Ex ministro peruano no cree que Chile desconozca fallo de La Haya
"No existe ningún antecedente de un fallo de la Corte Internacional de Justicia en que uno de los dos estados se haya declarado en rebeldía", dijo el ex canciller Manuel Rodríguez Cuadros.
LIMA.- El ex ministro de Relaciones Exteriores de Perú, Manuel Rodríguez Cuadros, aseveró que no existen casos en que algún país se haya negado a aceptar una sentencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en referencia a los cuestionamientos de peruanos que consideren que Chile no acataría la resolución que el tribunal adopte en el caso del diferendo marítimo.
Perú presentó ante la Corte Internacional de Justicia la demanda por el conflicto marítimo que mantiene con Chile. Para ello, el agente peruano ante La Haya, el embajador Allan Wagner Tizón, presentará en Bruselas la memoria peruana, donde fundamenta el porqué Perú considera que dicho tribunal debe manifestarse.
Para los peruanos existe el temor de que pese a que la Corte se pronuncie a su favor de establecer una equidistante entre ambos países para definir los límites marítimos, Chile se niegue a aceptar la resolución.
"No existe ningún antecedente de un fallo de la Corte Internacional de Justicia en que uno de los dos estados se haya declarado en rebeldía y decidido no acatar la disposición de la Corte", indicó Rodríguez Cuadros a radio Programas de Perú.
"En ese sentido, cualquiera que sea el fallo en la medida que se admita la jurisprudencia, no me cabe la menor duda que será acatado por los dos países", agregó.
El ex ministro recordó que la Corte es un órgano jurisdiccional de las Naciones Unidas y que el Consejo de Seguridad tiene competencia de ejecución de los fallos de La Haya.
También manifestó que el fallo del caso del diferendo entre Rumania y Ucrania marca a la "línea equidistante como una regla general" y no un caso singular para resolver este tipo de disputas.
"La Corte en los casos de controversia jurídica entre estados que se sitúen frente a frente o en costas adyacentes, en la medida en que no exista un acuerdo de limitación entre las partes va a resolver aplicando la fórmula de principios equitativos, circunstancias pertinentes que en un principio se traduce por línea equidistante", explicó el ex titular de Relaciones Exteriores de Perú.
Rodríguez Cuadros indicó que la Corte "ha desestimado los actos propios (de un país) como una fuente de derecho". Los denominados actos propios son las actividades pesqueras, capturas de embarcaciones, patrullaje en la zona de disputa, explotaciones petroleras entre otras actividades.
"La Corte es renuente a reconocer límites tácitos y en
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Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
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