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viernes, diciembre 10, 2010

LAS IDEAS LOCAS DE UN POLITICO DE IZQUIERDA"PROGRE"


Tucapel Jiménez (PPD) propone trasladar a reos de San Miguel a Punta de Peuco o Penal Cordillera

Medida busca acomodar al resto de los internos de la torre quemada ante la dificultad para reasignar celdas.

por: La Segunda Online
viernes, 10 de diciembre de 2010

El diputado PPD y miembro de la Comisión de Derechos Humanos, Tucapel  Jiménez, propuso este viernes trasladar temporalmente a la cárcel de Punta de Peuco y el Penal Cordillera a los internos de la torre quemada número 5 de la cárcel de San Miguel, debido a la dificultad existente para reasignar celdas.

Jiménez manifestó que "siempre he dicho que nuestro país existe desigualdad hasta en los presos, ya que mientras a algunos se les ha construido cárceles especiales y de lujo, otros cumplen su condena hacinados  y en forma indigna".

Por ello, propone habilitar instalaciones de la cárcel Punta de Peuco y el Penal Cordillera para recibir a los presos de los pisos inhabilitados en San Miguel y evitar así, un aumento explosivo y peligroso de la sobrepoblación penitenciaria en ese recinto.

"Me he enterado que los presos serán reasignados a otras celdas en el mismo recinto carcelario, esto empeorará aún más el hacinamiento que ya existe. Tampoco podemos destinarlos a otras cárceles, ya que todas tienen el mismo problema. En Punta de Peuco sobra espacio o al menos no existe hacinamiento", indicó Jiménez.

El parlamentario aclaró que "esta propuesta no busca provocaciones, sino más bien una solución temporal y práctica a la crisis penitenciaria que existe en el país. Ojala que sea tomada en serio por las autoridades".

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Rodrigo González Fernández
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defensoria-del-pueblo-celebran-aniversario-de-la-declaracion-universal-de-los-derechos-humanos-en-lima

Defensoria del Pueblo celebran aniversario de la Declaracion Universal de los Derechos Humanos en Lima

La celebracion no era para menos. Hace 60 anos, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobo la Declaracion Universal de los Derechos Humanos. Por tal motivo, jovenes, cantantes y grupos artisticos se reunieron en un evento convocado por la Defensoria del Pueblo para ratificar el compromiso de velar y defender la vigencia de tales derechos. Con este motivo y con el interes de compartir esta celebracion con la poblacion de todas las edades, en el Anfiteatro "Nicomedes Santa Cruz" del Parque de la Exposicion se llevo a cabo un concierto en el que actuaron diversos cantantes. Con esta actividad, la Defensoria del Pueblo cerro la Campana Nacional "Conociendo tus derechos te haces respetar". Cabe recordar, que en el marco de esta campana, durante las ultimas semanas, con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, se realizo una serie de actividades, que incluyeron charlas en colegios de diversos puntos del pais, a cargo de comisionados de la Defensoria del Pueblo, asi como la publicacion de material informativo, distribuido en centros educativos, universidades y vehiculos de transporte publico
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Fuente:http://www.levantamostuempresa.es/motivacion/comunicacion/hablar-en-publico/defensoria-del-pueblo-celebran-aniversario-de-la-declaracion-universal-de-los-derechos-humanos-en-lima
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Jorge Segovia pone en duda la urgencia con que la ANFP llamó a elecciones

SIGUE ESCANDALO EN LA ANFP

Jorge Segovia pone en duda la urgencia con que la ANFP llamó a elecciones

El dirigente reclama que se cite a asamblea "sin que previamente se juzgue y verifique la capacidad legal para actuar del directorio".

Emol
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Viernes 10 de Diciembre de 2010 16:16

SANTIAGO.- Un capítulo más. El ahora inhabilitado Jorge Segovia puso en duda la urgencia con que la ANFP citó a elecciones para presidente del organismo, después que el ente rector del fútbol confirmara que los nuevos comicios se realizarán el próximo 7 de enero.

Al empresario español le llamó la atención esta citación y envió un comunicado en el que reclama por el hecho.

Según el escrito, el llamado "una vez más refleja el total desapego a la democracia y juego limpio demostrado en el proceso eleccionario".

Agregan que "nos llama la atención que un directorio en ejercicio, en el cual la mayoría de sus miembros están sujetos a causa de inhabilidad, convoque a unas elecciones con tanta urgencia sin que previamente se juzgue y verifique su capacidad legal para actuar".


Segovia pide además conocer "las declaraciones juradas de todos los integrantes de la "Lista B", derrotada en las elecciones e  integrada por los señores Harold Alfred Mayne-Nicholls, Valentín Cantergiani, Felipe Israel, Cesare Rossi, Jorge Contador, Juan Ramírez y Guillermo Vera, respecto a que todos ellos cumplen lo dispuesto en el articulo 164 (letra i) del Reglamento de la corporación, las que, según se señala, les fueron solicitadas el día 9 de noviembre pasado. Entendemos que un mes es tiempo más que suficiente para entregar dichas declaraciones y por tanto deben estar ya en poder de la ANFP".


Finalmente la lista opositora considera "indispensable que el directorio en ejercicio de la ANFP precise si su afirmación relativa a 'dirigentes relacionados con la Lista B' alcanza también a don Nicolás Abumohor Touma, miembro del Tribunal de Honor y propietario con su familia del club O´Higgins".

Cabe recordar que Jorge Segovia fue electo como presidente de la ANFP el pasado 4 de noviembre, pero de acuerdo al artículo 164 letra i de los estatutos de la ANFP no puede asumir el cargo. Por esta situación en la ANFP se citó a nuevas elecciones.


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BUZEK INTERCEDE ANTE RAUL POR FARINAS

BUZEK INTERCEDE ANTE RAUL POR FARINAS

El presidente del Parlamento Europeo, Jerzy Buzek.

(Radio Martí, 10/12/10) - El presidente del Parlamento Europeo, Jerzy Buzek, solicitó al gobernante cubano Raúl Castro que permita a Guillermo Fariñas acudir a Estrasburgo para recoger en persona la semana entrante el premio Andréi Sájarov a la Libertad de Conciencia 2010.

En una carta dirigida a Castro, Buzek señaló que la concesión de los permisos necesarios sería apreciada por la Eurocámara y tendría un impacto positivo en las relaciones de Cuba con la Unión Europea.

Fariñas protagonizó una huelga de hambre de 135 días para demandar la excarcelación de los presos políticos enfermos. El Parlamento Europeo otorgó el mes pasado su distinción al sicólogo y periodista villaclareño.

Horas antes del Día Internacional de los Derechos Humanos, el opositor declaró que los cubanos de a pie son como los esclavos de la plantación, porque tienen que pedir permiso al gobierno para viajar.

El psicólogo de la raza negra, desde su casa en Santa Clara, tiene un anhelo de lo más simple. Desea visitar la ciudad francesa de Estrasburgo para recoger el Premio Sájarov a la Libertad de Conciencia que le otorgó el Parlamento Europeo.

Es un honor ese premio, dijo Fariñas, a quien le encantaría poder viajar a Europa con su madre. Ha llenado los papeles y ha hecho los trámites, pero aún no tiene el permiso, o la tarjeta blanca. El disidente lamentó que necesita un papel con permiso.

Volviendo al tema de la esclavitud, explicó su punto. "Nosotros tenemos que pedir una carta blanca para viajar. Los esclavos de plantación del siglo pasado tenían que pedir una carta de libertad para salir de la plantación".

La ceremonia en Estrasburgo es el 15 de diciembre. Fariñas piensa que no podrá salir, porque el gobierno comunista no quiere que salga y no quiere que se pronuncie a favor de la Posición Común de la Unión Europea, "que se atreve a pedir el respeto a los derechos humanos en Cuba".
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EL TREMENDO DESCARO DE LAGOS ESCOBAR: NO HAY NADA QUE RECONOCER DE SU GOBIERNO


Von Baer responde a Lagos: Hizo tres cárceles de las diez que prometió

Lejos de enfriar el debate por el enfrentamiento entre el Presidente y el ex Mandatario, la portavoz de La Moneda recordó las promesas incumplidas del mandato de Lagos.

Emol
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Viernes 10 de Diciembre de 2010 17:08

SANTIAGO.- La vocera de Gobierno, Ena von Baer, replicó hoy duramente a los cuestionamientos que el ex Mandatario Ricardo Lagos  le hizo cara a cara al Presidente Sebastián Piñera en el contexto de la polémica que ha generado la muerte de 81 reos en la cárcel de San Miguel.

"Siento que en las declaraciones de sus ministros no ha habido ningún reconocimiento a los avances logrados durante mi gobierno en materia de política carcelaria", le dijo ayer Lagos al Jefe de Estado en alusión a los dichos del ministro Felipe Bulnes, quien señaló que la crisis carcelaria fue "un problema heredado".

Lejos de enfriar el debate por la escena que ocurrió al finalizar la ceremonia de entrega del informe anual de DD.HH., Von Baer le recordó a Lagos las promesas incumplidas de su mandato en esta materia.

"Nos eligieron realmente para enfrentar los problemas, no para buscar los culpables, sino que para decir las cosas como son", dijo la ministra en radio Bío-Bío. "Tenemos un hacinamiento en las cárceles hace muchísimos años que el ex Presidente Lagos el año 2002 prometió terminar. Él prometió diez cárceles durante su mandato y sólo pudo concretar tres, y hasta el día de hoy sólo tenemos funcionando seis", agregó.

La secretaria de Estadio afirmó que "acá se hizo en su momento un ofertón de cárceles, 15, de las cuales al día de hoy tenemos funcionando sólo seis (...) Hagámonos cargo de las realidades, no para la pelea política pequeña, sino que para poder enfrentar los problemas".

Asimismo, Von Baer desmintió al senador democratacristiano Andrés Zaldívar, quien acusó que el Gobierno redujo en 40% la inversión carcelaria: "Eso no es así (…) Nosotros estamos haciendo un esfuerzo como Gobierno para que funcione mejor nuestro sistema carcelario".


"Nos hubiese gustado que durante los gobiernos de la Concertación existiese la preocupación que tienen hoy respecto a Gendarmería y respecto al funcionamiento de las cárceles", concluyó la vocera.

Fuente:EMOL
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Presidente Piñera: "No vamos a debilitar nuestro combate frontal y decidido contra la delincuencia"

Presidente Piñera: "No vamos a debilitar nuestro combate frontal y decidido contra la delincuencia"

El Mandatario salió al paso de las críticas a las políticas antidelincuencia del gobierno que han surgido tras el incendio en la cárcel de San Miguel.

por La Tercera - 10/12/2010 - 14:33

Un fuerte respaldo a la política antidelincuencia implementada por el gobierno en materia de delincuencia dio hoy el Presidente Sebastián Piñera. Esto, tras las críticas surgidas en esta materia por parte de algunos parlamentarios de la Concertación y por el Presidente de la Corte Suprema, Milton Juica.

Ante los cuestionamientos, el Presidente afirmó hoy que "no vamos a debilitar nuestro combate frontal y decidido contra al delincuencia, porque ésa es la única forma de devolverle a la gente honesta su derecho a vivir con mayor seguridad y con mayor paz".

"Pero simultáneamente con reforzar este combate decidido y eficaz contra la delincuencia, tenemos plena conciencia de que tenemos que mejorar las condiciones de vida de los chilenos que están privados de libertad", agregó el Mandatario, durante una visita al bombero Daniel Sarabia, quien sufrió fracturas en ambos pies, durante las labores de rescate del incendio en el penal de San Miguel.

Piñera agregó que "es evidente que el problema de las condiciones inhumanas de hacinamiento que se viven en nuestras cárceles es un problema que se arrastra hace muchas décadas, pero la preocupación de nuestro gobierno no es concentrarse en mirar hacia atrás y ver quiénes son los responsables. Nuestra prioridad está en mirar hacia adelante y encontrar las soluciones".

Además, reiteró parte de los anuncios que fueron dados a conocer el pasado 15 de octubre, día en que se presentó el plan para reformar el sistema carcelario, que incluye cárceles modulares, y una fuerte inversión destinada a mejorar la calidad de vida de los internos, reducir el hacinamiento, mejorar la alimentación y las condiciones de salud, las oportunidades de trabajo y la capacidad de reinserción laboral y social una vez que hayan cumplido sus penas, según dijo el Mandatario.

Ese plan, además, contempla la construcción y ampliación de algunos recintos penitenciarios.

Tras el incendio en la cárcel de San Miguel, varias voces de la Concertación cuestionaron la política de "tolerancia cero" contra la delincuencia propuesta por el actual gobierno. Parlamentarios como el diputado DC Jorge Burgos y su par del PPD Felipe Harboe pidieron apurar la tramitación de la ley que establece penas alternativas para una serie de delitos, además de poner más énfasis en la rehabilitación.

A estos cuestionamientos se sumaron las palabras del Presidente de la Corte Suprema, Milton Juica, quien ayer dijo que "los sistemas de solución alternativa de conflictos, de libertades condicionales, no funcionan, porque hay un mensaje muy fuerte en el sentido de que no es bueno que las personas salgan en libertad, ya que el mensaje de los políticos es que 'lo mejor sería que todas las personas estuvieran presas y no en libertad'. Esas son las consecuencias que se provocan".

VOCERA REFUTA

La ministra secretaria general de Gobierno, Ena von Baer, salió al paso de las reacciones que generó en la oposición las voces que hablan de una situación heredada de los gobiernos concertacionistas.

Al respecto, la secretaria de Estado aeguró que "aquí no se trata de echarle la culpa a alguien, sino de establecer hechos que son reales"

"El ex presidente Lagos el año 2002 prometió que iba a terminar con el hacinamiento en las cárceles. Sin embargo, de las diez cárceles que prometió, durante su mandato sólo se concretaron tres. Y ocho años después de esa promesa, recién tenemos funcionando seis cárceles. El problema del hacinamiento lo tenemos hasta el día de hoy", agregó.

Finalmente, la vocera descartó que en el presupuesto haya existido una disminución para el sistema carcelario, y dijo que la partida para Gendarmería aumentó en un 11%

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participacion ciudadana: Aprueban cambios a Ley del Congreso Nacional para facilitar acceso del público a las comisiones

AVANCES EN PARTICIPACION CIUDADANA

Aprueban cambios a Ley del Congreso Nacional para facilitar acceso del público a las comisiones

Publicado el 10 de diciembre del 2010

Comisión de Constitución despachó moción de diputados que fortalece el trabajo parlamentario dando más transparencia a la actividad legislativa.

    La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a la Sala un proyecto de ley de origen parlamentario que modifica la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional con el propósito de dar más transparencia al trabajo legislativo permitiendo el acceso del público a las comisiones especializadas.

    La última reforma de amplio alcance a la LOC del Congreso entró en vigencia en julio pasado y en su artículo 5-A establece que "las sesiones de comisión se realizarán sin la asistencia de público, salvo acuerdo en contrario adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros", precisando en otro inciso que los materiales de registro de dichas comisiones, como grabaciones y apuntes, tampoco serán públicos.

    Ante tal situación, diez diputados de diversas bancadas presentaron un proyecto que reforma dicha normativa con el propósito de permitir un mejor trabajo parlamentario, facilitando el acceso del público a las sesiones de comisión y a los materiales de registro de la secretaría de éstas y de los comités, como también regular la asistencia de los asesores parlamentarios.

    La propuesta fue objeto de amplio debate parlamentario en la Comisión de Constitución, donde se le introdujeron indicaciones que reforzaron la orientación hacia mayores niveles de transparencia en el trabajo parlamentario.

    De esta forma, los integrantes de la Comisión de Constitución presentaron una indicación que fue aprobada y donde se dispone que las comisiones deberán publicar en los sitios electrónicos de las respectivas cámaras los acuerdos adoptados, los informes que emitan, los antecedentes considerados en sus sesiones, la asistencia de los parlamentarios e invitados, las votaciones y el registro de audio del debate desarrollado en ellas.

    De igual forma, se resolvió que las comisiones podrán autorizar el ingreso de público a las sesiones por acuerdo adoptado por la mayoría de los diputados y senadores presentes.

    La indicación establece que la sesión de Sala y de Comisiones podrán ser declaradas secretas cuando se afecten derechos de las personas o la seguridad nacional, para lo cual se requerirá el acuerdo de los dos tercios de los parlamentarios en ejercicio.

    La iniciativa legal deberá ahora ser votada en particular por la Sala con las modificaciones introducidas por la Comisión de Constitución.
    WWW.PARCIUDADANA.BLOGSPOT.COM



     

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    Diputado Santana valora normalización de servicios básicos en casco norte de Chaitén

    Diputado Santana valora normalización de servicios básicos en casco norte de Chaitén

    Publicado el 10 de diciembre del 2010

    El diputado Alejandro Santana, quien acompañó al Intendente en el anuncio, destacó la responsabilidad con que el Presidente Piñera tomó la decisión de mantener a Chaitén como capital provincial de Palena y terminar con el proyecto Santa Bárbara.

      Tras conocerse estudios sobre suelo y ceniza, el Gobierno normalizará los servicios públicos básicos en el casco norte de Chaitén, según informó en Puerto Montt el intendente Juan Sebastián Montes, quien estuvo acompañado por el senador Carlos Kuschel (RN) y el diputado por Chiloé y Palena, Alejandro Santana (RN), entre otros personeros.

      "Según se informó, el Presidente Piñera prefirió mantener a Chaitén como la capital provincial de Palena y terminar con el proyecto Santa Bárbara, que trató de impulsar la Concertación", destacó el diputado Santana.

      El parlamentario, quien había solicitado al Mandatario nuevos estudios sobre Chaitén cuando asumió el Gobierno, indicó que tras conocerse dichos estudios se concluyó que la zona es habitable y transitable, lo que permitirá restablecer los servicios básicos en el casco norte de la ciudad.

      "Tanto el análisis de los metales pesados, de ceniza y material particulado respirable y de riesgo de aluvión concluyen que la zona es habitable y transitable, pero que se encuentra sujeta a riesgos permanentes, en especial para la propiedad y las construcciones, que hacen que la habitabilidad quede restringida a la parte norte de la ciudad. Pero ese riesgo no es absoluto, por lo que se restablecerán los servicios básicos de luz y agua y su operación quedará sujeta a nuevas evaluaciones de riesgo", explicó.

      El parlamentario dijo que el Gobierno además reiteró su compromiso de continuar con el mejoramiento y mantenimiento de la carretera austral; seguir con los proyectos en estudio y ejecución, como la relocalización definitiva del puerto en Fandango; la restitución del aeropuerto y la apertura y mantención de la red vial.

      Destacó que el Ejecutivo haya realizado estos estudios exhaustivos con todos los antecedentes, valorando los aportes hechos de todos los sectores, lo que también permitió decidir que no se continuará a corto plazo con la construcción de una nueva ciudad en Santa Bárbara.

      Enfatizó que "a contar de hoy la gente que vive en Chaitén, que puede reubicarse en el casco norte, va a tener el apoyo del Gobierno y va a ser un escenario sustentable en el tiempo. Creo que hay que reconocer el compromiso y responsabilidad del Ejecutivo de realizar estos estudios para conocer los riesgos y evitar que ocurra lo que pasó en Arica".

      Dijo que también hay que hacer un reconocimiento a la gente que ha permanecido de manera valiente en la zona durante todo este tiempo y estimó que detrás de esta desgracia hay una tremenda oportunidad de hacer un Chaitén emprendedor, cuya principal actividad económica será el turismo.

      Indicó que el crecimiento del casco norte de Chaitén dependerá de la demanda e interés por retornar a la zona, lo que es muy difícil de medir hoy día, pero que considera facilitar todas las condiciones para que la gente viva de manera saludable. "A medida que la población crezca, Chaitén va a tener los recursos y servicios de acuerdo al número de personas que van habitar la ciudad", planteó.

      Sostuvo que "hoy hemos sido testigos de un hecho histórico que demuestra cómo hay que hacer las cosas, de manera responsable y prudente, con toda la información para que la gente pueda tomar la decisión de establecerse o no en Chaitén".

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      RN admite contactos con la DC en medio de debate por ampliación de la Concertación

      RN admite contactos con la DC en medio de debate por ampliación de la Concertación

      El vicepresidente del partido, Manuel José Ossandón, dijo que muchos miembros de la colectividad liderada por Ignacio Walker se sienten en "corral ajeno" en el bloque opositor.

      Emol
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      Viernes 10 de Diciembre de 2010 11:37
      ''Conversar con gente de otros partidos no tiene nada de malo, además no le he ofrecido nada a nadie'', indicó el vicepresidente de Renovación Nacional, Manuel José Ossandón, sobre sus contactos con la DC.
      Foto: Luis Quinteros, El Mercurio

      SANTIAGO.- "Es cosa de abrir los ojos y ver que la mayoría de los votantes de la DC tienen un espíritu completamente distinto a la izquierdización de la Concertación".

      Con estas palabras, el vicepresidente de Renovación Nacional, Manuel José Ossandón, explicó esta mañana las razones que han llevado a su partido a mantener conversaciones con algunos representantes de la Democracia Cristiana.

      Esto, en medio de la polémica que se ha generado en el conglomerado opositor por la eventual ampliación del bloque.


      "El hecho de conversar con gente de otros partidos no tiene nada de malo, además en las conversaciones que he tenido no le he ofrecido nada a nadie", indicó el alcalde de Puente Alto en radio Cooperativa.

      Según el edil, "los fundadores de la Falange deben saltar en la tumba cuando ven acuerdos electorales con el PC, con quienes no tengo nada en contra, pero uno cuando hace acuerdos lo hace por lo que uno sueña por el país y ahí hay claramente caminos distintos".

      Ossandón también afirmó que ya no se justifica la presencia de la DC en la Concertación. "Creemos que la DC es un partido importante para Chile y no se puede desarmar por un tema de oportunismo, cuando se metió a la Concertación era porque tenían un fin claro, estaba Pinochet, pero eso pasó de moda y perdieron el Gobierno, entonces ni siquiera el poder los une", declaró.

      Por último, el personero de RN recalcó que "somos respetuosos de que la DC es parte de la Concertación, pero hay que ser objetivos y ver que es lo que piensa la mayoría de los democratacristianos y se sienten en corral ajeno".


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      Presidente Juica: “Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este”

      Presidente Juica: "Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este"

      El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan, sostuvo

       

      PRESIDENTE JUICA: "ES IMPROPIO QUE UN ESTADO TENGA UN SISTEMA CARCELARIO COMO ESTE"

      El presidente de la Corte Suprema, ministro Milton Juica Arancibia, se reunió esta mañana con la fiscal judicial de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, para conocer los últimos antecedentes referidos al incendio ocurrido la madrugada del miércoles 8 de diciembre, en el Centro de Detención Preventiva de San Miguel, y que costó la vida de 81 internos.

       

      Tras la reunión, el titular del máximo tribunal compartió la preocupación manifestada por la fiscal Mónica Maldonado, en orden a que se hace impostergable implementar soluciones definitivas al hacinamiento y entregar las condiciones que permitan la reinserción de quienes cometen delitos.

       

      "Es impropio que un Estado tenga un sistema carcelario como este. Es una cosa pública y notoria que los sistemas carcelarios en Chile están colapsados y, por lo tanto, hay que hacer todos los esfuerzos posibles a nivel político y a nivel de gobierno para mejorar ese estándar. El estándar de Chile es un estándar deficitario y eso nadie lo puede poner en duda", sostuvo el presidente Juica.

       

      El alto magistrado agregó que "nadie puede ignorar todo el esfuerzo que ha hecho la Fiscal de la Corte Suprema, quien desde hace mucho tiempo que se constituye y ha reclamado de la situación carcelaria, eso es de conocimiento público. Desde el punto de vista del Poder Judicial hemos hecho lo que debíamos hacer y puesto en conocimiento de quien corresponde la situación carcelaria (…) Siempre hemos dicho que los recursos no son suficientes, que hay sobrepoblación, que los reclusos están hacinados y que todos los problemas que se pueden producir se deben a las deficiencias penitenciarias".

       

      Al ser consultado, por la posibilidad de que un hecho como el ocurrido la cárcel de San Miguel vuelva a presentarse en otro penal, indicó: "si estamos en una situación en que hay una sobrepoblación aproximada de entre  70% a 90% y en algunas partes del 100% de la población, indudablemente no hay  control. Además, hay un déficit de funcionarios penitenciarios evidente. Esos factores no son los adecuados para neutralizar cualquier tipo de conflicto como el que lamentablemente ocurrió. Es impensable que un recinto penitenciario quede a cargo de 5 gendarmes cuando hay cerca de 2 mil personas, (porque) en una situación de conflicto no sé qué pueden hacer".

       

      Por último, advirtió sobre el creciente número de personas privadas de libertad, que empinan a Chile como uno de los países con mayores índices por cada 100 mil habitantes de toda América. "No puede ser que este país con una gran grado de desarrollo económico presente ese tipo de antinomia que nos ponen en el concierto internacional como un país que tiene más presos que otros de menor desarrollo económico (…) Hay otras medidas alternativas que no funcionan. No funcionan adecuadamente los mecanismos de solución alternativa de conflictos, las libertades condicionales, porque también hay que decirlo, hay un mensaje muy fuerte de que no es bueno que las personas salgan en libertad. El mensaje político del momento es que lo mejor es que todas las personas estuvieran presas y no en libertad… Estas son las consecuencias que se provocan", concluyó

       


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      CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

       CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

      En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

       

      Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

       

      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

      El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

       

      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       
       CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

      En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

       

      Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

       

      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

      El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

       

      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       

       CORTE SUPREMA Y CORTE DE SANTIAGO DICTAN RESOLUCIONES RELACIONADAS CON LEY DE TRANSPARENCIA

      Dos resoluciones ligadas a  la Ley de Transparencia fueron dictadas por la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones de Santiago, respectivamente, en fallos que validan el acceso a la información pública por parte de ciudadanos.

       

      En el primer caso, la Tercera Sala del máximo tribunal del país (en causa rol 6787-2010) acogió un recurso de queja presentado por Héctor Guzmán Rojas en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (causa rol 1426-2010), que había declarado  inadmisible un recurso de reclamación presentado en  contra de la decisión del  Fiscal Nacional del Ministerio Público que negó acceso a información solicitada.

       

      En fallo dividido, los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron acoger el recurso especial y ordenaron que una sala no inhabilitada del tribunal de alzada porteño, analice el fondo del asunto planteado.

       

      Los magistrados sostienen que en el caso del Ministerio Público, el Tribunal Calificador de Elecciones y el Tribunal Calificador de Elecciones, no es necesario recurrir al Consejo para la Transparencia para requerir algún tipo de información pública.

       

      "Que del claro tenor de las disposiciones legales recién transcritas aparece que el reclamo interpuesto por don Héctor Guzmán Godoy fue correctamente deducido ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, puesto que tratándose de las instituciones expresamente señaladas en el artículo 9º de la Ley N° 20.285 el ejercicio de la acción se verifica directamente ante dicho organismo jurisdiccional y, por tanto, no es acertado afirmar que constituya un trámite previo o intermedio para ello interponer el reclamo ante el Consejo para la Transparencia. Por consiguiente, es errónea la resolución de los sentenciadores", dice la resolución.

       

      Agrega que: "dicha conclusión guarda armonía con la preceptiva constitucional que consagra la autonomía del Ministerio Público y en tal perspectiva no resulta aceptable que un órgano que forma parte de la Administración del Estado -Consejo para la Transparencia- juzgue y eventualmente sancione a dicho organismo".

       

      Y concluye: "es así que el Tribunal Constitucional en el ejercicio del control de constitucionalidad de la ley citada declaró que el inciso segundo del artículo 9° es constitucional en el entendido que no resulta aplicable al Ministerio Público, al Tribunal Constitucional ni al Tribunal Calificador de Elecciones lo dispuesto en el artículo 8º del Título III de la Ley de Transparencia de la Función Pública y el Acceso a la Información de la Administración del Estado, que es aprobada por el Artículo 1° del proyecto sometido a control. En el mismo sentido, declara que los incisos cuarto y quinto del artículo 9° son constitucionales en el entendido que las normas generales que dicte el Consejo para la Transparencia, en ejercicio de sus potestades legales, no son vinculantes para el Ministerio Público, para el Tribunal Constitucional ni para el Tribunal Calificador de Elecciones".

       

      La decision se adoptó con el voto en contra de la ministra Araneda, quien fue partidaria de rechazar el recurso de queja planteado.

       

      En la segunda resolución, la Corte de Apelaciones  de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por el Servicio de Salud Metropolitano Oriente en contra de la decision que ordenó entregar información relativas a copias de las actas de incautación de materias primas utilizadas en la elaboración de drogas.

       

      El Consejo de la Transparencia había accedido a la entrega parcial de la información, eliminando los datos relacionados con las personas que firman las actas, hecho que fue refrendado por  la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Raúl Rocha, Alejandro Madrid y la abogada Regina Clark.

       

      "Esta Corte estima que las causales de reserva deben ponderar adecuadamente los valores en contraposición, esto es el acceso a la información versus el bien jurídico protegido por cada causal de reserva. La interpretación de estos conceptos jurídicos indeterminados deberá ser restrictiva, conforme con el artículo 19 Nº 26 Constitución Política de la República, por tratarse de un derecho fundamental y de acuerdo a los principios de apertura o transparencia, máxima divulgación y divisibilidad, consagrados en el artículo 11 de la Ley de Transparencia. En este contexto, es necesario, para efectos de determinar la aplicabilidad de las causales de reserva -las que prefieren al particular sobre la administración-,  que la autoridad cumpla con su obligación de demostrar que la divulgación de un determinado documento o información produce o puede producir un daño específico a un valor o un derecho jurídicamente protegido, lo que en la especie no ocurre, con mayor razón si la resolución del Consejo, se hace cargo de las aprehensiones alegadas por el recurrente, aún cuando no se haya especificado la causal pertinente -tratándose de un recurso de derecho estricto-, aplicando los principios aludidos y accediendo sólo parcialmente al acceso de esa información, como se ha relatado, ello, al tenor de los preceptos legales invocados, por lo que, además, no existe atisbo de ilegalidad que reclamar en su actuación", dice el fallo.

       

      Agrega que: "a mayor abundamiento, es preciso anotar que la existencia de expresión e información libre, es objetivamente valiosa para una sociedad y por lo mismo, como lo ha sostenido la doctrina, se ha configurado una 'posición preferente' respecto de otros derechos fundamentales, ratificándose que la libertad de información no es sólo un valor en sí mismo sino que es esencial para el ejercicio de otros derechos".

       

      Y concluye que: "justamente, el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión comprende el derecho positivo a buscar y a recibir información, 'no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole', como se consigna, también, en los tratados internacionales sobre la materia (Convención Americana, Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos)".

       

       

      Fuente:poderjudicial.cl
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      Saludos
      Rodrigo González Fernández
      Diplomado en "Responsabilidad Social Empresarial" de la ONU
      Diplomado en "Gestión del Conocimiento" de la ONU

       CEL: 93934521
      Santiago- Chile
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