una opinión
El nuevo camino
Después de la muerte de Muamar Kadafi, el autor analiza los pasos que debería seguir Libia para adaptar sus decisiones jurídicas al derecho público internacional.
Por Eduardo B. Toledo - Jurista
La muerte de Muamar Kadafi, a manos de un grupo descontrolado de rebeldes, ha marcado una vez más la diferencia entre el discurso político y las acciones necesarias. El descrédito puede arreciar sobre la Corte Penal Internacional de La Haya si no se sostiene su trabajo sobre el territorio libio.
Así lo demuestra lo dicho por el portavoz del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU, Rupert Colville, que ha pedido una investigación sobre los hechos y olvida que ya existe una en curso ante el tribunal.
La falta de compromiso del Consejo Nacional de Transición (CNT) para controlar los hechos que tuvieron el desenlace esperado por una gran parte de sus miembros no extrañan a nadie. Sin embargo, el río corría bastante revuelto hasta el viernes ya que el destino del Dictador había dividido las filas de la Transición.
En caso de ser capturado vivo las posturas eran dos: un proceso penal en tierra extranjera, que no gozaba de apoyo popular por ser catalogado de flexible, o un juicio en territorio libio, una decisión que el Comité tendría que sostener respetando los derechos de los acusados y sin la posibilidad de aplicarles la pena de muerte.
De todas maneras se movían en la ambigüedad, en reuniones extraoficiales uno de los miembros del CNT había dicho que "Libia debe tomar la iniciativa en todo lo relacionado con Libia y con el suelo libio", por lo que no daban por sentado al envío de Kadafi a La Haya pero tampoco lo negaban.
Recordemos que la Corte Penal Internacional (CPI) había emitido el 27 de junio último una orden de captura contra él, su hijo Saif y Abdullah Al-Senussi porque consideró que existían motivos razonables para creer que se habían cometido crímenes contra la Humanidad en la Yamahiriya Árabe Libia.
Entonces, los hechos de violencia ocurridos a partir del 15 de febrero deben ser investigados por el tribunal internacional; el Estatuto de Roma, instrumento creador de la CPI, otorga al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (CS) la posibilidad de activar la jurisdicción de la Corte toda vez que la Paz Mundial se encuentre amenazada (decisión tomada en virtud del Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas).
Es por ello que el 26 de febrero de 2011, la Resolución 1970 del CS otorgó a la Corte penal internacional la responsabilidad de establecer cuáles han sido las conductas que puedan configurar crímenes tales como el ataque contra civiles de las fuerzas de seguridad o las violaciones masivas a mujeres por parte de militares bajo el mando de los tres sospechosos.
Además, su Fiscal debe ir un poco más lejos en su tarea investigativa para satisfacer "los intereses de la Justicia", como lo indica el Estatuto de la CPI, y determinar si hay personas penalmente responsables en ambos bandos del conflicto.
En contrapartida, los procesos iniciados bajo esta modalidad son producto de una negociación política muy fuerte y guardan para el Consejo de Seguridad, agazapada, la prerrogativa de detener toda investigación o acusación en la Corte por un período de 12 meses, una vez cumplido el plazo, tal freno se puede renovar indeterminada cantidad de veces. Tal medida no es apelable. Y, lamentablemente, no existe mecanismo alguno para que la Acusación, o los Jueces, puedan revertir la decisión del órgano Ejecutivo de la ONU.
Así, es una consecuencia casi esperada que el seno del Comité Nacional de Transición desestime la institución que ha sido vilipendiada inmediatamente después de que se la invitara a ejercer su jurisdicción.
El primero en quitar soporte al ejercicio de la Corte de La Haya fue el Consejo de Seguridad. Luego de su primer movimiento, se voto y aprobó la Resolución 1973 que autorizó el uso de la fuerza en el territorio del conflicto.
Si bien este apoyo militar de la Coalición (en un principio Estados Unidos, luego, poco a poco los miembros de la OTAN) a las fuerzas Revolucionarias ha sido fundamental para que se lograra la victoria que hoy se está festejando, en algunos casos puede haber traspasado el marco de la legalidad.
Sin apoyo interno, porque los insurgentes no confían en la autoridad de la CPI, ni sostén internacional, porque los líderes occidentales en ningún momento dieron crédito al trabajo realizado por el órgano judicial, los resultados que el tribunal puede obtener quedarán desestimados y sin fuerza para sentar un precedente.
Lo que necesitaba la CPI a nivel político consiste es recordarles a los líderes del CNT que, como Nuevo Gobierno del Estado de Libia, pesaba sobre ellos una obligación internacional de enviar a la La Haya o, en su defecto, de juzgar bajo estándares internacionalmente reconocidos al Coronel Kadafi.
Aunque en estos momentos no se puedan establecer de manera clara la condiciones exactas de su muerte, más allá de los videos en internet que lo muestran abatido, la captura de su hijo Saif significa una nueva oportunidad para que la institucionalidad sea respetada.
Es necesario convencer a todos los actores que el compromiso con la Justicia se mantiene y que el Consejo de Seguridad tiene la facultad de imponer sanciones en caso de que los decretos de la Corte no sean obedecidos.
A partir de este momento, donde el conflicto armado parece llegar a su fin, el trabajo de la Corte Penal Internacional se debe intensificar para que una investigación clara y objetiva, como prometió el Fiscal Luis Moreno Ocampo, traiga luz sobre los hechos ocurridos.
Ese es su deber para con la Comunidad Internacional, con otro sentido que el que le dio el presidente Berlusconi, "sic transit gloria Mundi" (Así pasa la gloria elMundo) con la esperanza que los mismos que le dieron la posibilidad, ahora, no se la quiten.
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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