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sábado, enero 16, 2010

Jueces de familia podrán decretar medidas de protección de adultos mayores que sufran maltratos

Jueces de familia podrán decretar medidas de protección de adultos mayores que sufran maltratos
 
Así lo dispone el proyecto que despachó la Comisión de Hacienda y que contempla los recursos fiscales necesarios en el Presupuesto 2010 para implementar esta nueva política que favorecerá a los adultos mayores.  

En condiciones de ser votado por la Sala del Senado quedó el proyecto, en segundo trámite, que sanciona la violencia y el maltrato contra los adultos mayores. Ello, luego de que la Comisión de Hacienda que preside la senadora Evelyn Matthei despachara el articulado de la iniciativa que fue el resultado de la fusión de cuatro mociones de diputados y un proyecto del Ejecutivo.

 

El proyecto contempla la posibilidad de poder perseguir penalmente los hurtos, fraudes y daños que causen parientes a adultos mayores de 60 años, sancionar a quienes maltraten a personas de la tercera edad, y permitirá que los jueces de familia que conozcan casos de violencia intrafamiliar contra adultos mayores decreten medidas de internación y protección de ellos.

 

La senadora Matthei valoró el alcance de esta iniciativa que viene a llenar un vacío en la legislación actual sobre las políticas de prevención y protección de los adultos mayores. Informó además que el proyecto cuenta con suma urgencia, es decir, un plazo de 10 días para ser despachado por cada rama legislativa.

 

Asimismo, precisó que los recursos necesarios para la implementación de esta reforma están consignados y aprobados en la Ley de Presupuesto 2010, por lo que solo se requiere que concluya su tramitación en el Congreso para que pueda entrar a regir este año.

 

Respecto a los montos contemplados en el proyecto, la parlamentaria aclaró que "solo falta que la Dirección de Presupuestos formalice el envío del informe respectivo, para que sea votado por la Sala del Senado".

 

Puntualizó que Chile se encuentra en una etapa avanzada de envejecimiento poblacional, debido al aumento de esperanza de vida al nacer, a la disminución de la tasa de mortalidad y al descenso de las tasas de natalidad, por lo que este tipo de iniciativas es fundamental para el tipo de sociedad en que vivimos.

 

Cabe señalar que según el censo nacional efectuado el año 2002, la población de adultos mayores alcanzaba a 1.717.478 personas, y en el año 2006, según los datos obtenidos en la encuesta Casen esa cifra había aumentado a 2.100.378 personas.

 

NORMAS DE PREVENCIÓN

 

En lo fundamental, el proyecto contiene políticas de prevención, al incluir a los adultos mayores entre los destinatarios de las políticas estatales de prevención de la violencia intrafamiliar y asistencia a las víctimas de este flagelo. En la actualidad la ley considera sólo a la mujer y a los niños como destinatarios.

 

Asimismo la norma actual circunscribe la violencia intrafamiliar a los maltratos entre cónyuges y ex cónyuges, convivientes, parientes consanguíneos, los padres de un hijo en común y los menores de edad o discapacitados que se encuentren bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar del agresor.

 

En el texto legal se incluye como víctima de la violencia intrafamiliar al adulto mayor que está bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar del agresor.

 

Por otra parte, también se aprobó una norma que establece que "se presumirá que existe una situación de riesgo cuando un adulto mayor dueño o poseedor de un inmueble que ocupa para residir, sea expulsado de él, relegado a sectores secundarios o se le restrinja o limite su desplazamiento al interior de ese bien raíz, por algunos de sus parientes".

 

Asimismo se incluyó dentro del listado de medidas con las que el juez de familia puede proteger a la víctima de violencia intrafamiliar, la internación de adultos mayores en situación de abandono en alguno de los hogares o instituciones reconocidos por la autoridad competente.

 

Finalmente, el proyecto modifica la normativa vigente a objeto de permitir la persecución criminal en los casos de hurtos, defraudaciones y daños causados por parientes a una persona mayor de 60 años. Actualmente, está impedido que se puedan perseguir penalmente estos delitos cometidos entre parientes.

FUENTE:
Saludos,
 
RODRIGO  GONZALEZ  FERNANDEZ
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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