Un día más es un día menos
Sin acciones a favor de la igualdad vamos en contra de los derechos
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia". Artículo 1° Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a principios de julio de 2011 analizó la instrucción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, (CoIDH) en el caso Rosendo Radilla Pacheco en contra de los Estados Unidos Mexicanos (Vid. expediente Varios 489/2010).
Es de resaltar que la CoIDH obliga a todos los jueces a velar porque los efectos de las disposiciones de la Convención Americana, no se vean mermados por la aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin, y en este sentido, a que el Poder Judicial ejerza un "CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO" entre las normas internas, y la misma Convención (párrafo 339 de la sentencia).
El Considerando octavo de la propuesta discutida se identificó, de manera muy interesante y trascendental, con el rubro: "CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EX OFFICIO". Los ministros de la Suprema Corte advirtieron la importancia de dicho apartado y la pertinencia de analizar el contenido del párrafo 339 de la sentencia Radilla, a partir de la cual se identifican varias obligaciones esenciales a cargo de los tribunales nacionales de nuestro Estado Mexicano, recordando además, que parte importante de la discusión y que sirvió como sustento a la determinación tomada por el Pleno, fue el artículo 1º constitucional últimamente reformado (Vid. Diario Oficial de la Federación del viernes 10 de
junio de 2011).
Los Ministros votaron a favor de que: 1. El control de convencionalidad no implica necesariamente desaplicar la norma nacional, sino interpretarla conforme, 2. Es obligatorio realizar un control de convencionalidad a cargo de todos los jueces del país y de las autoridades del Estado Mexicano (incluyendo las administrativas), y 3. Este control es acorde a nuestra Constitución (a los artículos 1° y 133) que vendrá a fortalecer el Estado de Derecho.
A partir de la reciente modificación del artículo 1° constitucional, cambió la concepción que existe de respeto y protección a los derechos humanos en nuestro país,
En este sentido, se vislumbra un nuevo modelo constitucional para todas las autoridades del Estado Mexicano.
Estoy convencida que la reforma al artículo 1º constitucional hace aún más claro el deber de control de convencionalidad ex officio, y que en ese escenario constitucional, no sólo las autoridades judiciales, sino todos aquellos órganos que tengan funciones materialmente jurisdiccionales, tienen ese deber.
Desde mi concepto, con este gran paso dado por la SCJN, todas las autoridades judiciales e incluso, administrativas, se encuentran llamadas a buscar la manera en que su actuar sea acorde con el respeto a los derechos humanos, no sólo de los que -como en el caso Radilla- trascienden a los medios de comunicación, sino también de aquellos, los más, que no suelen tener los reflectores, pero no por eso su importancia es menor.
En un país como el nuestro, donde más de la mitad de la población somos mujeres, se debe mirar con mayor amplitud y a detalle, ahora con mayor razón, los derechos que se encuentran tutelados en los tratados y convenciones internacionales. Así tenemos, vigente desde 1981, la Convención sobre Eliminación de todas la Formas de Discriminación contra la Mujer, mejor conocido como CEDAW, por sus siglas en inglés (Adopción: Nueva York, EUA, 18 de diciembre de 1979; ratificación por México: 23 de marzo de 1981; decreto promulgatorio DOF 12 de mayo de 1981; fe de erratas DOF 18 de
junio de 1981).
SON 30 AÑOS DE LUCHAR POR LA IGUALDAD SUSTANTIVA
Dicha Convención establece la obligación de los Estados Parte de eliminar todas las formas de discriminación, en diferentes ámbitos. El artículo 7 de la misma mandata tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida pública y política del país, y en particular, garantizar, en igualdad de condiciones con los hombres los derechos a votar y ser electa; participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, ocupar cargos públicos, y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales, participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.
En México, a principios de los noventas, es cuando surge el IFE como un organismo autónomo, con la finalidad de proporcionar una respuesta a las diversas exigencias ciudadanas en ese momento, de contar con una institución imparcial, que impregne certeza, transparencia y legalidad a los procesos electorales celebrados en el territorio nacional. Al formar parte del Estado Mexicano, el IFE, desde su creación, asumió los compromisos surgidos de la citada Convención.
Sabemos que para 1997, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, emitió la Recomendación General Número 23, respecto a vida política y pública, entre dichas recomendaciones encontramos que los Estados miembros tienen que: a) lograr un equilibrio entre mujeres y hombres que ocupen cargos de elección pública; b) asegurar que las mujeres entiendan su derecho al voto, la importancia de este derecho y la forma de ejercerlo, c) asegurar la eliminación de los obstáculos de igualdad, entre ellos, los que derivan del analfabetismo, el idioma, la pobreza o los impedimentos al ejercicio de la libertad de circulación de la mujeres; d) ayudar a las mujeres que tienen estas desventajas a ejercer su derecho a votar y ser elegidas, e) la igualdad de representación de las mujeres en la formulación de la política gubernamental; f) su goce efectivo de la igualdad de derechos de ocupar cargos públicos; g) su contratación de modo abierto con la posibilidad de apelación, entre otras.
A la fecha, en materia electoral hemos alcanzado avances significativos hacia la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, pues en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE), actualmente se señala como derecho de los ciudadanos la igualdad de oportunidades y la equidad entre hombres y mujeres para tener acceso a cargos de elección popular lo cual a la par constituye una obligación para la los partidos políticos generar esas condiciones (art. 4, párrafo 1).
La declaración de principios de los partidos políticos debe contener la obligación de promover la participación política en igualdad de oportunidades y equidad entre hombres y mujeres (artículo 25, inciso d). Los partidos políticos también deben garantizar la equidad y procurar la paridad de los géneros en sus órganos de dirección y en las candidaturas a cargos de elección popular (art. 38, párrafo 1, inciso s), así como promover y garantizar la igualdad de oportunidades y procurar la igualdad de género en la vida política del país, a través de postulaciones a cargos de elección popular en el Congreso de la Unión
(art. 218, párrafo 3).
Aunado a lo anterior, el COFIPE regula la existencia de cuotas de género para la conformación de fórmulas de candidatos de los partidos políticos (arts. 219, párrafo 1 y 220), y mandata que para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres, los partidos políticos destinen anualmente, el 2% del financiamiento (art. 78, párrafo 1, inciso a), fracción V). Respecto a este tema, el Reglamento de Fiscalización, aprobado por el Consejo General del IFE, el 4 de julio pasado, incluyó nuevos mecanismos cualitativos y cuantitativos para un mejor control, pues no podíamos seguir tolerando el desvío de esos recursos públicos en abanicos, mandiles, fumigaciones, etc.
México, aún no alcanza el nivel de madurez que requerimos en cuanto al respeto y ejercicio de los derechos político-electorales de la mujer, lo que se refleja en los resultados de la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México (Enadis 2010), en la que se hace referencia a que 3 de cada 10 mujeres pide permiso o avisa para decidir por quién votar, es decir, que todavía existe la sumisión a alguien o a algo, todavía hay obstáculos para el pleno desarrollo de la mujer en la vida pública y política.
LA PERSPECTIVA DE GÉNERO DEBE PERMEAR AL INTERIOR DE LAS INSTITUCIONES
Desde nuestra casa laboral, la "casa de la democracia" es donde cobran relevancia los cambios en la cultura organizacional, con el fin de que se viva la igualdad y la equidad. Espero que el presupuesto, que la Cámara de Diputados está próximo a aprobar para el IFE, aplicable al gasto por cuestiones de género, se comprenda el sentido restrictivo de etiquetarlo a cuestiones de capacitación, que traducido al quehacer de esta institución, implica, en la realidad, una actividad vinculada hacia afuera de la institución, esto es: con y para la ciudadanía y no tiene una connotación laboral amplia, es decir que comprenda el desarrollo de las capacidades de las mujeres trabajadoras del IFE, sea las que integren el servicio profesional electoral o las que formen parte de la gran franja del personal administrativo.
Para el año que corre se aprobaron ocho millos de pesos y seguro será más para el próximo año electoral. ¿Cómo vamos a lograr el progreso de nuestras trabajadoras del IFE si no se cuenta con los recursos destinados para esos logros? Recordemos que el artículo primero constitucional, recientemente reformado, determina que todas las autoridades, en el ámbito de nuestras competencias, tenemos la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, se debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos.
La presencia femenina en el Instituto, desde el corte incorporado en el Diagnóstico sobre Discriminación; Equidad Laboral y Cultura Democrática al interior del IFE, de 2009 a diciembre de 2010, se observa que el Servicio Profesional Electoral tiene una integración mayoritariamente masculina, pues se conforma por un 80 por ciento de hombres y un 20 por ciento de mujeres. Debe destacarse que ésta es una diferencia muy importante con respecto a lo que ocurre en la rama administrativa donde, con corte a diciembre de 2010, 46.8 por ciento del personal del Instituto son mujeres y 53.2 por ciento hombres. Obviamente es de señalar que en su mayoría los cargos directivos no están encabezados por mujeres.
El pasado 10 de junio, el IFE llevó a cabo el Primer Encuentro con Perspectiva de Género, Querétaro 2011, en el que, entre otras cosas, se evidenció que aún quedan pendientes: a) el diseño, planeación y desarrollo de cursos que contribuyan a un ambiente laboral digno; b) establecer convenios de colaboración con instituciones gubernamentales y de organizaciones de la sociedad civil con propuesta de realizar actividades de sensibilización y capacitación al interior en la materia, c) realizar un análisis jurídico a fondo de la normativa del IFE que sea congruente con la política y declaración de no discriminación a favor de la equidad laboral y de una cultura democrática. Estoy convencida que las mujeres deben seguir aspirando ascensos en cargos del IFE y participar en las convocatorias respectivas; así como redoblar esfuerzos para lograr más espacios de mando en la institución. Cabe advertir que deliberadamente hemos acordado que las sedes de estos encuentros sean en aquellos Estados cuyas Vocalías Ejecutivas Locales están capitaneada por una mujer, a la fecha sólo son tres (Querétaro, Zacatecas y Baja California) y estaremos en espera de que antes de 2014 haya nuevas sedes en dónde celebrar con el mismo ímpetu estos eventos que refrenden y rindan frutos los compromisos suscritos en "La Declaración Queretana", para seguir fomentando y propiciando la igualdad de Género en el IFE.
Como presidenta de la Comisión del Servicio Profesional Electoral en el IFE, reconozco que han existido logros vinculados con acciones afirmativas; por ejemplo, en el Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal, se incluyó el derecho de los trabajadores a no ser discriminados y su correlativa obligación de realizar todo aquello que no implique prácticas discriminatorias; se crearon condiciones de trabajo para favorecer la equidad entre el personal, así como mecanismos tendientes a eliminar toda forma de hostigamiento o desigualdad laboral,
Se incluyó la prohibición de que existan criterios discriminatorios que excedan los requerimientos específicos necesarios para desempeñar el puesto, y que vulneren la igualdad de oportunidades o equidad de género para el acceso y ascenso del empleo; además que, entre otras cosas, se incorporó la Licencia de Paternidad como derecho.
Efectivamente, queda mucho por hacer, pero el IFE ha asumido el compromiso de cumplir con lo dispuesto en la CEDAW, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, lo cual es acorde con la nueva filosofía jurídica asumida por la Corte en cuanto al control de convencionalidad, que si bien se encuentra dirigida principalmente a los órganos con atribuciones jurisdiccionales, las autoridades administrativas y los órganos autónomos también tenemos la obligación de velar por los derechos humanos, entre los que se encuentra la protección de los derechos de las mujeres, máxime si consideramos que la discriminación es consecuencia del nacimiento de estereotipos en ámbitos que van desde el familiar y trascienden lo laboral, por lo que debemos actuar en varios niveles, en nuestras propias ideas, creencias, concepciones como personas, al interior de las familias, las escuelas, los espacios públicos, y desde luego en el quehacer interior de TODAS las instituciones públicas, con sus empleadas.
Los servidores públicos debemos seguir trabajando, acatando la normatividad nacional e internacional con una interpretación conforme, y acelerar el paso en la implementación y seguimiento de acciones afirmativas para que no transcurran otros 30 años que aplasten o brinquen a toda una generación de mujeres en ambientes familiares, educacionales y
laborales adversos.
La discriminación por razón de género afecta a millones de mujeres, por lo que un día más sin accionar a favor de la igualdad sustantiva, un día más sin respetar la CEDAW como funcionarios públicos, es un día menos de respeto a la vida y decisiones de esas mujeres en perjuicio de la propia sociedad mexicana y del mundo.
Por eso estoy convencida que la mejor forma de celebrar un aniversario más de la entrada en vigor de la CEDAW es ser proactivos en el servicio público -además de nuestros hogares-, no cejar en nuestros esfuerzos, pues la casa de la democracia debe, en este rubro, ser ejemplo del adjetivo que profesa.
Las estrategias del IFE
En el ejercicio de sus facultades y atribuciones, el Instituto Federal Electoral (IFE) ha enfocado sus esfuerzos a colocar la equidad de género como una prioridad, cito algunos ejemplos.
En las Políticas y Programas Generales de 2012, se determinó que como uno de los objetivos específicos para todas las Unidades Responsables, será el Programa Integral en contra de la Discriminación, y a favor de la Equidad Laboral y de una Cultura Democrática.
En lo referente a la Educación Cívica, el pasado 2 de febrero, fue aprobada la Estrategia Nacional de Educación Cívica para el Desarrollo de la Cultura Política Democrática en México 2011-2015 (ENEC), siendo el principio de equidad, uno de los que rige todos los programas y proyectos de la ENEC, además de que en dicha estrategia, también se contempla a los diversos grupos de población, como por ejemplo la indígena. Entre los diferentes programas de la Estrategia citada, resaltan el "Fomento de prácticas y políticas en equidad y desarrollo", y de "Fomento de prácticas y políticas para la participación política democrática y equitativa." (Vid. www.ife.org.mx/docs/IFE-v2/DECEYEC/SeguimientoDeProgramas/ENEC_2011-2015...)
En el ámbito de la Difusión y Campañas Institucionales, próximamente el Instituto será coproductor del video documental denominado "LAS SUFRAGISTAS", mediante el cual se pretende dar a conocer la lucha de las mujeres para obtener su derecho al sufragio, la realidad de inequidad que aún impera, además de contribuir a la promoción del voto femenino.
Aunado a lo anterior, dado que estamos próximos al proceso electoral del 2012, se realizará un spot de radio y televisión respecto a la relevancia del voto femenino.
* Consejera del Instituto Federal Electoral. Única mujer con voto en el máximo órgano de dirección
Saludos
Rodrigo González Fernández
Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU
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