OPINION INTERNACIONAL
No hay soberanía nuclear
Asdrúbal Aguiar
Todo individuo goza de libertad. A menos que sea un desadaptado o antisocial sabe bien que su libertad no es absoluta. La limitan la libertad y el respeto a los derechos iguales de los otros y la obligación de no causarle a éstos daños injustos con sus acciones u omisiones, así sean o no justas.
Esta idea elemental, que se encuentra en la base de la organización jurídica de cualquier pueblo, la entienden los liberales y hasta los comunistas, sean cuales fueren los perfiles y las potestades que les asignen al Estado para su garantía o realización.
Pues bien, nada distinto ocurre cuando se trata del mismo Estado y de su soberanía, que al fin y al cabo es la prolongación política de los individuos, sea reunidos, sea como sustrato del sujeto impersonal que es la Nación. De allí que, salvo en el tiempo medieval e inicios de la modernidad, cuando el monarca asume ser la encarnación de la ley y del propio Estado: "la ley soy yo, el Estado soy", tal y como pretende sostenerlo Esteban en pleno siglo XXI, lo cierto es que la soberanía de los Estados tiene como límite a los derechos soberanos iguales de los otros Estados. No pueden hacer y deshacer a sus anchas sin mirar los efectos que sus acciones causan a los demás y a la Humanidad en su conjunto.
Tiene razón Barack Obama, al margen de su condición presidencial, cuando a propósito de la iniciativa de Esteban - construir una planta nuclear en Venezuela – le recuerda que nuestro país tiene derechos, pero también obligaciones. El asunto, pues, es baladí, pero tiene una larga sustentación jurídica internacional que sólo desconocen, más que los Estados, los gobernantes parias del planeta.
El tema nuclear sale del ámbito interno de la soberanía de cada Estado y se sitúa en los predios de la regulación internacional luego de los bombardeos a Hiroshima y Nagasaki en 1945, y más tarde, a raíz del desastre y los graves daños que le ocasiona a Europa la planta nuclear con fines pacíficos de Chernobyl, en 1986.
Existen tratados que rigen en la materia y vinculan a Venezuela, como el Tratado de No proliferación de armas nucleares adoptado por la ONU en 1968 y que tiene por antecedente otro de 1963, que manda la suspensión de los experimentos con armas nucleares en la atmósfera, en el espacio ultraterrestre y bajo las aguas, y también el Tratado de Tlatelolco o Tratado para la proscripción de armas nucleares en América Latina y el Caribe, de 1967.
Son numerosas las disposiciones dictadas sobre la cuestión por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la Asamblea General hasta le pide una Opinión Consultiva sobre el tema a la Corte Internacional de Justicia, que se expide al respecto con una sentencia a profundidad en 1996, en la que invoca la aplicación del Derecho internacional humanitario y a cuyo efecto señala que "dadas las características únicas de las armas nucleares… su utilización no es conciliable" dentro de las normas de éste.
El principio esencial sobre el que se construye el Derecho relativo al uso de la energía nuclear y su proscripción como arma de guerra, es, sin lugar a dudas, el principio de humanidad. A diferencia de las armas convencionales, las de origen nuclear no discriminan los espacios o las personas en cuanto a daños letales y su prolongación en el tiempo. Ellos afectan gravemente la salud y el medio ambiente a nivel global.
En síntesis, rigen reglas firmes que precisan (1) la fijación de un statu quo en cuanto a las armas nucleares de países que las poseen desde antes, por lo que se obligan a no tener más armas de dicho género y procurar la eliminación sostenida de las existentes; (2) la prohibición de poseer armas nucleares o favorecer su construcción, dirigida a los Estados que no las tienen; (3) la estricta supervisión internacional de la disposición y el uso de los elementos susceptibles de servir para la construcción de armas nucleares, lo que incluye el derecho de la comunidad internacional a saber y vigilar a los Estados quienes digan o pretendan usar la energía nuclear con fines pacíficos supuestos.
Es una estupidez afirmar, entonces, que la energía nuclear y su manejo hacen parte de la soberanía del Estado, lo que así sostienen, por serviles, los "tarazonas" de Esteban, quienes olvidan la primacía de los derechos de Humanidad y sobre todo sus incapacidades para darnos agua, luz, y viviendas dignas. Pero aquél, que de tonto nada tiene, luego de su infantil desafío, por irrealizable, corrige presuroso que sólo aspira tener una "planta chiquita", que a nadie debe preocupar.
Entre líneas
? LA CORRUPCIÓN FUE EL ARGUMENTO EN 1998, para explicar y justificar un cambio por otras personas que vienen de los cuarteles, pero todavía más corrompidas, y quienes, asumiendo como virtud la tragedia de nuestros orígenes republicanos - llegamos a la Independencia para el asalto del botín que se dice pertenece a los españoles – esta vez hacen de Venezuela un patio de inmoralidades sin límites, cuyas proporciones jamás conoce nuestro pasado reciente y remoto. Es hora de realizar el inventario de la revolución doceañista que hace poco, a manera de ejemplos, otorga sin licitación a los chinos un contrato para construir un ferrocarril de doble vía – sobre 489 Kms. – en Tinaco, zona despoblada, por un monto escandaloso de 7.500 millones de dólares; y otro sobre 170 km., a los mismos chinos, para el tramo la Encrucijada - Tuy Medio, por 5.000 millones de dólares. La próxima Asamblea tiene una grave tarea pendiente. No hay que olvidar que al presidente Carlos Andrés Pérez se le derroca, constitucionalmente, por usar 250.000 dólares en Nicaragua, para fortalecer a su democracia.
? SE CUENTA EN LOS MENTIDEROS que Isaías Rodríguez, el padre del forjamiento de actas para la acusación de los adversarios políticos de Esteban cuando ejerce como jefe del Ministerio Público, engaveta, además, el expediente de un etarra llegado a Maiquetía y cuyo nombre está por descubrirse. La denuncia, dicen, viene en camino, y vuelve a enlodar a quien aspira ser suplemente de Juez en el Tribunal Supremo. ¡Cosas de la revolución!
? NOTA LUCTUOSA, QUE VIENE DE AFUERA. "El poeta y crítico literario mexicano Alí Chumacero murió a los 92 años, según confirma oficialmente el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes de ese país. Hombre de letras en toda su dimensión, Chumacero escribe apenas tres libros, "Páramo de sueños" (1944), "Imágenes desterradas" (1948) y "Palabras en reposo" (1956), que son suficientes para convertirlo en uno de los poetas más importantes de México.
? "HE ESCRITO POCO. NO ME ARREPIENTO", cuenta el poeta fallecido. "Es mejor dejar una línea perdurable que un grupo de libros que se tire al cesto de la basura". Chumacero nace el 9 de julio de 1918 en la localidad de Acaponeta, del estado de Nayarit, en el oeste de México. Durante más de medio siglo es corrector y editor del Fondo de Cultura Económica (FCE). Allí corrige "Pedro Páramo" de Juan Rulfo, entre cientos de obras. Por sus manos pasan textos de los principales autores mexicanos, como el Premio Nobel de Literatura de 1990 Octavio Paz o Carlos Fuentes". ¡Paz a sus restos!
Fuente:
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Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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