¿CUANDO LE TOCA EL TURNO AL MERCADO DE FRUTA DE EXPORTACIÓN ? | ||
Investigación de FNE Por Eventual Colusión Supermercadista Sigue en Pie | ||
La indagación de la Fiscalía Nacional Económica por posible concertación ilícita de precios de Wal-Mart Chile, Cencosud, SMU y Tottus lleva casi 3 años y ha sido compleja, pero el ente antimonopolio estaría cerca de concretar una acción, donde se incluiría un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Ya han pasado casi 3 años desde que la Fiscalía Nacional Económica, con la ayuda de personal del OS9 de Carabineros, allanó las oficinas centrales de las cadenas supermercadistas Wal-Mart Chile, Cencosud, SMU y Tottus, llevándose importante material informático de los gerentes de Compra a Proveedores de las firmas por presunta colusión en las categorías de productos relacionados a limpieza, carnes blancas y abarrotes, donde el ente antimonopolio habría reunido antecedentes para materializar tal procedimiento. Efectos No Cesan Y a la fecha, la investigación de la FNE sigue en pie, a cargo del subfiscal nacional económico (s), Mario Ybar, quien reemplazó a Jaime Barahona en esta labor. Es que el titular del ente antimonopolio, Felipe Irarrázabal, se inhabilitó apenas se dio el vamos al proceso de indagación, dado que su hermano Cristóbal es gerente general corporativo de Tottus, y porque además prestó servicios profesionales como abogado a Cencosud antes de llegar a la fiscalía económica. Fuentes cercanas al proceso señalan que no existen límites de tiempo para la indagación de la FNE, pues la colusión prescribe en un plazo de 5 años, desde que cesan los afectos de esta práctica ilegal, con lo que la FNE contaría todavía con tiempo a favor. Lo que sí, pese a que la investigación ha sido compleja, el ente antimonopolio estaría cerca de concretar alguna acción, donde no sería descartable un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. El Radio de Acción Las diligencias se están llevando a cabo con máxima reserva por el equipo de la FNE, tomando en cuenta que es un caso de alta relevancia y delicado de tratar. Es más, hace rato en la industria supermercadista no tendrían luces al respecto, posiblemente, porque el ente antimonopolio se encontraría en la etapa de afinar un requerimiento. Pero, ¿cuál sería el radio de acción de la FNE en su investigación? Radicaría en la relación entre las cadenas de supermercados con sus proveedores, donde las primeras firmas, en presunta coordinación ilícita, instarían a que las segundas les rebajen el precio de productos de limpieza, carnes blancas y abarrotes, para luego venderlos a un valor superior a los consumidores. Pensamiento de la Fiscalía En ese sentido, en el marco de la audiencia ante el TDLC por la fusión SMU-SdS, el representante de la FNE, Mario Ybar, hoy a cargo de las indagatorias a los supermercados, recalcó que en el sector existen altos riesgos de colusión, por factores como la poca cantidad de actores –Wal-Mart Chile, Cencosud, SMU y Tottus concentran más del 90% de las ventas totales–, la integración entre ellos, la estabilidad de la demanda, la marcada transparencia de precios y las similares cifras de participación de mercado entre las primeras tres cadenas. Además, agregó, los supermercados cuentan con datos semanales de precios de los competidores, a través de la consultora Nielsen y ciertas encuestas, y sobre todo en los productos más sensibles para la población. Con lo que si una de las cadenas baja los valores de éstos, las demás la emulan casi inmediatamente. La FNE en la ocasión afirmó que el sector supermercadista se parece mucho al farmacéutico, en cuanto a las posibilidades latentes de colusión. Incluso, es mucho más riesgoso, y cabe recordar que el TDLC multó a Cruz Verde y Salcobrand con US$19 millones a cada una, tras coordinar precios con Fasa, que se eximió del castigo al confesar las malas prácticas y pagar US$1 millón. Asimismo advirtió que los hogares chilenos gastan en promedio mensualmente $130.000 en los supermercados del país, según Nielsen, y el ingreso promedio de una familia es de $610.000. Con lo que las grandes cadenas cuentan con un gran poder, que se suma al que poseen frente a los proveedores locales. Tras la fusión de SMU con SdS, argumentó la FNE igualmente, se ha reducido significativamente la competencia entre los supermercados. "Las posibilidades de coordinación y abusos unilaterales, habrían disminuido si las dos cadenas hubieran seguido adelante, por separado, con sus planes de crecimiento de tipo orgánico", manifestó Ybar. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ¿Cuáles son las Bases del Proceso? La investigación de la FNE a los supermercados se sustenta en el artículo tercero del DL 211 que norma la institucionalidad que supervigila la libre competencia. El texto indica que "El que ejecute o celebre, individual o colectivamente, cualquier hecho, acto o convención que impida, restrinja o entorpezca la libre competencia, o que tienda a producir dichos efectos, será sancionado con las medidas señaladas en el artículo 26 de la presente ley, sin perjuicio de las medidas preventivas, correctivas o prohibitivas que respecto de dichos hechos, actos o convenciones puedan disponerse en cada caso". Se considerarán, entre otros, como hechos, actos o convenciones que impiden, restringen o entorpecen la libre competencia o que tienden a producir dichos efectos, los siguientes: a) Los acuerdos expresos o tácitos entre competidores, o las prácticas concertadas entre ellos, que les confieran poder de mercado y que consistan en fijar precios de venta, de compra u otras condiciones de comercialización, limitar la producción, asignarse zonas o cuotas de mercado, excluir competidores o afectar el resultado de procesos de licitación. b) La explotación abusiva por parte de un agente económico, o un conjunto de ellos, de una posición dominante en el mercado, fijando precios de compra o de venta, imponiendo a una venta la de otro producto, asignando zonas o cuotas de mercado o imponiendo a otros abusos semejantes. c) Las prácticas predatorias, o de competencia desleal, realizadas con el objeto de alcanzar, mantener o incrementar una posición dominante. |
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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Santiago- Chile