desde el capitulo chileno del ombudsman EL POLEMICO PROYECTO DE LEY DE INSTITUTO NACIONAL Como se sabe, con fecha 11 de Septiembre de 2007, tras acuerdos políticos entre el Ministerio Secretaría General de la Presidencia y senadores de oposición, el Senado, en segundo trámite constitucional, aprobó un proyecto de ley de Instituto de DD.HH. que en materias importantes se apartan del texto aprobado por la Cámara de Diputados y por la Comisión de Derechos Humanos del Senado. Las organizaciones de derechos humanos han reaccionado duramente, pues el texto aprobado por el Senado trasgrede a su juicio varios principios internacionales de derechos humanos y por cierto los Principios de Paris. Se ha denunciado que se favorecería la impunidad al omitirse en el proyecto la facultad legal de interponer querella en caso de delitos de lesa humanidad y otros que afecten a los derechos humanos, o hacerse parte en los ya iniciados. Esta función actualmente la cumple el Programa de DD.HH. del Ministerio del Interior y no tendría continuidad en el Instituto. Además hay otras materias importantes que han merecido reparos, como es la ahora autonomía tan solo relativa del Instituto, que pasa a relacionarse con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Justicia, perdiendo su calidad de ente plenamente autónomo, asimilándose al estatus jurídico de los servicios públicos descentralizados. En otro orden, disminuye la ingerencia relativa de los organizaciones de la sociedad civil en la dirección del Instituto, reforzando el carácter político del mismo al aumentar la participación de las designaciones parlamentarias. Se elimina además la posibilidad incluso a posteriori de criticar la doctrina de los tribunales de justicia en materia de derechos humanos y se priva al organismo de toda función relacionada aún indirectamente con la justicia, como es la visita a los recintos penitenciarios. Tampoco tendrá funciones frente a conductas discriminatorias. En general puede derivarse que en estos y varios otros aspectos, el proyecto aprobado atenúa y disminuye la incidencia del Instituto, al menos en relación con el texto aprobado por la Cámara. Cabe recordar que el texto de los diputados tampoco era plenamente satisfactorio y fue objeto de observaciones por el Capítulo Chileno del Ombudsman, no en cuanto a su finalidad, sino en lo relativo a que técnicamente resultaba insuficiente y confuso en cuanto a varias materias que ahora se resucitan en el debate público. En contrapartida a las críticas a la nueva versión, se hace ver que el Instituto tendría la facultad de reabrir por un tiempo determinado la labor de las comisiones Rettig y Valech, pudiendo calificar nuevos casos, lo que era una demanda de las organizaciones de derechos humanos. El debate parlamentario final se encuentra pendiente y el Gobierno, cambiando su última posición, no apoyaría en definitiva la supresión de la legitimación procesal del Instituto. Como desea agilizar la aprobación del órgano y evitar la Comisión Mixta, que abriría la posibilidad de otros cambios, por ahora consensuados con la oposición, el Gobierno tendría el interés que la Cámara de Diputados, en tercer trámite, apoyara el proyecto, con el compromiso del veto presidencial en la materia específica antes señalada. | |
Rodrigo González Fernández
DIPLOMADO EN RSE DE LA ONU
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