TU NO ESTAS SOLO EN ESTE MUNDO si te gustado un artículo, compártelo, envialo a las redes sociales, Twitter, Facebook LA POLITICA ES DE LA ESENCIA DE LA DEMOCRACIA

domingo, noviembre 02, 2008

REPORTAJE: Crisis financiera mundial - Los efectos en la vida real

REPORTAJE: Crisis financiera mundial - Los efectos en la vida real

Diez consejos para los malos tiempos

Soluciones a las cuestiones más comunes sobre las consecuencias del frenazo económico

 


Parados en el INEM

Ampliar

Parados en el INEM- SANTIAGO CARREGUÍ

 

 

 

J. SÉRVULO GONZÁLEZ - Madrid - 02/11/2008 EL PAIS

 

Vota

http://www.elpais.com/im/ico_separador_horizontal.gif

Resultado Sin interésPoco interesanteDe interésMuy interesanteImprescindible 83 votos

Imprimir  Enviar

- ¿Cuánto tiempo hay que trabajar para tener derecho a paro y cuánto cobrará? El trabajador debe acumular al menos un año de cotización durante los seis años anteriores a la pérdida del empleo, que debe ser por causas ajenas a su voluntad. El trabajador cobrará, por término general, cuatro meses de paro por cada año trabajado. La cuantía que recibirá será del 70% de su base de cotización durante los primeros seis meses y el 60% durante el resto de la prestación. La ayuda no será inferior a 482 euros ni superior a 1.055 euros para un individuo sin cargas familiares. Si el trabajador tiene un hijo podrá cobrar hasta 1.206 euros, y hasta 1.356 euros con dos o más hijos.

La noticia en otros webs

·         webs en español

·         en otros idiomas

- ¿Existen otras ayudas para los desempleados? El Servicio Público de Empleo prevé otras ayudas como el subsidio por desempleo o la renta activa de inserción para desempleados mayores de 45 años, o con una discapacidad de más del 33%, víctimas de violencia de género o emigrantes retornados mayores de 45 años. Las ayudas pueden alcanzar los 413 euros.

- ¿Se puede cobrar el paro de una sola vez? Si, los desempleados que pongan en marcha un negocio y lo justifiquen podrán cobrar hasta el 40% de la prestación de una sola tacada.

- ¿Cuál es la indemnización por despido? Si el despido es improcedente será de 45 días de salario por año trabajado con un máximo de 42 meses de salario. Si el despido es procedente por causas objetivas, la indemnización será de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de un año. Esta es también la indemnización mínima para los expedientes de regulación de empleo.

- ¿Dónde puede buscar trabajo y cuáles son los empleos más demandados? Lo más efectivo es hacer uso de las relaciones personales. Comunicar a su entorno que busca trabajo. Hay que visitar empresas para ofrecer los servicios. También, acudir a las agencias públicas de empleo de las comunidades autónomas y presentar el currículo en las empresas de trabajo temporal y los gabinetes de selección de personal.

El Servicio Público de Empleo ha publicado un catálogo de trabajos de difícil cobertura. Se puede consultar en la página web (www.inem.es). Entre las profesiones más ofertadas destacan las de médicos y pastores en casi todas las provincias del país.

- ¿Qué ocurre si deja de pagar la hipoteca? Depende del número de cuotas que el cliente haya escaqueado al banco. Normalmente, lo último que quieren las entidades financieras es quedarse con la casa del cliente. Antes de llegar a ese punto los bancos proponen negociar nuevas condiciones, aumentar el periodo de amortización o reducir las cuotas durante un tiempo. Incluso conceden meses de carencia. Pero si no hay acuerdo el banco ejecutará la hipoteca y un juez embargará la casa.

- ¿Qué bienes pueden embargar los bancos si no paga la deuda? Las financieras que conceden créditos de consumo no dudan en iniciar un proceso judicial en cuanto el cliente acumula tres cuotas mensuales impagadas. El procedimiento es diferente con las hipotecas sobre la vivienda. Los bancos sólo inician el proceso jurídico cuando constatan que el cliente no puede pagar la hipoteca. Esto ocurre a partir del sexto mes de impagos. El juez ejecutará la hipoteca para cancelar la deuda. Para ello ordenará subastar la vivienda. Si el dinero no satisface toda la deuda, el juez puede embargar los ingresos del deudor (nóminas) e incluso algunos de sus bienes personales. Los avalistas son tan responsables como el deudor.

- ¿Qué es el concurso de acreedores? Es la figura que sustituye a la antigua suspensión de pagos. Convocarlo no supone la desaparición de la empresa, sino que permite la continuidad. El empresario podrá renegociar las deudas. La norma prevé una quita máxima de hasta el 50%. Lo más recomendable es que sean los empresarios los que se acojan a esta fórmula. Si lo hacen podrán mantener las riendas de la compañía, aunque bajo la supervisión del juez y los administradores concursales. Cuando se inicia este proceso se interrumpen los pagos y las deudas dejan de generar intereses. Los administradores determinan los activos a vender para salir del apretón.

- ¿Pueden las familias declararse en suspensión de pagos? Si, las familias o cualquier persona. De hecho, ya hay sentencias favorables que reducen el importe de las deudas un 30%. Pero no todos los casos terminan con buen sabor de boca. El coste de gestionar el proceso es elevado para un sólo individuo, además, tendrá restringidos sus cobros y pagos hasta que concluye el proceso y sobre todo, la hipoteca queda fuera de esta figura por ser una garantía preferente.

- ¿Cómo puede reducir su factura de gasto? Las ofertas de las compañías eléctricas aún afectan poco al bolsillo. Para ahorrar la única medida es consumir menos y ser más eficientes. Por eso, es recomendable no poner la calefacción más alta de los 21 grados, supone un ahorro de cerca del 6%. Otros trucos: esperar a llenar el lavavajillas o la lavadora antes de ponerla en marcha o utilizar bombillas de bajo consumo.

Regresa la vieja costumbre de sentarse en el suelo de casa para hablar desde el teléfono fijo. Las llamadas nacionales de fijo a fijo son gratis en todos los paquetes que incluyen teléfono e Internet y hay que aprovecharlo. En cuanto al móvil, ha llegado la hora de examinar con detenimiento la factura y ver cuáles son los hábitos de consumo, para escoger el mejor plan de ahorro que ofrecen las operadoras. No hay que dejarse llevar por la moda de tener el mejor terminal. Para el bolsillo es mejor negociar una buena tarifa que el regalo de un móvil de última generación.

Las estrecheces de la crisis están cambiando los hábitos de consumo. Las marcas blancas, más baratas, venden cada vez más. Además, comienzan a proliferar los supermercados de "superdescuentos". Cada vez hay más consumidores que llenan el carrito de la compra en estas grandes superficies. Los outlets, centros comerciales de productos rebajados, ofrecen grandes oportunidades. Hay que rebuscar porque Bancos, hoteles, marcas de ropas están creando productos de low cost (bajo coste). Las épocas de crisis son momentos de oportunidades.

 


CONSULTEN, OPINEN , ESCRIBAN LIBREMENTE
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en RSE de la ONU
www.consultajuridicachile.blogspot.com
www.el-observatorio-politico.blogspot.com
www.lobbyingchile.blogspot.com
www.biocombustibles.blogspot.com
www.calentamientoglobalchile.blogspot.com
oficina: Renato Sánchez 3586 of. 10
Teléfono: OF .02-  8854223- CEL: 76850061
e-mail: rogofe47@mi.cl
Santiago- Chile
Soliciten nuestros cursos de capacitación  y consultoría en LIDERAZGO -  RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL – LOBBY – BIOCOMBUSTIBLES  ,   y asesorías a nivel internacional y están disponibles  para OTEC Y OTIC en Chile

No hay comentarios.: