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| Creación de un sistema de pensiones solidarias con 2 tipos de beneficio: una Pensión Básica de 75 mil pesos y un Aporte Previsional. Además, se diseña una nueva institucionalidad conformada por un Instituto de Previsión Social y una Superintendencia de Pensiones. |
| Impulso a la participación ciudadana, mediante la creación de una Comisión de Usuarios y un Fondo para la Educación Previsional. |
| Más equidad de género, a través de la bonificación por cada hijo nacido y la mantención de la edad de jubilación de las mujeres en 60 años, entre otros. |
| Mayor cobertura para los trabajadores independientes en un marco de igualdad de derechos y obligaciones. Además, se creará un Subsidio a las Cotizaciones para los trabajadores jóvenes de menores ingresos. |
| Fortalecimiento de la competencia en la industria previsional. |
| Incremento de la rentabilidad de los fondos. La ley sólo definirá los límites para los instrumentos más relevantes, y la normativa de la Superintendencia de Pensiones determinará el Régimen de Inversión. |
| Fomento del ahorro previsional voluntario. |
| Establecimiento de un régimen presupuestario que dé cuenta de los compromisos fiscales, garantizando disciplina y transparencia. |
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