RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ SEÑALA COINCIDIR CON EL PROFESOR XIFRAS : EL LOBBY UNA ACTIVIDAD PROFESIONAL
RODRIGO GONZALEZ FERNANDEZ
lobbyista
¿Quién es considerado lobbyista?
Aquel que lleva a cabo una actividad de lobbying en representación autónoma de un cliente (private lobbyist) o empleado por una empresa u organización (in-house lobbyist). En ambos casos, la ley exige para registrarse que haya mantenido más de un contacto (lobbying contact) durante los dos semestres que se fijan (enero/junio, julio/diciembre), excepto que dedique menos del 20% de su actividad en el lobbying para su cliente o empleador.
La ley excluye también al private lobbyist que presupueste recibir de su cliente menos de 5.000 dólares durante uno de los semestres y al in-house lobbyist cuyo empleador espere invertir menos de 20.000 dólares en lobbying en un semestre.
¿Qué decisores públicos pueden ser objeto del lobbying?
La ley distingue entre los del Poder Legislativo y los del Poder Ejecutivo. Los primeros son los miembros del Congreso, los funcionarios electos de ambas Cámaras y los empleados de los miembros del Congreso, de los comités parlamentarios y de los staffs
de los líderes de cualquiera de las dos Cámaras. Los del Poder Ejecutivo son el Presidente, el Vicepresidente o cualquier empleado de la Oficina del Presidente, así como cualquier funcionario o empleado de la Administración Pública estadounidenseSaludos
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RESPONSABILIDAD
SOCIAL EMPRESARIAL DE LA ONU
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