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domingo, septiembre 14, 2008

Moción que apunta a mejorar los estándares mínimos de desempeño energético dio su primer paso en la Comisión

Moción que apunta a mejorar los estándares mínimos de desempeño energético dio su primer paso en la Comisión

Así lo dio a conocer el senador Ricardo Núñez, quien afirmó que la Comisión de Minería respaldó en forma unánime la iniciativa que tiene como objetivo reducir y hacer más eficiente nuestro consumo de energía.

Comisión de Minería

Una positiva acogida tuvo el proyecto originado en una moción del senador Andrés Allamand que propone una implementación gradual de la venta al público de artefactos eléctricos como luminarias, refrigeradores y congeladores que disminuyan de un modo efectivo el consumo de energía.

 

La Comisión de Minería aprobó por unanimidad la idea de legislar sobre la iniciativa que también apunta a disminuir el impacto que la generación y transmisión eléctrica tiene sobre el medio ambiente.

 

Así lo afirmó el senador Ricardo Núñez, presidente de la instancia quien valoró la iniciativa que "también está en sintonía con la idea tanto del senador, Baldo Prokurica como mía para impulsar en Chile a través de este mismo proyecto una política de implementación de ampolletas LED, de bajo consumo".

 

Indicó que "estamos llegando a un punto donde los países desarrollados están implementando las políticas para la utilización masiva de ampolletas de este tipo y esperamos que el Senado sea el primer lugar de Chile donde todos los pasillos estén iluminados con esta nueva tecnología".

 

Explicó que la iniciativa que estimula la eficiencia energética propone la implementación de estándares mínimos de desempeño energético (EMDE) de productos como luminarias, refrigeradores y congeladores reduciendo así el gasto financiero de la ciudadanía en electricidad y aumentando la seguridad del suministro eléctrico.

 

Se contempla también fuertes multas de 50 UTM, es decir alrededor $1.840.000 para aquellos establecimientos que expendan estos artículos y que infrinjan las restricciones de consumo energético de sus productos.

 

Sin perjuicio de lo anterior, se dispone que el juez de policía local tendrá la facultad para decretar, en caso de reincidencia, la clausura, hasta por 30 días, del establecimiento industrial, comercial o importador en que se hubiere vulnerado la norma.

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Rodrigo González Fernández
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