ARISTA JUDICIAL DEL CASO CENSO 2012
Fiscalía encargará informe en derecho para formalizar a Labbé y Carrasco
La discusión respecto a si el censo constituye o no un instrumento público mantiene en suspenso los próximos pasos del Ministerio Público.
Por Jimena Catrón Silo
Era una pregunta que antes jamás había sido necesario resolver, y que ahora abrirá un debate que podría tener efectos claros en la investigación por el Censo 2012.
Porque si una de las tesis de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad es que la manipulación de datos, que ya ha sido comprobada según ha señalado el mismo fiscal José Morales -quien lidera la investigación-, daría origen al delito de falsificación de instrumento público, la duda que surge es evidente: ¿es el documento del censo un instrumento público?
Para darle respuesta a esta interrogante, de la que prácticamente depende la formalización de Francisco Labbé, ex director del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), y de Eduardo Carrasco, quien era jefe del Censo 2012 en esa entidad, es que la Fiscalía Centro Norte -de la que depende la Unidad de Delitos de Alta Complejidad-, encargará en los próximos días un informe en derecho que servirá como base para los siguientes pasos que sigan en este proceso.
Qué dice la ley
Respecto a la definición de documento público o auténtico, éste se refiere a aquellos que son extendidos con las formalidades legales del competente funcionario.
Según el Código Penal, en su artículo 193, "será castigado con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo el empleado público que, abusando de su oficio, cometiere falsedad" en distintas situaciones, que se enumeran en ocho, e incluyen el suponer en un acto la intervención de personas que no la han tenido, faltando a la verdad en la narración de hechos sustanciales, alterando las fechas verdaderas, entre otras. Sin embargo, en el número 6 se incluye "haciendo en documento verdadero cualquiera alteración o intercalación que varíe su sentido". Ahí está el punto que fundamentaría la eventual configuración del delito.
Opiniones divididas
Éste es un debate en el que según afirman varios abogados consultados, va a haber tantas opiniones como juristas existan.
Según comentó la abogada constitucionalista y ex senadora de la República, Olga Feliú, si bien el documento del censo puede revestir el carácter de instrumento público, no cree que se configure el delito que establece la ley.
La razón para ello está en que, a su juicio, para que se configure el delito de falsificación de documento público o auténtico, que se encuentran dentro de los delitos contra la fe pública, se establecen una serie de supuestos que no se dan en esta situación, principalmente porque los censos tienen, o están fundados, en antecedentes probabilísticos.
"Si el censo dijera que han comparecido determinadas personas, ahí sería una declaración falsa. Aquí lo que hay es un trabajo censal, que se basa sobre ciertas declaraciones y supuestas declaraciones, que son las que se reflejan en números", afirma, agregando que en este caso específico lo que se está discutiendo es el mérito del censo, "pero no se discute que nadie haya faltado a la verdad, y contraviniendo la fe pública".
Además, señala que para que se pueda configurar este delito debe haber dolo -o intención de cometer un ilícito-, cosa que a su juicio tampoco se daría. "Entonces, un ingeniero (Labbé) entiende que hay una ausencia de información, de la cuantía que tiene, lo que le permite decir si el censo está bien hecho o no. Él lo considera así desde la ingeniería, pero él jamás va a saber que era un hecho ilícito", señala.
Por otro lado, Mario Fernández, abogado quien además fue ministro del Tribunal Constitucional, afirma que el censo sí es un instrumento público, aunque el punto se encontraría en otra arista: cuál era el carácter del documento sobre el que se habrían cambiado los datos.
"El asunto es la calidad del documento en el cual se quiso meter más números, si tiene un carácter provisorio, si es una apreciación, un borrador, o si es considerado oficial; ése es el tema", comenta. Y luego Fernández da varios ejemplos en los que ese documento base se podría considerar oficial, con carácter público o auténtico: debe haber una constancia de fe, un timbre o firma, "que acreditaran que ésos eran los resultados del censo de Chile. Si por ejemplo el documento estaba firmado por el director del censo, con un timbre o firma, sí es oficial, incluso aunque fuera considerado interno".
Finaliza señalando que, además, los censos tienen carácter oficial sin duda alguna "porque sobre la base de ellos se toman una serie de decisiones jurídicas, válidas, como por ejemplo los presupuestos a las municipalidades, hasta incluso ajustar las cifras para las candidaturas políticas".
En qué va la investigación
Según señaló el fiscal a cargo de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad, José Morales, en entrevista a Diario Financiero durante la semana pasada, "todos los antecedentes que hemos recabado hasta el momento muestran claramente que hubo una manipulación de las cifras, analizando lo que existía realmente y lo que efectivamente se publicó, se observa de forma evidente el incumplimiento de los parámetros y recomendaciones internacionales que deben seguirse en cada censo".
Además, según trascendió, los datos que han sido levantados acreditarían también la existencia de dolo en las actuaciones de Francisco Labbé, ex director del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), como el ex jefe del proyecto Censo 2012, Eduardo Carrasco, quienes se encuentran en calidad de imputados por la fiscalía.
Tras haberse conocido las conclusiones y recomendaciones del panel de expertos convocados por el INE para revisar las cifras del Censo 2012, la fiscalía espera que todos sus integrantes presten declaración lo antes posible.
El informe presentado por el panel señala que la tasa de omisión de la población, es decir, la gente que no fue encuestada, asciende a un 9,3% "porcentaje que es tres veces lo obtenido en censos recientes en otros países de la región". Agregaron que dicha cifra es un promedio nacional, pero en algunas comunas puede llegar incluso al 20%. El análisis también señala que la difusión de resultados del censo, en agosto de 2012, no cumplió con los estándares de transparencia que requiere la función pública y que hubo muy escaso tiempo de preparación después del último cambio de metodología desde un censo de hecho a un censo de derecho.
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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