chile
1 comentario:
Uff, mala conclusión, los jueces se protegen entre ellos, siempre ha sido así. La medida de la jueza es propia de los países más bárbaros y bananeros. El fin nunca justifica, ni justificará, los medios, y en este caso los medios son ilícitos por expresa disposición de la ley y del ius cogens en materia de Dº internacional. Lamentable que en Chile no exista aún un Estado de Derecho, como lo soñaron los artífices de nuestro derecho y política.
Publicar un comentario