Una norma que busca regular el actuar de todos los intermediarios del mercado -corredores de Bolsa, agentes de valores y corredores de la Bolsa de Productos- respecto de su relación con los clientes, puso en consulta ayer la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS). Si bien la propuesta coincidió con el caso cascadas, los conflictos de interés en el negocio del corretaje estaban bajo la lupa del fiscalizador desde 2010.
"La propuesta de norma busca elevar los estándares en cuanto a temáticas relacionadas a conflictos de interés, perfil del inversionista y registro de operaciones. Para esto, los intermediarios deberán establecer e implementar políticas, procedimientos y controles que den garantía de que su actuar estará guiado por los principios y criterios mencionados en esta propuesta", indicó la SVS.
El texto explicita que intermediarios, sus directores, gerentes y administradores deberán actuar y realizar todas las gestiones necesarias, con el debido cuidado y diligencia, de manera de no afectar el patrimonio de sus clientes o su propia estabilidad financiera.
Públicamente, la discusión partió con el caso de La Polar, cuando los accionistas minoritarios denunciaron que entre 2008 y 2011 las corredoras habrían tenido un comportamiento distinto sobre la cartera propia a lo que les recomendaban a sus clientes a la hora de comprar o vender acciones de la multitienda, dice una fuente de la industria.
"Hoy, la superintendencia le dio mayor urgencia a esta materia, a raíz del caso cascadas. Esto, porque en su formulación de cargos a Julio Ponce atribuyó a las sociedades Saint Thomas y La Viña, de Leonidas Vial -socio de la corredora LarrainVial y vicepresidente de la Bolsa de Comercio-, un papel "instrumental" en las operaciones bursátiles cuestionadas, entre las sociedades controladoras de SQM con las sociedades de Julio Ponce, de 2009 a 2011", agrega la misma fuente.
En la industria indican que esta normativa termina con aspectos hasta ahora discrecionales y que eran consideradas "prácticas de autorregulación". Esto, porque varias corredoras ya cuentan con políticas o manuales en que abordan cómo manejar los conflictos de interés y también graban las conversaciones entre corredores y clientes. Sin embargo, con esta norma las intermediarias tendrán que nivelar sus estándares como industria e introducir cambios a su modelo de negocios, si es necesario.
"Era el paso más lógico. La industria bancaria ya avanzó en materias relacionadas con protección a los clientes y consumidores, como grabar la conversación entre la compañía y el cliente, más claridad y simpleza en los contratos y más información. Lo más lógico era que a las corredoras les exigieran lo mismo que a los bancos", indicó una fuente del rubro.
Si bien el regulador fijará los aspectos que los intermediarios tienen que considerar, serán ellos quienes definan sus políticas: "La propuesta requiere que cada intermediario defina criterios formales, claros y objetivos de asignación de operaciones, en que se favorezca siempre al cliente respecto del intermediario, sus relacionados y funcionarios, y en que todos sus clientes tengan un tratamiento justo y equitativo", señala el documento.
"Como las corredoras van a tener cierta flexibilidad al crear sus políticas y comunicarlas al mercado, serán los mismos clientes quienes finalmente van a discriminar con quién operar y con quién no, porque la información va a ser pública", indicó un ejecutivo de una corredora.
CONSULTAS DE CORREDORAS
La propuesta de normativa estará en período de consulta entre el 29 de octubre y el 18 de noviembre de 2013. Los intermediarios dispondrán de seis meses contados desde la entrada en vigencia de ésta para adecuar sus políticas y procedimientos a los nuevos estándares, y 15 meses para cumplir con los aspectos más técnicos.
En la industria indican que las consultas podrían tener relación con la información que entregan los departamentos de estudios y cómo ésta no entorpezca algún negocio que esté llevando al área de finanzas corporativas del mismo grupo al que pertenece la corredora.
EL CLIENTE PRIMERO
"En el evento de que el intermediario o las empresas de su grupo difundan públicamente estudios, análisis, informes o recomendaciones respecto de los valores o productos ofrecidos por el intermediario, previo a que se ejecuten las operaciones de los clientes se deberá advertir a éstos respecto de cualquier potencial conflicto que pueda existir en quienes prepararon dichos antecedentes o difundieron esas opiniones, y poner a disposición de los clientes, en un lenguaje simple y claro, los fundamentos en los que se basa la información publicada", indica el documento.