Con el acuerdo de que tanto el Senado como la Cámara de Diputados podrán definir de manera autónoma la forma de contratar al personal que trabaja con los parlamentarios, la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias en torno al proyecto que modifica la Ley Orgánica del Congreso zanjó uno de los puntos más críticos, terminando con el análisis de la iniciativa.
Así lo informaron los senadores Andrés Chadwick y Pedro Muñoz, presidente e integrante de la instancia, respectivamente, tras precisar que con la aprobación de esta disposición el proyecto queda en condiciones de ser sometido a la votación de las respectivas salas del Congreso.
Cabe recordar que si bien había acuerdos sustantivos en la mayoría de las normas, no los hubo respecto de la contratación del personal que trabaja con los parlamentarios, puesto que el Senado y la Cámara tenían opiniones distintas sobre la materia.
En tal sentido, el senador Chadwick señaló que "hay una diferencia. La Cámara buscaba que se estableciera un sistema de carácter general para todo el Congreso y el Senado era partidario de que se dejara a cada corporación una autonomía, porque son realidades completamente distintas. La Cámara tiene, por su número de diputados, una carga y una estructura administrativa que es cuatro veces la del Senado y por tanto se entendía que eran realidades distintas".
Agregó que con esta disposición cada corporación "podrá establecer si contratan al personal directamente, a través de los parlamentarios o del Código del Trabajo, con lo cual la norma llegó a ordenar el sistema de contratación y deja tanto al Senado como a la Cámara con la posibilidad de hacerlo según lo estimen conveniente y esté más de acuerdo a su tradición".
En tal sentido, el senador Muñoz precisó que en virtud de esta autonomía, "la Cámara Baja podrá elegir el sistema que más le acomode, pero en el Senado se mantendrá el sistema que se usa actualmente, es decir, que sean los senadores quienes contraten a su personal".
MODIFICACIONES SUSTANCIALES
El proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional del Congreso apunta a adecuarla a las enmiendas constitucionales del año 2005, que entre otras materias consagró el principio de transparencia en los actos y resoluciones de los órganos de la administración del Estado.
En lo fundamental, introduce más de 35 modificaciones destinadas a regular todo el sistema de aprobación de los tratados internacionales por parte del Congreso y también el funcionamiento de las comisiones investigadoras de la Cámara de Diputados, instancias a las que se le fortalecieron sus atribuciones.
En materia de transparencia se incorpora una disposición para ampliar las obligaciones que tienen las Corporaciones respecto de la información que deben entregar cuando se les requiera por un particular y se establecen procedimientos para reclamar.
La iniciativa también consagra en la Ley la existencia de una Comisión de Ética y Transparencia en cada cámara, pues actualmente sólo están contempladas en los reglamentos. Estas instancias podrán, de oficio o a petición de un parlamentario, iniciar investigación respecto del comportamiento de sus pares.
También se realizan una serie de adecuaciones para mejorar los mecanismos a través de los cuales los parlamentarios hacen sus declaraciones de intereses y patrimonio, para precisar de mejor manera las oportunidades en que tienen que hacerla, el plazo en que tienen que efectuarlo y las sanciones a las cuales se pueden ver afectos.
Otro aspecto importante dice relación con la forma en que el Senado y la Cámara pueden pedir información a las empresas públicas. En tal sentido se estableció que pueden solicitar esos antecedentes, pero éstas pueden oponerse a entregarla si es que tiene carácter reservado o estratégico. Si hay una controversia, las cámaras pueden pedir que el punto lo aclare la Contraloría General de la República.
Además se crea un Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias que va afijar el monto y el destino de tales recursos. Estará compuesto por un ex consejero del Banco Central; un ex decano de una facultad de administración, economía o derecho de cualquier universidad acreditada por el Estado; un ex diputado y un ex senador que hayan desempeñado sus funciones durante un mínimo de 8 años; y un ex Ministro de Hacienda o un ex Ministro de Economía o un ex Director de Presupuestos.
Junto con ello se establece el Comité de Auditoría Parlamentaria que se encargará de analizar que las asignaciones que reciben los legisladores se enmarquen en los parámetros estipulados. Estará integrado por un abogado y un contador auditor con a lo menos 10 años de ejercicio de la profesión y un profesional que se haya desempeñado por más de 10 años en un cargo directivo en la Contraloría o en la Superintendencia de Valores y Seguros.
CONSULTEN, ESCRIBAN OPINEN LIBREMENTE
Saludos
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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