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jueves, agosto 07, 2014

SAMUEL FERNANDEZ : CORTE DE LA HAYA,¿ SI O NO?

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Corte de la Haya, ¿sí o no?

Como en todo juicio se corren riesgos, de ganarlo, perderlo, o situaciones intermedias. Pero hay que precisar, no habrá decisión alguna sobre el fondo, por sobre el aprovechamiento comunicacional.
Santiago, 6 de agosto de 2014
Samuel
Samuel Fernández
Se ha presentado la excepción preliminar de incompetencia a la demanda de Bolivia ante la Corte. Una iniciativa trascendente y oportuna, en lo jurídico como en lo político, antes del juicio de fondo (18 febrero 2015) y no conjuntamente, la otra posibilidad. Un pleito previo, con  escritos, pruebas, y alegatos orales, menos extenso, de uno o dos años y sin plazo fijo para sentenciar. Como en todo juicio se corren riesgos, de ganarlo, perderlo, o situaciones intermedias. Pero hay que precisar, no habrá decisión alguna sobre el fondo, por sobre el aprovechamiento comunicacional. Y caben más variantes, que me permito compartir, sin ser las únicas. Se trata simplemente de considerarlas, por encima de posiciones triunfalistas o pesimistas, ni intentar adivinar resultados.
En teoría, se podría distinguir entre la Jurisdicción y la Competencia de la Corte, aunque los textos aplicables, no lo hacen de manera explícita y tratan sinónimamente. La Jurisdicción, en el artículo 36.2 del Estatuto, del que somos parte automáticamente con la Carta de las Naciones Unidas; y el Reglamento, la otorgan por: acuerdo especial; cláusula jurisdiccional de un tratado; o declaración unilateral facultativa, que los Estados pueden limitar por reservas o condiciones. Salvo la declaración unilateral, no hay exclusiones según lo antiguo de la controversia, y la Corte está capacitada para conocer “cualquier cuestión de derecho internacional”. Si hay disputa jurisdiccional, “la Corte decidirá” (artículo 36.6 del Estatuto) en fallo preliminar. Si es válida esta diferencia, la Corte siempre tendría Jurisdicción.
Respecto a la Competencia específica, “se extiende a todos los litigios que las partes le sometan y a todos los asuntos especialmente previstos en la Carta de las Naciones Unidas o en tratados y convenciones vigentes” (artículo 36.1 del Estatuto). Bolivia invocó el Pacto de Bogotá. Su artículo VI, la impide para asuntos “que se hallen regidos por acuerdos o tratados en vigencia en la fecha de la celebración del presente Pacto” (1948); y se podría argumentar una fecha posterior, pues sólo lo ratificó el 14 de abril de 2011. Queda así excluido el Tratado de Límites de 1904. Bolivia argumenta que no lo cuestiona ni pretende cambiarlo. Para Chile, lo hace directa o indirectamente, al pedir negociar, forzadamente y de buena fe, una salida soberana al mar por territorio chileno. Chile ha utilizado, legalmente, uno de los “Procedimientos Incidentales”: la “excepción de incompetencia” (artículo 79 del Reglamento), que la Corte fallará previamente.
Hay alternativas: La acepta, y Bolivia guarda su Memoria y termina el pleito. La rechaza, sin más trámites, y el juicio continúa como estaba previsto. O bien, no se pronuncia y acuerda examinar la excepción juntamente con el fondo, en el juicio normal, como asunto preliminar. En este caso, Chile deberá presentar su Contramemoria. Corresponderán la réplica, dúplica, y alegatos orales. Debemos igualmente designar el Juez Ad Hoc. Bolivia ya lo hizo. Es lo probable, pues sería difícil que la Corte sólo examine la excepción sin siquiera considerar todo lo argumentado por las partes. Bolivia clamaría victoria, aunque sólo sería procesal, pues sabemos que desarrolla, desde hace tiempo, una activa campaña. Entonces, vendría un juicio de varios años hasta la sentencia definitiva e inapelable.
Y podemos considerar otros argumentos adicionales, un tanto irreverentes. Bolivia ha pretendido crear una controversia regional, y reclamado por ciento treinta años. Chile se ampara, con razón, en la intangibilidad del Tratado de 1904; pero las veces en que procuró solucionar el tema boliviano, con tratados, enclaves, corredores, negociaciones, o declaraciones, sin resultado formal alguno, ni crear una obligación; también habría reconocido que existe tal controversia. Como la Corte es el órgano judicial principal de las Naciones Unidas, para solucionar aquellas internacionales jurídicas, pacíficamente; resulta difícil se inhabilite en esta disputa regional, y no cumpla su mandato. De ahí la persistente y agresiva acción boliviana, acusando a Chile ante países y foros, responsabilizándolo de no darle solución. No olvidemos las resoluciones de la OEA, y otras, ni los apoyos bilaterales regionales que ha recibido. Chile no cuenta con ninguno.
Asimismo, la Corte actual viene ajustándose, en ciertos fallos, a nuevas tendencias del derecho internacional. Entre éstas, su fragmentación y decodificación, evidenciada en la Comisión de Derecho Internacional, que hace largos años no logra adoptar tratados de alcance universal. O mediante una jurisprudencia que busca corregir desigualdades y pretendidas injusticias, de un derecho clásico, para algunos, superado. Sus Jueces, encarnan cada vez más, el que en la Corte, “en el conjunto, están representadas las grandes civilizaciones y los principales sistemas jurídicos del mundo” (artículo 9 del Estatuto). En consecuencia, algunas recientes sentencias, lo han evidenciado y basado, también, en la proporcionalidad equitativa, principios generales evolucionados, recogidos por las resoluciones de los Organismos Internacionales, y procurado la reparación de antiguos desequilibrios. Algunos Magistrados añaden que en la creación del derecho internacional tradicional, no han participado los nuevos Estados, y sólo le ha sido impuesto. A fines de año, se elegirán cinco nuevos Jueces. Uno por Latinoamérica y El Caribe, en reemplazo del  mexicano. Recordemos que éste y el brasilero que continúa, en ningún momento, votaron a favor de Chile en el juicio marítimo con Perú, cuyo fallo no estuvo ajeno a estas consideraciones.
Cualquiera sea el resultado de la excepción chilena, de no aceptarse o ser considerada junto al fondo del caso, no representaría más que desestimar un recurso procesal previo. Lo que no condiciona la sentencia final, donde nuestras argumentaciones legales, ciertamente tienen mayor solidez que argumentos politizados. No obstante, las alternativas enunciadas existen. En todo caso, habrá que enfatizar el que la Corte debiera reencontrarse con su jurisprudencia estrictamente jurídica, fuente auxiliar del Derecho Internacional (Santiago, 5 agosto 2014)

________________________
*Puntos incluidos en la ponencia del 29 de julio, en el Instituto Latinoamericano de Relaciones Internacionales, de la U. Miguel de Cervantes, junto al panel integrado por los Profesores Miguel Schweitzer y Jaime Lagos.
fUENTE: DIARIOCONSTITUCIONAL.CL

martes, agosto 05, 2014

escandalo cascadas: áspera disputa entre abogados marca declaración de perito presentado por Motta

Cascadas: áspera disputa entre abogados marca declaración de perito presentado por Motta

“Trato irrespetuoso”, amenazas y acusaciones de faltas al derecho de defensa por parte de la defensa del ejecutivo de dichas sociedades quedaron en acta.
  • Por Jimena Catrón Silo

    Cascadas: áspera disputa entre abogados marca declaración de perito presentado por Motta
    
Pocas veces se había hecho necesario que un guardia acudiera a una declaración en el marco de en un período probatorio de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), para pedir la salida de uno de los abogados presentes. E incluso, la abogada instructora -por parte del regulador- recibiera amenazas “en reiteradas oportunidades de interponer un recurso de amparo y subrayándole (...) que la única perjudicada sería ésta”.
    Así consta en el acta de declaración del economista Erik Haindl, quien fue presentado por la defensa del gerente general de las sociedades cascada, Aldo Motta.
    Y es que la comparecencia de Haindl partió mal y la tensión entre las partes era evidente.
    Esto porque antes de que se diera paso a la primera pregunta, el abogado Victor Vial -por la parte de Motta-, afirmó que “ha sido constatada por la abogada instructora, la presencia de dos abogados en representación de Moneda”, lo cual contravendría la igualdad de trato respecto a otras partes intervinientes, solicitando luego que se quedara sólo uno.
    Acto seguido, Pedro Pablo Gutiérrez señala la falsedad de dicha constancia, señalando que esto es “equivocado y antojadizo”, ya que él es el apoderado designado en la causa, mientras que Carlos Frías, el otro profesional aludido, se encuentra presente como representante legal de la intermediaria, de forma tal que se cumple con la normativa al estar un abogado y “el interesado”.
    Una vez zanjado este primer punto, “se deja constancia (...) que el sr. Vial ha tenido un trato descortés con su colega el sr. Frías de manera que se requiere a los abogados, y en particular al sr. Vial referirse en términos respetuosos con los presentes”.
    Motta debe velar por mantención del control

    Una de las pocas veces que el economista pudo responder al cuestionario -en las casi cinco horas que duró su declaración-, éste respondió, ante la pregunta de si Motta actuó en protección del modelo de control e interés social de las sociedades Norte Grande (NG), Oro Blanco (OB) y Pampa Calichera (PC) como integrantes del holding NG, que “Motta, en su calidad de gerente general de las empresas del holding, debía velar en primer lugar que se mantuviera siempre el control sobre SQM, y en segundo lugar, que se cumplieran con los compromisos financieros de cada una de las sociedades del holding”.
    El aumento de la deuda

    Otro de los temas abordados por Haindl fue el del valor económico intrínseco de las sociedades del holding NG. “(En el informe) Se puede ver que al 31 de diciembre de 2008 el holding tenía 71.736.516 acciones de SQM-A y 8.903.774 acciones de SQM-B que representan alrededor del 30% de las acciones de SQM. Al 31 de diciembre de 2012 el holding tiene la misma cantidad de acciones de SQM-A y aumentado a 12.241.799 acciones de SQM-B. En el mismo período el endeudamiento del holding creció en US$ 402 millones, en decir, tiene más acciones y más deuda”, respondió el economista.
    Los “incidentes”

    Varios fueron los “incidentes” que quedaron registrados en el acta. Entre ellos, varias oposiciones a preguntas realizadas por Moneda, parte que deja constancia “de su molestia frente al constante entorpecimiento, acoso y falta de respeto hacia los aquí presentes”.
    Luego, “esta superintendencia deja constancia que ante la insistencia y requerimiento de la instructora, el sr. Vial no se retiró de la audicencia continuando con su trato irrespetuoso (...). Asimismo, se hace presente que el abogado sr. Bilicic amenazó en reiteradas oportunidades de interponer un recurso de amparo y subrayándole a la instructora que la única perjudicada sería ésta. De lo anterior son testigos el resto de los comparecientes y los funcionarios de la SVS, incluyendo al guardia”.


    LOS PRECIOS DE MERCADO

    Al ser consultado sobre los precios de las operaciones cuestionadas, el economista Erik Haindl respondió que, usando "una banda de Bollinger" casi todas las transacciones fueron realizadas dentro de ésta, menos algunos casos específicos: la venta de Calichera A, vendido por PC el 26 de marzo de 2010, 4% bajo el valor mínimo de la banda, correspondiente a un saldo de suscripción de acciones.
    Otra ocasión fue en un período de opción preferente ante un aumento de capital (OB vende Calichera A y dos días después las recompra, misma operación que hace NG).
    El resto, el economista señala que se ajustan a precios de mercado.

viernes, agosto 01, 2014

CARLOS SLIM EL HOMBRE MAS RICO DEL MUNDO SEGUN FORBES.

CONSIDERADO POR LA REVISTA FORBES EL HOMBRE MÁS RICO DEL MUNDO

El multimillonario mexicano Carlos Slim pasa sus vacaciones en un pueblo de Orense

Foro publicada por El Mundo de las vacaciones del multimillonario Slim
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Eldigitalcastillalamancha.es

01/08/2014 .
Para Carlos Slim Helú, considerado por la revista ´Forbes´ el hombre más rico del mundo con una fortuna de 79.600 millones de dólares, el lugar ideal para pasar sus vacaciones se sitúa en el interior de Galicia, en una aldea de poco más de 2.500 habitantes que le ofrece como principales atractivos la tranquilidad de pasear codo con codo con los paisanos y disfrutar de pequeños placeres de la vida como una partida de dominó en el bar del pueblo. Todo sin los guardaespaldas de los que no se puede separar en el país azteca y que, si le acompañan, quedan a mucha distancia y pasan totalmente desapercibidos. 

Según publica el diario El Mundo, por segundo año consecutivo el multimillonario mexicano de origen libanés ha elegido el pueblo de Avión (Orense) para descansar. Llegó a bordo de un jet privado que aterrizaba a mediodía del miércoles en el aeropuerto de Vigo, donde le esperaba un coche que le llevó directamente a su alojamiento, la mansión del también multimillonario mexicano Olegario Vázquez Raña. Su anfitrión es natural de este pueblo y, cada verano, regresa porque asegura que es el único lugar del mundo en el que puede estar tranquilo.

Descanso y gastronomía

Lo mismo habría pensado Carlos Slim (74), que hizo su fortuna en el mundo de las telecomunicaciones, la biociencia o el petróleo, que en 2013 desembarcó también aprovechando el primer fin de semana de agosto y que Avión celebra sus fiestas patronales en honor a San Roque. Las primeras horas de sus vacaciones las ha pasado descansando en la mansión de su íntimo amigo.

A lo largo del fin de semana disfrutará de los placeres gastronómicos de la tierra, se espera alguna celebración en la mansión de Vázquez Raña en la que no faltarán música gallega y mexicana y se dedicará a pasear por los bosques frondosos que rodean la localidad mientras charla con los paisanos.  
Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
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Diplomado en Coaching Ejecutivo ONU( 
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